MORELIA, Mich., 17 de abril de 2026.- La magistrada Alma Rosa Bahena Villalobos advirtió que la resolución mayoritaria del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (Teemich) en el caso de la alcaldesa sustituta de Uruapan abre un vacío de protección jurídica y deja en estado de indefensión a mujeres en ejercicio del poder público que no llegaron al cargo por voto directo.
En entrevista con Quadratín, Bahena explicó que emitió un voto particular dentro del procedimiento especial sancionador TEEM-PES-VPMG-005/2026, al rechazar la determinación de la mayoría que se declaró incompetente para conocer la denuncia por presunta violencia política en razón de género contra un senador de la República, bajo el argumento de que la denunciante no fue electa en las urnas.
Bahena Villalobos sostuvo que esa interpretación es restrictiva y desconoce la realidad institucional de Michoacán, donde, debido a contextos de violencia, es cada vez más frecuente que el Congreso designe autoridades municipales sustitutas tras asesinatos, renuncias o ausencias definitivas de titulares electos.
En ese sentido, argumentó que, aunque la denunciante fue designada por el Congreso, cumple material y formalmente con todas las funciones de una presidenta municipal, por lo que debe gozar de los mismos derechos político-electorales, incluido el acceso a la justicia frente a actos de violencia política.
“La naturaleza del derecho protegido, el ejercicio del cargo, debe prevalecer sobre el origen formal de la designación”, plantea el voto particular, al introducir el concepto de equivalencia funcional entre autoridades electas y designadas.
La Magistrada subrayó que negar la competencia electoral en estos casos implica una interpretación regresiva que vulnera principios constitucionales como la igualdad, la no discriminación y el acceso efectivo a la justicia, además de contravenir el enfoque de protección reforzada en materia de violencia política contra las mujeres.
Alertó que, bajo el criterio mayoritario, las funcionarias designadas quedarían fuera del sistema de tutela electoral, aun cuando enfrentan las mismas condiciones de riesgo, exposición pública y toma de decisiones que las electas, lo que, dijo, desvirtúa el propósito de la legislación en materia de violencia política de género.
Asimismo, cuestionó que la competencia de las autoridades electorales se limite exclusivamente al origen del cargo y no a la afectación real en el ejercicio de funciones públicas, al señalar que una agresión o acto de violencia tiene el mismo impacto independientemente de si la víctima fue electa o designada.
Como parte de su postura, Bahena Villalobos propuso dar vista al Congreso del Estado para impulsar una reforma a la Ley Orgánica Municipal que establezca expresamente que las personas designadas para encabezar ayuntamientos cuenten con los mismos derechos que quienes acceden al cargo por elección popular.
La propuesta plantea adicionar un párrafo al artículo 66 para garantizar, en igualdad de condiciones, el acceso a la justicia y la protección de derechos político-electorales de autoridades sustitutas, con lo que se evitarían interpretaciones que, como la actual, generan discriminación institucional.
El posicionamiento de la magistrada se da en el contexto de la resolución del Teemich que desechó, por incompetencia, la queja promovida por la alcaldesa de Uruapan contra el senador Gerardo Fernández Noroña, lo que ha detonado críticas públicas sobre la actuación del órgano jurisdiccional y el alcance de la protección a mujeres en cargos públicos.
La entrada Urge Alma Bahena a diputados corregir vacío legal en caso Grecia Quiroz aparece primero en Quadratín Michoacán.