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Radar Inteligente
El Imparcial 17 Jul, 2026 19:32

Con la aplicación de la reforma laboral de las 40 horas, México reducirá el turno nocturno a 35 horas semanales para 2030, aunque la ley ya conserva el límite diario de 7 horas sin afectar sueldos

El turno nocturno en México ya contaba por ley con una jornada diaria de 7 horas, un límite que la reforma laboral publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 1 de mayo de 2026 no modifica. Lo que sí cambia es la forma en que esas horas se distribuyen durante la semana, según confirmó el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo al promulgar la nueva Ley Federal del Trabajo (LFT).

Diferencia entre jornada diurna, nocturna y mixta

El salario no es el factor decisivo, pues según el estudio

La LFT clasifica el trabajo según el horario en que se presta el servicio, y cada tipo conserva un límite diario distinto tras la reforma.

  • La jornada diurna es la que se desarrolla entre las 6:00 y las 20:00 horas, con un tope de 8 horas diarias.
  • La jornada nocturna comprende el horario de 20:00 a 6:00 horas y su límite se mantiene en 7 horas diarias.
  • La jornada mixta combina periodos de ambos horarios, siempre que la parte nocturna sea menor a 3.5 horas; su tope es de 7.5 horas diarias. Si el periodo nocturno es mayor, la jornada se considera nocturna en su totalidad.

¿Qué dice la reforma sobre el límite diario nocturno?

El nuevo artículo 61 de la LFT ratifica los topes diarios por tipo de jornada, sin alterar el esquema nocturno que ya existía.

  • La jornada nocturna se mantiene en un máximo de 7 horas diarias, el mismo límite vigente antes de la reforma.
  • La jornada diurna continúa en 8 horas como tope diario, mientras la mixta queda en 7.5 horas.
  • El decreto aclara que estos límites diarios "no implicará[n] la disminución de sueldos, salarios o prestaciones" para ningún tipo de turno.

¿Por qué el turno nocturno reduce su semana laboral?

Aunque el límite diario no cambia, la reforma sí impacta el total de horas semanales que puede trabajar una persona en horario nocturno.

  • Antes de la reforma, un trabajador nocturno podía laborar hasta 42 horas semanales, equivalentes a seis días de 7 horas.
  • Con la nueva ley, el máximo semanal para este turno bajará a 35 horas, es decir, cinco días de 7 horas.
  • La medida busca alinear al turno nocturno con la reducción general de la jornada semanal, que pasará de 48 a 40 horas hacia 2030.

¿Cómo será la transición hasta llegar al nuevo límite?

La reducción no será inmediata; la LFT contempla un calendario escalonado para que empresas y trabajadores se adapten.

  • El calendario general establece 48 horas semanales en 2026,
  • en 2027, 46; 2028, 44; 2029 46 y finalmente 40 horas en 2030.
  • Durante este proceso, el Congreso de la Unión tiene un plazo de 90 días desde la publicación del decreto para armonizar la legislación secundaria.
  • La reforma incrementa además la jornada extraordinaria de 9 a 12 horas semanales, pagaderas al doble de la tarifa regular hasta ese tope.

¿Qué sigue para los trabajadores del turno nocturno?

La reforma representa uno de los cambios más relevantes para este sector, ya que reduce siete horas de trabajo a la semana sin afectar el ingreso de quienes laboran de noche.

En los próximos años, las empresas deberán reorganizar sus turnos y adoptar los nuevos controles electrónicos de entrada y salida que exige la ley, mientras se define con mayor detalle la armonización de la normativa secundaria en el Congreso.

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