La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la validez constitucional del tope a las pensiones de trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al resolver que el límite es compatible con la Constitución y con los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
La decisión, adoptada por unanimidad, establece un criterio clave sobre cómo deben equilibrarse los derechos de las personas pensionadas con la viabilidad financiera del sistema.
¿Qué resolvió la Suprema Corte sobre las pensiones del IMSS?
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló el tope al pago simultáneo de pensiones por jubilación y por riesgo de trabajo previsto en el Régimen de Jubilaciones y Pensiones del IMSS.
La Corte concluyó que el límite no vulnera derechos humanos y sí garantiza una pensión suficiente y decorosa.
La resolución corresponde al amparo directo en revisión 8032/2025, cuyo proyecto fue presentado por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz.
La Corte determinó que las legislaciones pueden fijar límites razonables a las prestaciones, siempre que no afecten su suficiencia económica ni el derecho a una vida digna.
¿De dónde surgió el caso?
El asunto inició con una impugnación de pensionados contra los artículos 4 y 5 del Régimen de Jubilaciones y Pensiones del IMSS, anexo al Contrato Colectivo de Trabajo. Dichos artículos establecen un límite cuando una persona recibe dos pensiones al mismo tiempo (jubilación y riesgo de trabajo).
El fallo unánime de la SCJN establece que el tope pensionario es razonable y ayuda a mantener la viabilidad del sistema de jubilaciones del IMSS. Foto: Imagen Generada con IA¿Cuál es el tope pensionario que se validó?
El límite aprobado establece que el monto total de las pensiones no puede exceder el salario correspondiente a la categoría “Médico Familiar 8.0 horas”, que es el nivel salarial más alto del tabulador del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Punto clave: la Corte consideró razonable este parámetro porque toma como referencia el nivel más alto del Instituto y no reduce la protección efectiva que brindan las pensiones.
¿Por qué la Corte lo consideró constitucional?
La SCJN sostuvo que el tope:
- Protege el derecho a una vida digna, al asegurar una pensión suficiente.
- Preserva la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones.
- Cumple con tratados internacionales, al no imponer restricciones desproporcionadas.
- No disminuye el nivel efectivo de protección social.
En su análisis, el Pleno subrayó que poner límites no es sinónimo de vulnerar derechos, siempre que se mantenga un estándar económico adecuado y decoroso.
¿A quiénes impacta esta decisión?
La resolución aplica a personas trabajadoras y pensionadas del IMSS que reciben más de una pensión bajo el régimen interno del Instituto.
No implica cambios automáticos para otros regímenes o instituciones, pero sí fija un precedente relevante sobre la constitucionalidad de topes razonables en prestaciones.
¿Qué significa para el sistema de pensiones?
Este fallo fortalece la certeza jurídica del Régimen de Jubilaciones y Pensiones del IMSS y marca una pauta: el equilibrio entre derechos sociales y estabilidad financiera es válido cuando el límite es proporcional y no merma la suficiencia de la pensión.