
Querétaro, 14 de julio de 2026.- El pleno de la LXI Legislatura aprobó una reforma a la Ley de Hacienda del Estado que condiciona el 30 por ciento del excedente del Fondo de Fomento Municipal —respecto a 2013— a que los municipios tengan vigente un convenio de cobro del impuesto predial con el Poder Ejecutivo estatal.
Los municipios sin convenio suscrito, o con uno que ya no esté vigente, quedan fuera de esa porción de las participaciones.
El dictamen también reforma la Ley que Fija las Bases, Montos y Plazos de las Participaciones Federales para los municipios en el ejercicio fiscal 2026, luego de que la Auditoría Superior de la Federación pidiera una precisión más exhaustiva de los contaminantes considerados para el cobro del impuesto por emisión de gases a la atmósfera, así como de los porcentajes de recursos a distribuir entre los municipios.
Vista general de la Sesión de Pleno en la que se aprobó, entre otros dictámenes, la reforma a la Ley de Hacienda del Estado. rotativo.com.mx
En materia del impuesto ambiental, la reforma precisa que se considera emisión a la atmósfera la expulsión directa —de forma unitaria o combinada— de seis sustancias: bióxido de carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluorocarbonos, perfluorocarbonos y hexafluoruro de azufre, conforme al dictamen de inventario de emisiones que generan los Organismos de Evaluación de la Conformidad, previstos en la Ley de Infraestructura de la Calidad.
Los contribuyentes deberán presentar su declaración anual, en las formas y medios que autorice la Secretaría de Finanzas, a más tardar el 22 de julio de cada año.
La LXI Legislatura de Querétaro aprobó reformas que condicionan parte de las participaciones del Fondo de Fomento Municipal a la vigencia del convenio de cobro del impuesto predial con el Poder Ejecutivo estatal, además de precisar disposiciones sobre el impuesto ambiental. rotativo.com.mx
La distribución del 30 por ciento del excedente del Fondo de Fomento Municipal entre los municipios con convenio de predial vigente se calculará con la suma de dos componentes: uno equivalente al 20 por ciento de los recursos —cuyos factores se ponderarán bajo la suma del 100 por ciento si no todos los municipios del estado celebran el convenio— y otro equivalente al 80 por ciento, que se repartirá por partes iguales entre los municipios participantes.