Donde no hay datos, reina la superstición”
El acecho (stalking) es una forma de violencia que enferma, aísla y, en los casos más graves, puede matar. En México, esta realidad acaba de encontrar una respuesta concreta en la llamada Ley Valeria, que aprobamos hace unos días por unanimidad en la Cámara de Diputados y está a la espera de su aprobación en el Senado. Que todas las fuerzas políticas hayan coincidido en tipificar el acecho como delito habla de algo más que de una reforma penal y muestra que, por fin, estamos dispuestos a reconocer una violencia que durante años se disfrazó de interés, de celos “por amor” o de simple “insistencia”.
La “Ley Valeria” recibe su nombre en honor a Valeria Macías, una maestra y activista de Nuevo León, México, quien fue víctima de acecho constante por parte de un exalumno durante más de cinco años.
Definimos el acecho como la conducta de quien, de manera reiterada, sin consentimiento y sin estar legítimamente autorizado, y por cualquier medio, realice actos de vigilancia, seguimiento, acercamiento o contactos no deseados, intimidación o cualquier forma de intromisión, que generen en la persona ofendida un daño en su salud psíquica o alteren el normal desarrollo de su vida cotidiana.
No se trata solo de seguir a alguien en la calle. Incluye mensajes insistentes a cualquier hora, monitoreo constante de redes sociales, aparición repetida en el domicilio o en el trabajo y uso de tecnología para saber dónde y con quién se encuentra la víctima. En la práctica, es la ocupación sistemática de la vida cotidiana de otra persona hasta que esta deja de sentirse segura en ningún espacio.
La evidencia científica internacional revela que la mayoría de las víctimas de acecho son mujeres y que, con frecuencia, el agresor es la pareja o la expareja. Este dato desmonta la idea de que el acecho es cosa de desconocidos en la oscuridad; por el contrario, suele inscribirse en un continuo de control que puede escalar a la violencia física e incluso al feminicidio. La Organización Mundial de la Salud ha documentado que una de cada tres mujeres en el mundo ha sufrido violencia física o sexual de pareja o violencia sexual por terceros, y que estas violencias casi nunca aparecen “de la nada”; comienzan con el control, la vigilancia y el miedo cotidiano. El acecho es, muchas veces, la antesala de agresiones más visibles.
Desde la salud pública, el acecho es un trauma de baja intensidad aparente pero de alta frecuencia. No siempre deja moretones, pero mina la salud día con día. Estudios en víctimas muestran una alta prevalencia de síntomas depresivos, de ansiedad y de trastorno de estrés postraumático, especialmente cuando el comportamiento incluye seguir físicamente a la persona. A ello se suman ataques de pánico, insomnio, dolores de cabeza o de estómago sin causa médica evidente, ideas suicidas y el aumento del consumo de alcohol o fármacos para “aguantar” la situación. En mujeres que han debido recurrir a órdenes de restricción, se ha observado incluso un incremento del riesgo de infarto y de enfermedad cardiovascular, aun controlando otros factores de riesgo. No es solo un problema emocional sino un factor de riesgo para la vida.
En adolescentes y jóvenes, el daño adopta otras caras como el abandono escolar, la ruptura de amistades, la estigmatización y, en casos extremos, síntomas psicóticos como alucinaciones ligadas al terror de ser vigiladas. El mensaje que reciben es devastador, pues ningún espacio es seguro, ni siquiera el propio cuerpo. Y, sin embargo, muchas víctimas tardan en pedir ayuda porque minimizan lo que ocurre (“solo me escribe”, “solo pasa por aquí”) o porque se resisten a verse a sí mismas como “víctimas”. Esa negación no es casual: es el resultado de una cultura que normaliza el control como “prueba de amor” y responsabiliza a las mujeres de “haber dado entrada”.
Frente a este panorama, la Ley Valeria introduce un cambio en la narrativa y en las reglas del juego. La reforma incorporó al Código Penal Federal el acecho, sancionando a quien lo cometa con penas de dos a cuatro años de prisión y hasta cuatrocientos días de multa. La pena se agrava cuando la víctima sea menor de edad, persona con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, o cuando la conducta se cometa mediante medios digitales. Si la persona que comete el acecho es servidora pública, se podrá destituir del cargo e inhabilitarla para ocupar cualquier otro cargo público por hasta un año. Es decir, deja de tratarse como una simple falta administrativa o como un problema “privado” por resolver en familia. El mensaje que enviamos, estimados lectores, es nítido: vigilar, perseguir y hostigar de forma sistemática a una persona es un delito, no una mala costumbre ni un mal chiste.