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El Economista 22 Jun, 2026 18:10

Pensión IMSS Ley 73: Si tienes esta edad y estas semanas cotizadas, ya puedes retirarte

La fecha en la que comenzaste a trabajar formalmente define la manera en la que te puedes pensionar en México. Las personas trabajadoras que cotizaron en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) antes del 1 de julio de 1997, pertenecen al Régimen de Pensión Ley 73 y, por lo tanto, deben cumplir con ciertas condiciones para acceder a su jubilación.

“Los trabajadores que se pensionen bajo este régimen deben tener en cuenta que, entre mayor edad, más semanas cotizadas y mejor salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, más alto será su monto de pensión. Antes de realizar el trámite, es esencial que conozcan los requisitos para que aprovechen al máximo el tiempo que trabajaron”, explicó Gerardo Chavarría, Gerente de Iniciativas de Negocio en Afore SURA.¿Cómo saber si pertenezco a la Ley 73 del IMSS?

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Para saber si te corresponde este régimen, puedes solicitar en la página oficial del IMSS tu Constancia de Semanas Cotizadas. Este documento te permitirá revisar si comenzaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997, así como consultar tu historial laboral completo. Para tramitarla, sólo necesitas tener a la mano:

  • CURP
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Un correo electrónico activo.

Requisitos para pensionarse bajo la Ley 73 del IMSS

Si perteneces a este régimen y deseas iniciar tu proceso de retiro, deberás cumplir con los siguientes requisitos:

  • Semanas cotizadas: Contar con un mínimo de 500 semanas registradas ante el IMSS.
  • Edad mínima: Tener al menos 60 años cumplidos.
  • Conservación de derechos: Es el periodo de gracia que tienes para solicitar tu pensión una vez que dejas de cotizar. Como referencia, este tiempo equivale a la cuarta parte (25%) de los años que trabajaste formalmente. Por ejemplo: si acumulaste 20 años de trabajo formal, contarías con un aproximado de 5 años a partir de la fecha de tu baja para solicitar la pensión.

Tipos de pensión en el régimen de 1973

Puedes tramitar tu retiro a través de dos modalidades ante el IMSS, dependiendo directamente de la edad en la que decidas iniciar el trámite:

  • Pensión por Cesantía en Edad Avanzada: Si tienes entre 60 y 64 años de edad y estás dado de baja del régimen obligatorio del IMSS.
  • Pensión por Vejez: Si ya cumpliste los 65 años o más, estás dado de baja en el IMSS y cuentas con tu conservación de derechos vigente.

Porcentajes de pensión por edad (Ley 73)

La Ley 73 se distingue por calcular el monto de la pensión a partir del salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas y la edad del solicitante.

Por ejemplo: si tu pensión calculada equivale a $10,000 pesos y te retiras a los 60 años, te corresponderán $7,500 (75%). Si esperas a los 63 años, te corresponderán $9,000 (90%). En conclusión, la edad define el monto mensual definitivo.

Edad cumplida

Porcentaje de pensión a recibir

Tipo de Pensión IMSS

60

75%

Cesantía en Edad Avanzada

61

80%

Cesantía en Edad Avanzada

62

85%

Cesantía en Edad Avanzada

63

90%

Cesantía en Edad Avanzada

64

95%

Cesantía en Edad Avanzada

65 o más

100%

Pensión por Vejez

¿Cómo aumentar tu pensión? La Modalidad 40 del IMSS

Si buscas incrementar tu monto mensual de jubilación, existe la Modalidad 40 (conocida formalmente como Continuación voluntaria al régimen obligatorio en el IMSS). Este esquema te permite realizar aportaciones voluntarias por tu cuenta para aumentar tu salario base de cotización y sumar más semanas cotizadas.Paso a paso: ¿Cómo tramitar la pensión del IMSS?

Antes de comenzar, reúne los siguientes documentos en original y copia:

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma
  • Acta de nacimiento
  • Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses)
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • RFC con homoclave
  • Estado de Cuenta de tu afore más reciente

Estado de cuenta bancario a tu nombre (donde sea visible el número de cuenta y la CLABE interbancaria).

El proceso del trámite:

  1. Inicia tu trámite en el IMSS desde su portal web o acude directamente a tu subdelegación correspondiente para obtener tu documento de Resolución o Negativa de Pensión en un periodo máximo de 60 días.
  2. Al obtener tu Resolución, acude a tu afore para solicitar la disposición de los recursos económicos que te correspondan de acuerdo con tu régimen pensionario.

Si tienes 60 años de edad o más y el IMSS determina mediante una Negativa de Pensión que no cumples con los requisitos de semanas cotizadas, se te entregarán los recursos acumulados en tu cuenta afore en una sola exhibición.

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