HUB
Publicidad Responsiva - Banner Superior
Radar Inteligente
El Financiero 04 Jun, 2026 20:24

Suprema Corte elimina requisito de 5 años de concubinato para pensión por viudez

Ya no deberás comprobar cinco años de convivencia para reclamar la pensión por viudez, esto luego de una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El máximo tribunal informó este jueves 4 de junio que declaró inconstitucional el requisito del artículo 130 de la Ley del Seguro Social que exigía cinco años viviendo en pareja para acceder a la pensión por viudez.

El motivo por el que la Suprema Corte tomó esta decisión es que la disposición anterior “establecía una diferencia de trato basada en el estado civil, al imponer una carga adicional a quienes deciden formar una familia mediante el concubinato, en comparación con quienes han contraído matrimonio”.

Con ello, reconocen que las personas tienen diversas formas de organizar su vida afectiva y familiar, por lo que el Estado no debe otorgar consecuencias jurídicas más favorables a un solo modelo familiar, ni restringir la protección de otros injustificadamente.

La Suprema Corte destacó que el estado civil de los mexicanos está estrechamente ligado a la libertad personal, la dignidad humana y la autonomía para decidir si se desea una relación permanente y bajo qué modalidad hacerlo, por lo que imponer cargas diferenciadas afecta el derecho al libre desarrollo de personalidad.

Pensión por viudez: ¿Qué obligaciones siguen vigentes para acceder a ella?

Aunque eliminar los años de concubinato para acceder a la pensión puede parecer un riesgo en ciertas situaciones familiares, la Suprema Corte no eliminó otras obligaciones relacionadas.

Con ello, se mantiene la obligación de acreditar la existencia del concubinato, sino que su demostración debe hacerse a partir de probar la vida en común, “atendiendo al afecto, el consentimiento, la solidaridad y el apoyo mutuo”.

Con ello, el derecho a pensión no puede sostenerse mediante formalismos rígidos ni a un único medio de prueba.

Esta decisión se tomó luego de que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) negó la pensión por viudez a una mujer, luego de que consideró que no se acreditaba el requisito de tener “una vida común” con la personas asegurada o pensionada en los cinco años antes de su fallecimiento.

La mujer promovió un juicio de amparo donde reclamó la inconstitucionalidad de la norma, y como respuesta, la Suprema Corte determinó la protección a la mujer para que la autoridade resolviera su solicitud de pensión sin aplicar el requisito.

Contenido Patrocinado