La nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido 89% menos tesis jurisprudenciales en sus primeros seis meses de funcionamiento que la integración anterior, de acuerdo con datos del Semanario Judicial de la Federación, lo cual ha encendido las alertas entre especialistas sobre el ritmo de generación de criterios jurídicos en el máximo tribunal del país.
De acuerdo con especialistas consultados por este periódico, la reducción es consecuencia de la eliminación de las salas con las que antes operaba el alto tribunal, la reducción del número de ministros deliberantes y el periodo de ajuste institucional tras la implementación de la reforma al poder Judicial aprobada en 2024.
Plantean que la baja considerable en la aprobación de tesis jurisprudenciales es motivo de preocupación, sin embargo, remarcan que, para formarse una opinión sobre el desempeño de la nueva Corte, deben tomarse en cuenta también la calidad de sus resoluciones y la independencia con la que actúan los ministros, entre otros factores.
Según las estadísticas publicadas por el Semanario Judicial de la Federación, entre septiembre de 2025 y febrero de 2026, el nuevo pleno de la SCJN aprobó y publicó 16 tesis jurisprudenciales, mientras que la SCJN ?antes de que los ministros fueran elegidos por voto popular— emitió 145 entre septiembre de 2024 y febrero de 2025.
Eso quiere decir que las aprobadas por la nueva Corte representan apenas 11.03% de las que aprobó la Corte que funcionaba antes de la elección popular de ministros, concretamente entre septiembre de 2024 y febrero de 2025.
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La comparación resulta más relevante si se considera que el poder Judicial estuvo en paro laboral durante 68 días, entre el 19 de agosto y el 24 de octubre de 2024.
Por ello, si se comparan las 16 tesis aprobadas por la nueva Corte en sus primeros seis meses de actividades con las 230 aprobadas por la Corte anterior, entre septiembre de 2023 y febrero de 2024, implica una caída de 93.05%.
Los datos muestran que, hasta antes de la reforma, un alto número de tesis y otras resoluciones se aprobaban en las dos salas con las que contaba la SCJN y desaparecieron en 2024.
Entre septiembre de 2023 y febrero de 2024 se aprobaron en la primera y segunda sala 220 tesis y solo 10 en el pleno; entre septiembre de 2024 y febrero de 2025 fueron 143 aprobadas en salas y dos en el pleno, mientras que entre septiembre de 2025 y febrero de 2026 ya sin salas solo se aprobaron 16 tesis.
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Eliminación de salas y reducción de ministros genera consecuencias
En diciembre pasado, cuando la nueva Corte cumplió sus primeros 100 días de labores, comenzaron a difundirse análisis sobre su desempeño.
Uno de ellos fue elaborado por el Grupo Estrategia Política que concluyó que el tribunal fue 48.65% menos eficiente que la Corte anterior en sus primeros tres meses.
El documento señala que entre septiembre y noviembre de 2024 la SCJN emitió 1,264 sentencias, mientras que en el mismo periodo de 2025 fueron 649.
Según la consultora, esta reducción se explica por dos factores principales: la eliminación de las salas y la reducción del número de ministros deliberantes de 11 a nueve.
Además, destaca que la SCJN ha iniciado un giro profundo en la interpretación de los Derechos Humanos y las garantías constitucionales.
Desde su perspectiva, el principio de no retroactividad de la ley que antes era considerado intocable, hoy comienza a matizarse y donde antes se protegían las expectativas legítimas de los particulares, ahora se privilegia la potestad del Estado de reinterpretar los límites del derecho.
“Este cambio redefine la frontera entre certeza jurídica y discrecionalidad legislativa, planteando la duda de si emerge una nueva hermenéutica judicial que coloca al Estado, y no al individuo, en el centro de la protección constitucional”.
Recuerda que según el Rule of Law Index 2025, México ocupa el lugar 121 de 143 en cumplimiento del Estado de Derecho, sólo por encima de países como Venezuela, Haití, Nicaragua, Pakistán y Uganda.
El deterioro global del Estado de Derecho se explica -de acuerdo con el World Justice Project (WJP)- por una erosión en los contrapesos al poder político, una de las principales preocupaciones sobre la reforma al poder Judicial aprobada en México.
En el análisis reseña algunos casos de lo que considera cambios en la interpretación de principios como “irretroactividad en perjuicio”, “doble tributación” y “compliance”, así como su impacto en el quehacer cotidiano de la iniciativa privada.
Por otra parte, destaca que el presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal 2026 es prácticamente el mismo que el de 2025, lo que compromete la operatividad del Poder Judicial, pues el Órgano de Administración Judicial debe indemnizar a las personas juzgadoras que no participaron en la elección del 2025, así como a quienes contendieron y no lograron retener el cargo. El adeudo se estima en 6,500 millones de pesos.
Por su parte, el observatorio ciudadano Ojo en la Justicia y la organización Disentir emitieron un informe sobre los primeros 100 días de la nueva SCJN que destaca que no es posible cotejar los datos sobre los asuntos turnados y resueltos por acuerdo o dictamen y los resueltos sin turno porque que los boletines mensuales dejaron de publicarse. Hasta el viernes pasado, el último correspondía a agosto de 2025.
Indica que entre septiembre y diciembre de 2023, tanto en el pleno como en las salas se resolvieron 134 asuntos, mientras que en el mismo periodo de 2025 fueron 2,588, es decir la nueva Corte aprobó 1,248 asuntos más, pero no se publica información sobre el rubro que constituye el mayor porcentaje de asuntos resueltos, es decir aquellos egresos por acuerdo sin turno.
