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El Financiero 30 Jun, 2026 06:46

El mito del estímulo cuantitativo de Banxico

El pasado 15 de junio, el Banco de México publicó en el Diario Oficial de la Federación la circular 8/2026 titulada “Modificaciones a la circular 6/2012 (subastas de BREMS y valores gubernamentales realizadas por el Banco de México)”, con el objetivo de “establecer un procedimiento de subasta para la compra, en el mercado secundario, de Bonos de Regulación Monetaria y valores gubernamentales”. Lo único que hace dicha circular es publicar reglas para llevar a cabo subastas de compras de bonos del gobierno federal. Sin embargo, por comentarios que he leído y escuchado en redes sociales y periódicos, pareciera que existe la percepción de que con este anuncio el Banco de México va a poder financiar al gobierno e inclusive tener influencia sobre las tasas de interés a la baja por medio de la compra de bonos, sin necesidad de bajarlas con los anuncios programados como el de la semana pasada.

No hay nada más lejos de la realidad que eso debido a dos aspectos básicos: (1) El Banco de México ya puede comprar bonos del Gobierno Federal y una forma de hacerlo es vía subastas. Lo que pasa es que el banco no había publicado las reglas para llevar a cabo dichas subastas; y (2) las compras de bonos del gobierno federal que lleva a cabo el Banco de México -inclusive mediante subastas, como las define la nueva circular-, de ninguna manera cumplen con la definición de “Estimulo Cuantitativo”, para empezar, porque no puede dejar el sistema con amplia liquidez, que de facto limita a Banxico constitucionalmente para financiar el gobierno. Antes de elaborar sobre estos dos aspectos quiero comentar un aspecto básico de política monetaria que parece estar ausente en las discusiones que he escuchado.

Un banco central tiene el monopolio de creación de dinero, que incluye impresión de billetes y dinero electrónico. Como cualquier monopolio, para su operación normalmente escoge determinar o fijar el precio o la cantidad del producto que ofrece. En este caso, el precio es la tasa de interés. Si bien en el pasado había muchos bancos centrales que preferían determinar la cantidad de dinero, y ver cuál era el nivel de tasa de interés de mercado al interactuar con la demanda de dinero, hoy en día la mayoría de los bancos centrales prefieren fijar la tasa de interés y a ese nivel proveer de todo el dinero que se demande. Considero que no a todo mundo le queda claro cómo llegan esos billetes, ya sean digitales o físicos de las fábricas de billetes de Legaria, en la Ciudad de México o de El Salto, en Jalisco, a sus manos. Muchos creen que es vía los bancos comerciales y es cierto. Pero ¿Cómo le hace Banxico para “dar” ese dinero a los bancos?

(1) Operaciones de liquidez del Banco de México. La forma en la que Banxico provee a los bancos de este dinero es con las operaciones diarias de liquidez. Hay veces que hay que proveer liquidez y una de las formas de hacerlo es recomprando bonos que ya vendió, como el caso de los bonos de regulación monetaria (o BREMS). Una forma de saber a qué precio los tenedores quieren vender sus bonos es mediante subastas, como las que ahora está proponiendo llevar a cabo Banxico. Ahora bien, ¿Por qué no solo recompra BREMS? Porque, entre otras razones, a veces los tenedores de los bonos no necesariamente quieren vender este tipo de bonos, por lo que Banxico debe tener más opciones y comprar otro tipo de bonos del Gobierno Federal.

(2) ¿Estímulo cuantitativo? Históricamente, el Fed ha recurrido a esta herramienta cuando las tasas de interés ya se ubican en niveles cercanos a cero y se requiere un estímulo monetario adicional. En esencia, el estímulo cuantitativo aporta ese impulso extra al abaratar las tasas de largo plazo y al incrementar la liquidez en los mercados financieros. El estímulo cuantitativo incide en las finanzas públicas a través de dos canales principales: (a) Modifica los costos netos de financiamiento tanto del Tesoro como de la propia Reserva Federal; y (b) impulsa la actividad económica, con efectos indirectos sobre otras partidas del presupuesto. Esto dista mucho de lo que hace en nuestro país el Banco de México.

Hay un artículo de la Constitución de nuestro país y dos artículos de la Ley del Banco de México que considero que vale la pena repasar. Por un lado, el párrafo séptimo del de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dice a la letra, refiriéndose al Banco de México: “El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración…” y en cuanto a la posibilidad de financiar al gobierno el mismo párrafo dice: “…ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder financiamiento”. Por otro lado, en los artículos 11 y 12 de la se menciona lo siguiente: El artículo 11 dice a la letra: “El Banco de México sólo podrá dar crédito al Gobierno Federal mediante el ejercicio de la cuenta corriente que lleve a la Tesorería de la Federación y con sujeción a lo que se dispone en el artículo 12”.

De esta manera, por otro lado, el artículo 12 dice a la letra: “El Banco llevará una cuenta corriente a la Tesorería de la Federación que se ajustará a lo que convengan las partes, pero en todo caso a lo siguiente:” y particularmente la fracción IV menciona: “El saldo que, en su caso, obre a cargo del Gobierno Federal no deberá exceder de un límite equivalente al 1.5 por ciento de las erogaciones del propio Gobierno previstas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio de que se trate, sin considerar las señaladas para la amortización de la deuda de dicho Gobierno”. Es decir, la constitución no permite a ninguna autoridad ordenarle al banco conceder financiamiento.

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