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AM 28 Jun, 2026 06:00

Agua en San Francisco, cuando deja de ser un servicio

Análisis de qué está pasando con el agua de San Francisco, disponibilidad y accesibilidad, en donde pesa más el manejo corporativo, antes que cumplir con el derecho humano al agua.

Ya había tenido oportunidad de abordar el tema del acceso al servicio del agua potable como un derecho humano, sus antecedentes históricos con la Organización de las Naciones Unidas y como en nuestra Constitución se establece en el artículo 4: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”.

En la Ley Nacional de Aguas, regula que el “Estado mexicano garantizará, de acuerdo con el principio de progresividad, el acceso y uso equitativo y sustentable de las aguas…”. Los organismos operadores no podrán suspender totalmente el suministro de agua potable y el servicio de saneamiento por falta de pago; en todo caso, deben suministrar la cantidad mínima para el consumo humano básico.

San Francisco es una población en crecimiento, que necesita agua, sin embargo, es en lujo para quienes la pueden pagar, ya que se ha debatido en el ayuntamiento por las distintas fuerzas políticas el abastecimiento en las comunidades que carecen de infraestructura, tema muy ligado al rezago socioeconómico.

El derecho humano al agua debería estar garantizado por un organismo con estados financieros óptimos, como el caso de San Francisco con un activo circulante superior a los 416 millones de pesos, que cumple con un pronóstico de ingresos que al primer trimestre registra un total de 38,323,153.68.

Un organismo operador eficiente sin duda, que a pesar del estrés hídrico mantiene un equilibrio en la explotación de las fuentes de abastecimiento. Hoy el SAPAF se maneja con una línea muy cercana a una empresa privada, que trata más como clientes que como usuarios, que si bien ese es el criterio se pudiera manejar una parte social y brindar mayor accesibilidad a quien carece del servicio.

Al contar con un consejo ciudadano, principalmente empresarios y profesionistas, debería de garantizar una pluralidad de perspectivas, en la parte social, y garantizar la distribución del agua, promover proyectos de rehabilitación de redes de agua potable, drenaje y saneamiento, en beneficio de un padrón de 37,268 usuarios de un total de 35,861 cuentas activas.

En días pasados atendía la queja de un ciudadano que promovió el recurso de amparo, y que a pesar de haberle sido otorgado y que se ordenó garantizarle el suministro de agua potable, la autoridad municipal, tal vez el mismo Consejo o la Dirección General, desde la comodidad de una oficina con clima, y dando un sorbo a un café, determinó que el ciudadano recibiera 20 litros diarios por persona, considerando que de esa manera no se vulneraba el derecho al acceso al agua potable. Para el caso, el manual de agua potable, alcantarillado y saneamiento de la Conagua, en su tabla 2.2 indica que el promedio de consumo del agua potable por clima predominante de 1 habitante por día promedio es de: cálido húmedo de 201, de cálido subhúmedo 191, seco o muy seco 190, templado o frío de 142. 

Concluyendo válidamente que la ley garantiza ese derecho humano al agua, pero los Organismo Operadores no lo hacen, por lo que sería bueno que los ciudadanos y directivos que lo dirigen intentaran sobrevivir con una cubeta de agua al día, o tal vez ya lo hicieron y por eso dictan esas medidas. Lo cierto es que, el manejo correcto, estricto y responsable para garantizar el suministro del agua potable a las futuras generaciones, no va en contra de la sensibilidad y el criterio para resolver algo básico y no orillar a los ciudadanos a acudir a los tribunales para exigir le sean cumplidos sus derechos ¿usted qué opina? Excelente domingo.

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