Si nos enfocamos solo en los asuntos resueltos en sesión, la comparación adquiere otro matiz, pues la anterior integración resolvió entre 60.5% y 78.9% más asuntos en sesión (pleno y salas) en el mismo periodo, dependiendo de si se toma como referencia la cifra reportada en el primer informe del ministro presidente (663) asuntos o los que refleja el conteo en los boletines mensuales y versiones taquigráficas que es de 739 asuntos, menciona.
El documento destaca que, en términos de desempeño, la integración electa de la Corte ha resuelto menos asuntos que la conformación anterior. No obstante, uno de los principales logros que presume la presidencia en turno es justamente tener una tasa de egresos mayor a los periodos anteriores.
Indica que el grueso de esos asuntos se refiere a casos que fueron resueltos por acuerdo, pero de los cuales no se cuenta con más información sobre el sentido de la resolución o el tipo de asunto del que se trataba y tampoco hay un desglose mensual como antes existía, lo cual representa una medida regresiva en términos de transparencia y además no permite evaluar.
Crítica de especialistas
Claudia Morales, coordinadora de proyectos de Impunidad Cero recuerda que uno de los argumentos que se expusieron como justificación para aprobar la reforma constitucional que derivó en la elección de jueces, magistrados y ministros vía voto popular, fue el enorme rezago que había.
Lo paradójico es que la curva de aprendizaje de los nuevos ministros y sus equipos se ha prolongado y se ha traducido en mucho menos tesis emitidas.
En su opinión, eso obliga a revisar qué tantos movimientos ha habido en los equipos de las distintas áreas del poder Judicial.
También llama la atención en que antes las discusiones en el pleno de la SCJN eran muy ricas porque, aunque eran muy técnicas, era posible entender la forma en que los ministros articulaban sus posicionamientos y explicaban el sentido de sus votos. Eso daba mucha luz para entender por qué llegaban a determinadas conclusiones en función de tal o cual ponderación de derechos o interpretación convencional bajo determinados principios, por ejemplo, los propersona. Todo eso nutría en debate jurídico porque alimentaban criterios de actuación.
Ahora, el problema es que no están debatiendo cuestiones jurídicas de relevancia, no están haciendo la pedagogía interna para entender qué significa un debate a nivel de pleno de la SCJN.
“Ya no se observa esa riqueza de posturas encontradas en la defensa de principios jurídicos (…) Parece que no hay un debate con base en principios jurídicos o en derechos, sino con base en cuestiones morales, ideológicos o de lo que personalmente piensan”.
En calidad del debate han quedado a deber
Luis Tapia profesor en la Universidad Iberoamericana Torreón y consultor legal en materia del sistema de justicia, considera que la baja en el número de tesis, lo que refleja es que no se están publicando sentencias al ritmo necesario, simplemente porque si no hay sentencias no hay tesis.
Además, en parte se explica por el ajuste que implicó haber remplazado seis de los nueve ministros que actualmente integran el pleno de la corte y la curva de aprendizaje por la que debieron pasar o están transitando.
Además, pasó de ser una Corte de 11 a una corte de nueve ministros, sin ninguna justificación, precisamente por la carga de trabajo que tienen.
De acuerdo con el especialista todavía no es tiempo para hacer un balance del desempeño del pleno de la Corte y del poder Judicial en general, aunque seguramente tendrá que hacerse cuando cumpla un año, a la mitad del periodo de la presidencia del ministro Hugo Aguilar.
Para ello no solo debe evaluarse en función de sentencias emitidas, sino de los casos relevantes resueltos, particularmente en los que está involucrado el gobierno y los contenidos de las sentencias.
Por ejemplo, habrá que ver cuando resuelva el asunto relacionado con la prisión preventiva oficiosa, donde el gobierno federal tiene un interés particular.
Además, habría que analizar cómo están funcionando ahora áreas como el canal judicial, derechos human0s, cultura y estudios jurídicos constitucionales, entre otros, así como la forma en que está operando administrativamente.
Por otra parte, llamó la atención en que la calidad del debate ha disminuido, lo cual se explica por la curva de aprendizaje y los debatientes.
Al preguntarle si hemos ganado algo con el hecho de que los ministros se eligen por voto popular dijo que es cuestionable el argumento de que hoy tienen legitimidad democrática, simplemente porque en las elecciones participaron de alrededor de 9%.
Para el experto la SCJN inició esta nueva etapa sin legitimidad y está buscando construirla con los métodos tradicionales, es decir resolviendo casos y está quedando a deber.
Expectativas frente a la implementación de la reforma judicial
Melissa Ayala, abogada especializada en derecho constitucional señala que antes de aprobarse la reforma al poder Judicial, se prometió un mejor funcionamiento mediante una reorganización con el fin de tener una mayor legitimidad democrática y cercanía con la ciudadanía.
Sin embargo, advierte que entre el discurso político y los hechos existe una distancia considerable.
La académica de la UNAM y el Tecnológico de Monterrey explica que durante las campañas, varios candidatos a cargos judiciales realizaron promesas que, ya en funciones, han resultado difíciles de cumplir.
“Al momento de redactar sentencias han protagonizado tropiezos que afectan la vida y patrimonio de los justiciables”, señala.
Destaca que la eficacia del poder Judicial dependía de la estabilidad, especialización, acumulación de experiencia y de reglas claras para resolver conflictos de manera consistente en el tiempo.
Cuando una reforma altera estas condiciones, el impacto no se mide solo en términos normativos, sino en lo que ocurre cotidianamente en los tribunales, sobre todo en la experiencia concreta de las personas que acuden a que se les imparta justicia, añade.
Mientras el gobierno defiende la reforma judicial como mecanismo para democratizar la justicia, los especialistas consultados advierten que la reducción en la emisión de criterios jurisprudenciales podría tener efectos en la certeza jurídica y en la capacidad para fijar precedentes claros.