HUB
Publicidad Responsiva - Banner Superior
Radar Inteligente
El Diario 26 Mar, 2026 08:30

Ordenan seguridad para jueza relacionada con 'El Chapo'

Chihuahua, Chih.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (PJF) ordenó a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal (SSPE) de Chihuahua proporcionar escolta para la seguridad de la jueza penal Silvia Rocío Delgado García, quien denunció que la sobre exposición mediática como defensora de “El Chapo” Guzmán la coloca en riesgo, al relacionarla con el grupo delincuencial.

La determinación de la Sala Guadalajara fue tomada por mayoría de votos, ya que el magistrado Sergio Arturo Guerrero Olvera, sostuvo que antes de resolver sobre medidas cautelares debe realizarse un estudio de riesgo por el Tribunal Estatal Electoral (TEE) -el cual conoció del asunto en primera instancia-, y no al revés como fue aprobado por la mayoría.

En abril de 2025 la abogada denunció presuntos actos de violencia política de género cometidos durante el proceso electoral judicial en el Distrito Judicial Bravos.

Tras una serie de impugnaciones y sentencias previas, incluyendo los expedientes SG-JDC588/2025 y SG-JDC-8/2026, el Tribunal Estatal Electoral (TEE) de Chihuahua emitió una resolución el 3 de marzo de 2026, donde determinó la existencia de la infracción por parte de Miguel Alfonso Meza Carmona, activista y líder del grupo defensores A.C.

La abogada, hoy jueza penal del Distrito Judicial Bravos, pidió el retiro de publicaciones y entrevistas donde repetían las conductas infractoras que la relacionaban con el grupo criminal.

Pidió la víctima la realización de un análisis de riesgo, un plan de seguridad y la asignación de custodia policial.

La Sala decidió el pasado 17 de marzo, de manera dividida negar las solicitudes para retirar publicaciones, argumentó que el cumplimiento de la eliminación de videos ya ordenados corresponde exclusivamente al tribunal local como autoridad de origen.

Respecto a nuevas entrevistas determinó que no formaban parte de la controversia original y, por tanto, no podían ser objeto de pronunciamiento en este juicio.

Pero si consideró procedentes las medidas de protección otorgando custodia provisional con base en el temor fundado de la actora ante la sobreexposición mediática de su imagen y su vinculación con personas identificadas como narcotraficantes, específicamente "El Chapo", lo cual sumado a riñas entre grupos delictivos pone en riesgo su integridad física.

Por lo anterior, ordenó a la Secretaría de Seguridad Pública de Chihuahua asignar escoltas a la actora e instruyó al tribunal local para que realice un análisis de riesgo inmediato para determinar si estas medidas deben ratificarse, reforzarse o cesar.

El magistrado Sergio Arturo Guerrero Olvera emitió un voto particular en contra de la decisión mayoritaria, considerando que todas las solicitudes de la jueza son improcedentes en la instancia federal y debieron remitirse íntegramente al tribunal local.

Asimismo, argumentó que las pruebas presentadas por la actora son insuficientes para acreditar un estado de gravedad y urgencia que justifique que el órgano federal dicte medidas de protección de manera directa.

El voto particular en contra de la decisión mayoritaria en el expediente SG-JDC-34/2026, abunda en el sentido de que, al estar los hechos relacionados con el cumplimiento de una sentencia previa del tribunal local, es dicha autoridad la que debe determinar lo conducente respecto al análisis de riesgo y las medidas de protección.

También, consideró que los señalamientos de la actora —quien denunció que la siguen vinculando públicamente con un presunto integrante de un grupo delictivo— son insuficientes para que la Sala Regional se pronuncie directamente sobre la procedencia de las medidas.

Afirmó además que, tras revisar las constancias y los hechos no acreditan de manera indiciaria un supuesto de gravedad y urgencia que justifique que el órgano jurisdiccional federal dicte las medidas de protección provisionales de forma directa.

Finalmente, reiteró el magistrado que dado que el análisis de riesgo y las medidas solicitadas derivan de hechos ya juzgados en la instancia local, debe ser el tribunal estatal quien analice y determine lo que en derecho corresponda en el ejercicio de su competencia.

Contenido Patrocinado