PUEBLA, Pue., 26 de marzo de 2026.- En un esfuerzo por fortalecer la seguridad en las carreteras y vías de comunicación de la entidad, el Congreso del Estado de Puebla aprobó por unanimidad reformas al Código Penal para castigar con severidad la colocación, fabricación y distribución de los artefactos conocidos como “ponchallantas”.
La iniciativa, impulsada originalmente por el diputado Andrés Iván Villegas Mendoza y aprobada el pasado 15 de marzo por la LXII Legislatura, busca frenar el uso de objetos punzocortantes, estrellas metálicas, abrojos o varillas que pongan en riesgo a la ciudadanía, a las fuerzas armadas y a las instituciones de seguridad pública.
Las nuevas sanciones en el Código Penal
Con la adición de los artículos 192 bis y 192 ter, la legislación poblana establece ahora las siguientes penalidades para quienes arrojen o coloquen estos objetos con el fin de obstaculizar el tránsito o dañar vehículos:
- Prisión: De dos a seis años.
- Multa: De 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
- Decomiso: Aseguramiento de todos los materiales y objetos utilizados.
Es importante destacar que la ley no solo castiga a quien los arroja, sino también a quien fabrique, distribuya, comercialice o facilite la obtención de estos instrumentos de manera ilícita.
Agravantes: Penas más severas
El dictamen contempla un incremento de hasta una mitad adicional en las penas (pudiendo alcanzar los 9 años de prisión) cuando se presenten las siguientes condiciones:
- El acto se cometa durante la noche.
- Se utilice como medio para ejecutar otro delito.
- El daño sea contra vehículos oficiales, de emergencia o transporte público.
- Se realice en autopistas o zonas donde la víctima no pueda recibir auxilio oportuno.
Con estas modificaciones, el Estado busca brindar seguridad jurídica y herramientas contundentes a las autoridades para combatir tácticas utilizadas frecuentemente por la delincuencia organizada para facilitar robos y bloqueos carreteros.
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