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El Diario 12 Jun, 2026 09:43

Buscan evitar control unipartidario del Congreso

Luego de que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) ganó todos los espacios en el Congreso estatal de Coahuila durante las elecciones del fin de semana, el Partido del Trabajo (PT) en Chihuahua envió una propuesta para blindar la mayoría en el Congreso local.
La reforma artículo 40 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua busca que ningún partido político pueda contar con un número de diputaciones que exceda la mitad de la integración total del Congreso del Estado.

Situación se ha presentado con anterioridad
Esta situación se ha presentado en el colegiado estatal en varias legislaturas en la historia del estado, la más reciente en la LXIV Legislatura (2013-2016), cuando bajo el mandato de César Duarte, el PRI y sus partidos aliados ganaron prácticamente todos los distritos. La bancada del PRI por sí sola rozó la mitad y, sumada a su coalición, aplastó la dinámica legislativa con más de 20 diputados de los 33 disponibles.
Antes, en la LXI Legislatura (2004-2007) y LXII Legislatura (2007-2010), el PRI en ambas ocasiones superó la barrera de los 17 diputados mediante victorias en los distritos de mayoría relativa, controlando más de la mitad del Congreso del Estado de manera directa.
La propuesta en estudio legislativo contempla que ningún partido político pueda contar con un número de diputaciones que exceda la mitad de la integración total del Congreso del Estado.
“En ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total del Congreso, sobre la base de 33 diputados, que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación estatal válida emitida”, explica.
Esta base, resalta, no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total del Congreso, superior a la suma del porcentaje de su votación estatal emitida, más el ocho por ciento.

Establecer los mecanismos necesarios
“Asimismo, en la integración total de la legislatura, el porcentaje de representación de un partido político no podrá ser menor al porcentaje de votación estatal válida emitida que hubiere recibido menos ocho puntos porcentuales, debiendo la ley establecer los mecanismos necesarios para corregir cualquier distorsión que impida cumplir con lo dicho por este artículo”. Para efectos de la integración del Congreso se calculará conforme a la afiliación partidista con la que las diputadas y los diputados hubieren sido electos, sin que los cambios posteriores de grupo parlamentario puedan modificar dicha integración, señala.

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