Me atrevo a asegurar que David Sánchez ha sido sentenciado por ser hermano de Pedro Sánchez. Más aún, sin ese parentesco ni siquiera hubiera habido caso porque no había, y sigue sin haber, como queda claro en la sentencia, razones justificadas para lo que acaba de suceder. También digo que el destino de Begoña Gómez ya está escrito: será también condenada, aunque vete tú a saber por qué. Ya le pasó antes a Álvaro García Ortiz porque todo forma parte de la misma trama judicial, que busca obligar a Pedro Sánchez a dimitir para así cargarse a este gobierno de progreso (PSOE/Sumar), y abrir la puerta a un gobierno de extrema derecha (PP+Vox). Un objetivo para el que no importa, por ejemplo, saltarse la presunción de inocencia, o el utilizar como pruebas indicios nunca demostrados. Pero analizamos los hechos.
En primer lugar, conviene recordar que éstos ocurrieron entre los años 2016 y 2017 y que el acto judicial se inicia en 2024, es decir ¡siete años después! Que hacen referencia a un acto administrativo -la contratación laboral de un Coordinador de Música del Área de Cultura, de Juventud y de Bienestar Social como se especificaba en la memoria-. Que la propuesta fue aprobada por el Pleno de la Diputación Provincial de Badajoz y por la Comisión Técnica de Relación de Puestos de Trabajo. Que se presentaron a la convocatoria 11 aspirantes. Que la propuesta de contratación de David Sánchez se hizo en base a su demostrada preparación técnica, su currículum y su plan de trabajo para el puesto. Que el acuerdo de contratación no fue impugnado por nadie de los restantes de aspirantes, ni por nadie. Que durante todo este tiempo -siete años- David Sánchez desempeñó su trabajo sin que nunca fuera cuestionado. Que no hay constancia, nunca se pudo demostrar, de que se ejercieran presiones para su contratación -tráfico de influencias-. Que tampoco se puede hablar de prevaricación pues no se trata de un funcionario público. Finalmente, que la contratación fue un acto administrativo por lo que no cabe calificar más que como desmesurada la dimensión del proceso. Pero lo que sí está demostrado es que David Sánchez es hermano de Pedro Sánchez: ¡ése es su delito!
En relación con esto último, decir que sirve por sí mismo, repásense los titulares de los medios, para calificar este caso: lo que importa realmente es que David Sánchez es hermano de Pedro Sánchez. Una evidencia que pone claramente de manifiesto que, como señalaba al principio, estamos ante otra operación política destinada, como la del Fiscal General y de Begoña Gómez, a obligar a Pedro Sánchez a dimitir y convocar unas elecciones que abran la puerta a un gobierno de extrema derecha -PP+Vox-.
Se trata de una operación política porque una de las acusaciones en que se apoya el Tribunal es que la plaza no era necesaria cuando los que realmente tienen que decidir sobre ello son los políticos -para eso fueron elegidos- y los funcionarios, no los jueces. Otra es que el contratado se extrapoló en sus funciones por lo que cabe entender que intentar mejorar el puesto, darle más contenido es un delito. ¿Cómo es delito que una administración intente aprovechar los valores de un contratado para mejorar el servicio?
Pero donde la resolución llega al paroxismo es en la insinuación, sin pruebas, de que la plaza se convocó “bien por presión de Pedro Sánchez bien para reconciliarse con el mismo”: ¿cuáles son las pruebas? Pero por fin aparece el principal causante del delito: Pedro Sánchez y como él no es el juzgado, ¡se castiga a su hermano!
En definitiva, el delito de David Sánchez es ser el hermano de Pedro Sánchez, un Presidente de gobierno “ilegítimo” aunque fuera elegido por la Cortes Generales. Como también es culpable Begoña Gómez, en este caso por ser su esposa.
Luego se extrañan de que en España la confianza ciudadana en la justicia atraviese sus peores momentos en la democracia. @mundiario