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Quadratin 06 Apr, 2026 09:00

Culpables de muertes en accidentes darán pensión a hijos de víctimas

SAN LUIS POTOSÍ, SLP., 6 de abril de 2026.- La diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado y al Código Familiar, para que los responsables de homicidio o lesiones culposas por hechos de tránsito, al conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias, estén obligados a proporcionar alimentos a hijas e hijos menores de edad de las víctimas.

La legisladora indicó que, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, los accidentes de tránsito son una de las principales causas de muerte en el país, especialmente entre personas jóvenes, y una proporción significativa está relacionada con el consumo de alcohol.

A nivel nacional, miles de personas pierden la vida cada año en hechos viales, muchos de ellos vinculados a conductores en estado de ebriedad. En el ámbito estatal, agregó, la tendencia refleja que este problema persiste y requiere medidas más firmes con enfoque humano.

Explicó que, además de las pérdidas humanas, estos accidentes generan consecuencias económicas y sociales que afectan directamente a las familias, ya que al fallecer o quedar incapacitada una persona, también se pierde una fuente de ingreso, cuidado y acompañamiento.

En muchos casos, las víctimas dejan hijas e hijos menores de edad en situación de vulnerabilidad, quienes enfrentan desde dificultades económicas hasta afectaciones emocionales.

Señaló que el marco legal actual contempla sanciones para quienes cometen estos delitos; sin embargo, se centra principalmente en penas de prisión o multas, dejando en segundo plano la atención a las víctimas indirectas.

Por ello, la iniciativa busca garantizar recursos para la subsistencia de los menores, como un acto de justicia y responsabilidad social. Además, contempla ajustes al Código Familiar del Estado para establecer que esta obligación no tendrá carácter recíproco, por lo que la persona responsable no podrá posteriormente exigir alimentos, ni sustituye otras obligaciones familiares previstas en la ley.

La iniciativa fue turnada para su análisis a las comisiones Primera y Segunda de Justicia.

Reproducción autorizada citando la fuente: Quadratín SLP
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