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Quadratin 27 Mar, 2026 07:00

Por un nuevo Plan de Ayutla

Hoy, como ayer:

“¿SUPREMO PODER CONSERVADOR??”

1.- Hoy 2026, como ayer en 1836, tenemos un supremo poder conservador y centralista, la pongo como pregunta…

2.- Estamos como Ayer, en 1836 cuando Santa Ana impuso la república centralista, (entre el 15 y el 30 de diciembre), así como hoy lo hizo el régimen autollamado 4 t. (2021-2026), que impuso nuevamente la república centralistay un régimenautócrata, derogando, como ayer, la república federal, colonizando al poder judicial, al INE, al Tribunal electoral y legalizar la intervención del poder ejecutivo en las elecciones de manera abierta, con la mal llamada revocación.

3.- ¿Y qué tal que pierde CSP, como perdió Salomón, gobernador de Oaxaca? En su farsa de  revocación del 25 de enero 2026.

Yo no quiero que se vaya Claudia Sheinbaum.

4.- Como ayer, hoy necesitamos un Plan de Ayutla, (1 de marzo 1854), para restituir a la “república representativa, democrática, laica y federal”. Que derroco al autócrata y alteza serenísima el 12 de agosto de 1855 y ya no pudo regresar a su finca “Manga de Clavo” Veracruz, (no confundir con la finca la chin…)

5.- Tenemos que volver a aplicar la misma medicina de ayer, que hizo renunciar al autócrata Santa Ana, y restituir la república federal, lidereado por Juan Álvarez, Florencio Villareal, Ignacio Comonfort, y posteriormente Melchor Ocampo, Benito Juárez y Guillermo Prieto.

6.- Es decir, lanzar un nuevo Plan de Ayutla, una revolución pacífica a través del voto y la movilización en defensa de este, para  restituir la Republica  federal, con 32 estados libres y soberanos; municipios libre y tres poderes de la nación independientes entre sí.

7.-Tenemos dos fechaspara recobrar la plena democracia:

I.- 2027, elecciones en 17 estados para gobernador, 300 diputados federales y 200 plurinominales; 1088 diputados locales y 680 ayuntamientos y de ahí

II.-  2030, que espero ver y seguir luchando por ello, la elección presidencial, que libere Palacio Nacional.

8.- En la formación del nuevo partido llamado SOMOSMX, he estado hablando de esta idea para recobrar la democracia y las libertades en nuestro país y desde luego en nuestro sufrido estado Guerrero, donde no hay gobierno.

9.- Insisto este nuevo plan de Ayutla, arropado por la pluralidad existente en nuestro país, por liberales, demócratas, libertarios, de todas las creencias, todos los que simplemente estemos por restituir a la república federal, las libertades y la democracia.

10.- Veamos las 7 Leyes Constitucionales que impuso Santa Anael 30 de diciembre de 1836 y que fueron derogadas con el Plan de Ayutla, y verán el parecido a los cambios de hoy.

Impusieron una república centralista, aboliendo la Constitución de 1824 y el federalismo, (ahora la cambian a su antojo y capricho).

Establecieron el Supremo Poder Conservador, ahora esta en palacio nacional y en Palenque. Convirtieron los estados en departamentos como ahora en los hechos hicieron a los estados: apoyadores.

1ª Ley (Ciudadanía y Derechos): Definía la nacionalidad y derechos civiles, exigiendo ciudadanía para votar y obligando a la religión católica como única permitida.

2ª Ley (Supremo Poder Conservador): Creó un cuarto poder, compuesto por cinco personas, con facultad para anular actos de los otros tres poderes (Ejecutivo, Legislativo, Judicial) si violaban la Constitución.

3ª Ley (Poder Legislativo): EstablecióCongreso bicameral (Diputados y Senadores) electos mediante un sistema indirecto basado en juntas departamentales.

4ª Ley (Poder Ejecutivo): Fijó un presidente con mandato de 8 años, reelegible y con amplias facultades, elegido por la Suprema Corte, Senado y Junta de Ministros.

5ª Ley (Poder Judicial): Reguló la Corte Suprema de Justicia, conformada por 11 miembros elegidos de la misma manera que el Presidente.

6ª Ley (División Territorial): Reemplazó los estados soberanos por “departamentos” centralizados, cuyos gobernadores y legisladores eran nombrados por el Presidente.

7ª Ley (Cambios Constitucionales): Prohibió modificar la Constitución durante un periodo de 6 años tras su promulgación.

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