CIUDAD DE MÉXICO.- La validación de la elección a la gubernatura de Sinaloa en 2021 vuelve al centro de la conversación pública. El foco está en el papel de la magistrada Aída Inzunza Cázares, quien participó en el dictamen que confirmó el triunfo de Rubén Rocha Moya, hoy gobernador con licencia, en un proceso donde sí se documentaron incidentes, pero que las autoridades consideraron insuficientes para anular la votación.
De acuerdo con resoluciones del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (TEES), documentos del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) y la revisión periodística publicada por El Universal, el proceso incluyó reportes de violencia, robo de urnas y otros hechos; sin embargo, tanto autoridades locales como federales coincidieron en que no alteraron el resultado final.
A continuación, te explicamos qué ocurrió, qué se acreditó oficialmente y por qué la elección se mantuvo válida.
¿Quién elaboró el dictamen que validó la elección en Sinaloa?
La magistrada Aída Inzunza Cázares, integrante del TEES y hermana del senador Enrique Inzunza Cázares, fue quien elaboró el proyecto que declaró válida la elección.
Ese dictamen fue aprobado por unanimidad el 17 de agosto de 2021. En esa sesión, la magistrada sostuvo que el proceso cumplió con los principios constitucionales:
“En la elección de la gubernatura del estado de Sinaloa fueron cumplidos a cabalidad los principios rectores del proceso electoral… libertad de sufragio, voto secreto y directo, legalidad, objetividad e imparcialidad”.
La magistrada del TEES, Aída Inzunza Cázares, hermana del senador Enrique Inzunza , armó el dictamen de declaración de validez de la elección de Sinaloa en 2021. | El UniversalEl resultado ratificó como ganador a Rubén Rocha Moya.
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¿Qué irregularidades se reconocieron durante la jornada electoral?
Tanto el tribunal como el IEES admitieron que sí hubo incidentes.
Los datos oficiales señalan:
- 206 incidentes registrados durante la jornada del 6 de junio de 2021
- 23 casillas con suspensión definitiva de votación
- Universo total: 4,986 casillas
Esto equivale a aproximadamente 0.47% de las casillas, según el propio tribunal.
Entre las causas de suspensión:
- 6 por riesgo de violencia
- 16 por robo o destrucción de material electoral
- 1 por otras causas
El tribunal concluyó:
“Las casillas electorales se instalaron y operaron en términos de una aceptable normalidad”.
¿Qué tipo de hechos se reportaron en esas casillas?
Los documentos oficiales detallan situaciones concretas, especialmente en municipios como Ahome:
- Presencia de personas armadas
- Robo de urnas y documentación electoral
- Funcionarios que abandonaron casillas por miedo
- Traslado de urnas a instalaciones del INE por seguridad
Durante la jornada electoral del 6 de junio de 2021 sí se documentaron incidentes, con un total de 206 casos registrados en distintas casillas del estado. | Crédito: El Universal/Omar DíazEn un caso documentado:
“Llegaron varios sujetos encapuchados y con armas de alto calibre para sustraer las urnas”.
En otro:
“El funcionario decidió abandonar la casilla por miedo y amenazas”.
¿Qué denunciaron los partidos de oposición?
El PRI presentó una impugnación (expediente TESIN-INC-06/2021) donde señaló:
- Privación de la libertad de representantes de casilla
- Robo y quema de urnas
- Retraso en entrega de paquetes electorales
- Presencia de personas armadas
El 23 de agosto de 2021, una delegación integrada por Marko Cortés Mendoza, entonces dirigente nacional del PAN; Alejandro Moreno Cárdenas, presidente nacional del PRI, y Jesús Zambrano Grijalva, dirigente nacional del PRD acudió a Washington D.C. con un expediente de 53 páginas que denunciaba actos criminales en las elecciones. | Crédito: El UniversalTambién argumentó que estos hechos generaron un clima de miedo que pudo afectar el voto libre:
“Se intimidó al elector impidiendo el voto libre, afectando el resultado de la elección”.
¿Por qué el tribunal no anuló la elección?
El TEES desechó la impugnación por dos razones principales:
1. Falta de pruebas contundentes
El PRI presentó como evidencia publicaciones en redes sociales y medios locales, lo cual el tribunal consideró insuficiente.
2. Criterio legal sobre la gravedad de las irregularidades
El tribunal explicó que para anular una elección:
- Las violaciones deben ser generalizadas, no aisladas
- Deben tener impacto determinante en el resultado
Además, aclaró que:
Las irregularidades previas a la jornada electoral no necesariamente configuran una causa de nulidad.
¿Qué dijo el Instituto Electoral de Sinaloa?
El IEES también reconoció hechos de violencia, pero coincidió en que no alteraron el resultado.
En su memoria oficial del proceso 2020-2021 señaló:
- Hubo incidentes en 0.46% de las casillas
- No se acreditó que afectaran la voluntad popular
Conclusión:
“No se puede deducir incidencia alguna en ninguna forma de alteración de la voluntad popular”.
¿El caso llegó a instancias federales?
Sí, pero por otro motivo.
El proceso fue revisado por el Instituto Nacional Electoral (INE), aunque no por la violencia, sino por el presunto rebase de gastos de campaña.
ILUSTRATIVA DE ARCHIVO. | Crédito: EspecialEl INE determinó que el monto no era suficiente para anular la elección.
Esa decisión fue impugnada, pero el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el criterio, respaldando el análisis del instituto.
¿Qué significa todo esto para entender el caso hoy?
El caso de Sinaloa muestra un punto clave en materia electoral:
- Sí pueden existir irregularidades documentadas
- Pero no todas son suficientes para anular una elección
Las autoridades electorales aplicaron un criterio legal estricto:solo las violaciones graves, generalizadas y determinantes pueden invalidar el resultado.
En este caso, concluyeron que no se cumplían esas condiciones.