La Secretaría del Bienestar activará el registro para la Pensión Bienestar para Personas con Discapacidad en México (0-64 años) del 23 al 29 de marzo
El registro se dará en módulos presenciales para personas con discapacidad permanente, y se priorizarán las zonas con mayor pobreza.
La ubicación de los módulos de atención estará disponible en el sitio oficial: gob.mx/bienestar. Es necesario acudir con acta de nacimiento, identificación, CURP, comprobante de domicilio y certificado de discapacidad.
Si la persona solicitante no puede acudir personalmente, tiene derecho a nombrar a una persona auxiliar para que acuda en su representación.
El calendario de registro se realizará de acuerdo con la letra inicial del primer apellido.
El lunes 23 de marzo, las letras A, B y C; martes 24, D, E, F, G y H; el miércoles 25, las letras I, J, K, L y M; el jueves 26, las letras N, Ñ, O, P, Q y R; viernes 27, las letras S, T, U, V, W, X, Y y Z. En tanto, el sábado 28 y domingo 29 de marzo se atenderá a las personas de todas las letras.
El proceso de solicitud se llevará a cabo en los Módulos de Bienestar, los cuales atenderán en un horario de 10:00 a 16:00 horas; su ubicación podrá consultarse en gob.mx/bienestar
Este Programa para el Bienestar otorga este año un pago económico de tres mil 300 pesos bimestrales, entregados de forma directa y sin intermediarios por medio de la tarjeta del Banco del Bienestar, a fin de apoyar el pleno ejercicio de derechos de las personas con discapacidad permanente.
La pensión está elevada a rango constitucional como una obligación del Gobierno de México y de las entidades federativas; 24 de ellas han firmado convenios de universalidad, por lo que se entrega a personas con discapacidad permanente de cero a 64 años de edad. A partir de los 65 años, los derechohabientes comienzan a recibir la Pensión para Personas Adultas mayores.
En los ocho estados restantes (Aguascalientes, Coahuila, Chihuahua, Durango, Guanajuato; Jalisco, Nuevo León y Querétaro), el apoyo se otorgará de cero a 29 años y continúa hasta los 64 años en municipios y localidades indígenas, afromexicanas o con alto o muy alto grado de marginación.