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El Imparcial 30 May, 2026 10:34

IMSS recuerda que asegurar a trabajadoras del hogar es obligatorio y advierte multas de hasta 41 mil pesos para empleadores que incumplan

MÉXICO.- La afiliación de las personas trabajadoras del hogar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es obligatoria en México desde mayo de 2023. Sin embargo, la cobertura sigue siendo limitada, porque de más de 2.5 millones de personas que laboran en este sector, apenas poco más de 60 mil estaban registradas ante el instituto hasta junio de 2025.

Esta situación mantiene sin acceso a servicios médicos, ahorro para el retiro y otros derechos laborales a una gran parte de la población ocupada en actividades domésticas remuneradas.

Datos del IMSS y de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) muestran una brecha significativa entre la obligación legal y la realidad del mercado laboral. Por ello, conocer qué cubre este seguro, cuánto cuesta y cómo realizar el trámite de inscripción se ha convertido en una información clave tanto para empleadores como para trabajadoras del hogar.

Menos del 5% de las trabajadoras del hogar tiene seguridad social

Las cifras reflejan el desafío que enfrenta este esquema de protección laboral. Al cierre de junio de 2025, el IMSS reportó 60 mil 73 personas trabajadoras del hogar afiliadas, mientras que la ENOE estima que más de 2.5 millones de personas se desempeñan en este sector en todo el país.

Esto significa que menos del 5% cuenta actualmente con acceso a la seguridad social, pese a que la inscripción es una obligación legal vigente desde el 16 de mayo de 2023, indica una publicación de Infobae.

El sector está integrado principalmente por mujeres. De acuerdo con datos de la ENOE, nueve de cada diez personas que realizan trabajo doméstico remunerado son mujeres y siete de cada diez perciben como máximo un salario mínimo mensual. Entre quienes sí están afiliadas al IMSS, el 67% son mujeres y el 33% hombres.

Según estimaciones oficiales, solo el 5% de las trabajadoras del hogar cuenta con seguridad social. | Foto: PexelsSegún estimaciones oficiales, solo el 5% de las trabajadoras del hogar cuenta con seguridad social. | Foto: Pexels

¿Qué beneficios ofrece el IMSS a las trabajadoras del hogar?

La inscripción permite acceder a todos los seguros contemplados en el régimen obligatorio del IMSS, sin restricciones especiales ni periodos de espera.

Entre las coberturas disponibles se encuentran:

  • Atención médica, hospitalaria y farmacéutica
  • Seguro de Enfermedades y Maternidad
  • Seguro de Riesgos de Trabajo
  • Seguro de Invalidez y Vida
  • Seguro de Retiro, Cesantía y Vejez
  • Guarderías y prestaciones sociales

Además, el registro también genera aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), equivalentes al 5% del salario base de cotización, lo que abre la posibilidad de acceder a un crédito para vivienda.

Te puede interesar: ¿Por qué las trabajadoras del hogar quedan fuera del reparto de utilidades? Conoce el motivo técnico de la LFT que excluye a este sector y a profesionistas por honorarios del pago obligatorio en mayo y junio

¿Quiénes pueden recibir la cobertura médica?

La protección no se limita únicamente a la persona trabajadora.

El IMSS establece que también pueden ser beneficiarios legales:

  • Cónyuge o concubina(o)
  • Hijas e hijos menores de 16 años
  • Hijas e hijos de hasta 25 años que continúen estudiando en el Sistema Educativo Nacional
  • Hijas e hijos con dictamen de incapacidad emitido por el IMSS
  • Padres que vivan en el mismo domicilio y dependan económicamente de la persona asegurada
Además de seguridad social, el estar registras ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), les da acceso a prestaciones laborales. | Foto: EspecialAdemás de seguridad social, el estar registras ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), les da acceso a prestaciones laborales. | Foto: Especial

¿Cuánto cuesta asegurar a una trabajadora del hogar?

El costo depende directamente del salario real que perciba la trabajadora, el cual debe ser igual o superior al salario mínimo vigente.

Las cuotas obrero-patronales se calculan con base en el salario reportado y el número de días laborados. El pago se distribuye entre empleador y trabajadora conforme a los porcentajes establecidos en la Ley del Seguro Social.

Para facilitar el cálculo, el IMSS dispone de un simulador en línea donde los empleadores pueden conocer el monto exacto que deberán cubrir antes de realizar el registro.

La contratación puede hacerse por distintos periodos: un día, un mes, un bimestre, un semestre o incluso un año completo.

Paso a paso para registrar a una trabajadora del hogar

El trámite es gratuito y puede realizarse en línea durante las 24 horas del día o de forma presencial en la subdelegación del IMSS correspondiente al domicilio del empleador.

Para el registro digital no se requieren documentos físicos y el proceso consta de cinco pasos:

1. Registrar datos del empleador

Se solicita la CURP y un correo electrónico vigente.

2. Capturar información de contacto

Debe ingresarse domicilio y medios de contacto del empleador.

3. Registrar a la trabajadora

Se requiere:

  • Número de Seguridad Social (NSS).
  • CURP.
  • Domicilio.
  • Salario.
  • Días trabajados.

4. Verificar la información

Antes de concluir el trámite se revisan todos los datos capturados.

5. Descargar la línea de pago

El sistema genera el formato de incorporación y la línea de captura para realizar el pago correspondiente.

Las sanciones por no registrar a las trabajadoras domésticas, van de 2 mil 346 a 41 mil 58 pesos. | Foto: FreepikLas sanciones por no registrar a las trabajadoras domésticas, van de 2 mil 346 a 41 mil 58 pesos. | Foto: Freepik

Las multas por no cumplir con la afiliación

El IMSS ha reiterado que la incorporación de las personas trabajadoras del hogar no es opcional.

En abril de 2026, la directora de Incorporación y Recaudación del instituto, Luisa Obrador Garrido Cuesta, recordó que la afiliación “no debe considerarse un acto voluntario, sino una obligación legal y un asunto de derechos humanos”.

Los empleadores que omitan este registro pueden enfrentar sanciones económicas que van de 2 mil 346 a 41 mil 58 pesos, de acuerdo con el artículo 304-B de la Ley del Seguro Social.

También existen mecanismos para denunciar incumplimientos mediante canales telefónicos, digitales o directamente en las subdelegaciones del instituto.

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