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El Diario 27 May, 2026 21:41

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Las empresas que incumplan con el reparto de utilidades a sus trabajadores podrían enfrentar multas de hasta más de medio millón de pesos, advirtió la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), previo al vencimiento del plazo legal para realizar este pago obligatorio.
La dependencia recordó que este sábado 30 de mayo es la fecha límite establecida en la Ley Federal del Trabajo para que las personas morales, es decir, empresas, realicen el reparto de utilidades correspondiente al ejercicio fiscal anterior.
En el caso de personas físicas con actividad empresarial, el plazo concluye el próximo 29 de junio.
Además, la autoridad laboral recordó que incluso trabajadores que ya fueron despedidos o dejaron de laborar en una empresa todavía pueden tener derecho a recibir utilidades, siempre que hayan trabajado al menos 60 días durante el año fiscal correspondiente.
La legislación también establece que si una empresa argumenta que “no generó ganancias”, los trabajadores tienen derecho a revisar e incluso impugnar la declaración fiscal presentada por el patrón ante autoridades hacendarias.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las sanciones por incumplir con el pago de utilidades van de 250 a 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes actualmente a montos aproximados de entre 29 mil y 586 mil pesos.
La STPS informó además que las personas trabajadoras que no hayan recibido este pago pueden acudir tanto a la dependencia como al Centro de Conciliación Laboral (CCL) para recibir asesoría gratuita y presentar reclamaciones.
La ley establece que el derecho al reparto de utilidades aplica para trabajadores subordinados que hayan laborado un mínimo de 60 días, incluso si actualmente ya no forman parte de la empresa.
Asimismo, las incapacidades por maternidad y riesgos de trabajo, así como vacaciones y permisos con goce de sueldo, son considerados días efectivamente laborados para el cálculo del reparto.
Actualmente la legislación también contempla límites al pago de utilidades, fijando como máximo tres meses de salario o el promedio recibido durante los últimos tres años, aplicándose el monto que resulte más favorable para el trabajador.
En caso de inconformidad, los empleados cuentan con hasta un año para reclamar judicial o administrativamente el pago de utilidades no cubiertas.
La STPS llamó finalmente a las empresas a cumplir en tiempo y forma con esta obligación laboral para evitar sanciones y procedimientos conciliatorios.
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