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El Diario 08 Jun, 2026 08:23

Rechaza Fiscalía recomendación por caso de abuso sexual infantil

La Fiscalía General del Estado (FGE) rechazó la Recomendación 07/2026 emitida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) por violaciones a derechos humanos señaladas por el organismo en la investigación de un caso de abuso sexual infantil atribuido a un sacerdote católico; la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del DIF estatal informó que sí la aceptó.
La resolución fue dirigida a ambas instituciones dentro del expediente CEDH:10s.1.4.255/2024, relacionado con una queja presentada por el padre de una niña en un caso de abuso sexual agravado, en el que la Comisión concluyó que existieron violaciones a los derechos humanos atribuibles a personal de la Fiscalía General del Estado y de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.
El caso involucra a Istibal V. O., sacerdote que hasta 2023, quien fue denunciado en septiembre de 2020 por presuntos tocamientos indebidos contra una niña de entonces 10 años. Dos meses después, el Ministerio Público resolvió el no ejercicio de la acción penal por inexistencia de delito, pero un juez federal ordenó retomar la investigación. En junio de 2022 se formuló imputación, aunque el juez dictó auto de no vinculación a proceso y en 2023 la causa penal fue sobreseída.
De acuerdo con el documento de la recomendación, la Comisión concluyó que la Fiscalía no realizó todas las diligencias de investigación que aún podía practicar antes del sobreseimiento de la causa penal y que no existía evidencia de medidas especiales de protección para la niña víctima, por lo que acreditó violaciones al derecho de acceso a la justicia, a la legalidad y seguridad jurídica y al interés superior de la niñez.
En un oficio fechado el 27 de mayo de 2026, la dependencia informó formalmente la no aceptación de la recomendación. En su argumentación, señaló que la resolución de la Comisión le atribuyó responsabilidad por violaciones al derecho de acceso a la justicia, en su vertiente de una investigación diligente y efectiva, así como al derecho a la legalidad y seguridad jurídica y al interés superior de la niñez.
La Fiscalía sostuvo que la Comisión arribó a esas conclusiones sin tomar en consideración diversas resoluciones ministeriales y judiciales que, a su juicio, marcaron el desarrollo y la resolución de la carpeta de investigación. Entre ellas mencionó el acuerdo de no ejercicio de la acción penal por inexistencia de delito, la posterior reapertura de la investigación ordenada por una autoridad judicial, el auto de no vinculación a proceso y el sobreseimiento decretado posteriormente.
Respecto a uno de los señalamientos contenidos en la recomendación, relacionado con la ausencia de una segunda solicitud de medidas de protección a favor de la víctima, la institución argumentó que un juez de Control había ordenado previamente el levantamiento de las medidas cautelares impuestas al imputado tras el auto de no vinculación a proceso, por lo que consideró improcedente solicitar nuevamente ese tipo de medidas.
Asimismo, indicó que durante el período en que estuvo vigente el acuerdo de no ejercicio de la acción penal no realizó nuevas diligencias de investigación debido a que, conforme al criterio del Ministerio Público, se había determinado la inexistencia de delito.
La Fiscalía también sostuvo que la Comisión Estatal de los Derechos Humanos carece de competencia para pronunciarse respecto de resoluciones de carácter jurisdiccional, y concluyó que no existieron las violaciones a derechos humanos señaladas en la recomendación, por lo que pidió que ésta fuera tenida por no aceptada.

jalvarez@redaccion.diario.com.mx

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