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Mundiario 21 Jun, 2026 13:36

¿Se librará del banquillo? El destino de Begoña Gómez queda en manos de la Audiencia de Madrid

La decisión del juez Juan Carlos Peinado de abrir juicio oral contra Begoña Gómez ha trasladado el centro de gravedad del caso a la Audiencia Provincial de Madrid. Aunque el auto que envía a la esposa del presidente del Gobierno al banquillo no admite recurso, la compleja arquitectura procesal construida durante más de dos años de instrucción deja todavía abiertas varias vías que pueden alterar sustancialmente el desenlace.

La situación no es menor. Lo que está ahora en juego no es únicamente si la esposa del presidente del Gobierno será finalmente juzgada por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos, sino también quién será el encargado de juzgarla y hasta qué punto las decisiones adoptadas por el magistrado instructor resistirán el examen de la instancia superior.

Con la apertura del juicio oral ya acordada, la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid adquiere un papel determinante. Sobre su mesa descansan diversos recursos presentados tanto por las defensas como por la Fiscalía, que desde el inicio del procedimiento ha mantenido una posición claramente favorable al archivo de la causa y ha reprochado reiteradamente lo que considera excesos del instructor.

Las opciones son tres. La primera sería el archivo del procedimiento por ausencia de indicios suficientes. La segunda consistiría en confirmar el procesamiento y despejar definitivamente el camino hacia el juicio. La tercera posibilidad pasa por devolver el asunto a la fase de instrucción para que se practiquen nuevas diligencias y se completen algunos extremos todavía discutidos.

La trascendencia de estas decisiones es evidente. Una eventual estimación de alguno de los recursos obligaría a retrotraer actuaciones y alteraría el escenario procesal construido por Peinado.

Precisamente eso era lo que argumentó Antonio Camacho, abogado de Begoña Gómez y exministro de Justicia, cuando solicitó al juez que esperara antes de avanzar hacia el juicio. En uno de sus escritos advertía: “La estimación de cualquiera de los recursos pendientes obligaría a retrotraer las actuaciones a un momento anterior al que actualmente se encuentra el procedimiento, con el consiguiente dispendio de tiempo y medios judiciales que ello comportaría, así como el perjuicio que dicha situación ocasionaría a todas las partes personadas”.

El magistrado decidió seguir adelante.

La incógnita del jurado popular

Uno de los aspectos más delicados es la naturaleza del tribunal que debería juzgar el caso. Peinado considera que existe una conexión entre los distintos delitos investigados y sostiene que todos deben ser examinados conjuntamente por un jurado popular. El fundamento reside en que dos de las infracciones atribuidas —tráfico de influencias y malversación— forman parte de los delitos reservados por ley al Tribunal del Jurado.

Sin embargo, corrupción en los negocios y apropiación indebida corresponden normalmente a tribunales profesionales. La defensa de Begoña Gómez y la Fiscalía han combatido esta interpretación. De hecho, la Audiencia Provincial ya anuló en febrero de 2026 una primera resolución de Peinado por apreciar una “falta de fundamentación” y reprocharle que no hubiera realizado “un mínimo esfuerzo argumentativo”. El juez volvió a dictar una nueva resolución en marzo, igualmente recurrida y pendiente ahora de pronunciamiento.

La resolución que adopte la Audiencia será clave, porque determinará si el proceso queda en manos de nueve ciudadanos seleccionados como jurado o de magistrados profesionales. Las estadísticas judiciales suelen reflejar diferencias relevantes entre ambos sistemas, razón por la que la defensa considera especialmente importante impedir esa fórmula procesal.

En uno de sus escritos, Camacho sostiene: “No es solo la falta de toda motivación, sino también la arbitraria e injustificada elección del cauce procesal elegido lo que produce, en este caso, una manifiesta ablación del derecho fundamental al juez predeterminado por la ley”.

Además de los recursos contra las medidas cautelares —retirada del pasaporte, prohibición de salir de España y comparecencias quincenales—, la defensa ha abierto un nuevo frente.

El entorno de Begoña Gómez ha presentado una denuncia ante el Consejo General del Poder Judicial al considerar que se vulneró su derecho de defensa porque la noticia de la apertura del juicio oral llegó antes a los medios de comunicación que a su representación procesal.

La versión oficial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sostiene, sin embargo, que la notificación fue remitida por los cauces habituales antes de su difusión pública. La Comisión Permanente del CGPJ deberá valorar ahora si procede adoptar alguna medida disciplinaria respecto al instructor. Aunque esa eventual actuación no alteraría directamente el proceso penal, añade un elemento adicional de tensión institucional alrededor del caso.

 

La Audiencia Provincial de Madrid deberá resolver los recursos de las defensas en el caso de Begoña Gómez: será quien decida si es juzgada por los delitos de los que se le acusan

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— Informativos Telecinco (@informativost5) June 21, 2026

Una relación compleja entre Peinado y la Audiencia de Madrid

La historia judicial de esta investigación muestra una relación ambivalente entre el juez instructor y la Audiencia Provincial. El tribunal superior ha respaldado en términos generales la continuidad de la investigación, pero también ha corregido varias de las decisiones más controvertidas del magistrado.

La Audiencia frenó la investigación sobre el rescate de Air Europa y la relación profesional de Begoña Gómez con el Instituto de Empresa. Igualmente anuló las imputaciones del rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache; del directivo del IE Juan José Güemes; y del delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre.

También revocó el registro ordenado en las empresas y la vivienda de Juan Carlos Barrabés mientras permanecía hospitalizado, al entender que se habían vulnerado derechos fundamentales y recordar que “No se puede obtener la verdad real a cualquier precio”. Asimismo, impidió abrir una segunda causa por malversación y el Tribunal Supremo rechazó la petición de imputar al ministro Félix Bolaños.

Este historial demuestra que la Audiencia ha ejercido un control permanente sobre la instrucción y que todavía conserva capacidad para modificar aspectos esenciales del procedimiento.

El tiempo constituye otro factor relevante. Juan Carlos Peinado se jubilará en septiembre y pretendía cerrar la fase principal del procedimiento antes de abandonar la carrera judicial. Sin embargo, la aparición de una pieza separada derivada de un informe de la Fiscalía Europea sobre adjudicaciones de Red.es al empresario Juan Carlos Barrabés añade nuevos elementos que podrían prolongar las investigaciones.

Mientras tanto, los recursos pendientes podrían resolverse antes del parón estival. Si la Audiencia confirma el procesamiento, el juicio podría celebrarse aproximadamente seis meses después, aunque las fechas dependerán de la carga de trabajo del magistrado que finalmente presida el proceso y de la Oficina del Jurado. @mundiario

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