Para prevenir la repetición del uso de “acordeones” en la próxima elección judicial del 2027, cuando se renovará la mitad faltante de jueces de Distrito (368) y magistrados de Circuito (464) federales, se requiere un rediseño de las leyes, sus reglamentos y en justicia electoral, recomendó el Laboratorio para el Estado de Derecho e Incidencia Pública.
Dependiente del Departamento de Estudios Sociopolíticos y Jurídicos del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO), la iniciativa académica precisó que se debe “tipificar la inducción masiva mediante listas; crear causales de nulidad por operación coordinada con apoyo en prueba estadística robusta”.
Así como “introducir presunciones iuris tantum (dar por cierto un hecho) y umbrales objetivos de afectación; fortalecer la competencia cautelar concurrente durante veda y jornada; y escalar sanciones (multas proporcionales e inhabilitaciones) frente a beneficios acreditados”.
Incluido en el informe “Elecciones judiciales 2025: Balance crítico”, confeccionado por distintas asociaciones civiles y auspiciado por la Fundación Konrad Adenauer México, el reporte plantea la necesidad de realizar reformas constitucionales y a diversas leyes para normar la elección judicial federal que por segunda ocasión en la historia del país se realizará el próximo año.
“En la dimensión operativa, urge institucionalizar protocolos cero acordeones (retiro inmediato, aseguramiento y cadena de custodia), monitoreo algorítmico en tiempo real con activación de mapas de calor, coordinación interinstitucional para medidas inmediatas, y rediseños de boleta que eleven la fricción al voto en bloque mecánico”, se propuso.
La elección de juzgadores, refiere, demanda estándares reforzados de integridad electoral sin los cuales se abren espacios de captura y condicionamiento que impactan la independencia e imparcialidad judicial ex ante, pero si se incluyen “el sistema puede alinear incentivos, elevar el costo de la infracción y proteger la voluntad popular”.
Uso de recursos públicos
De manera concreta, el informe propone reformar la Constitución y la legislación secundaria en materia electoral.
Se sugiere reforzar el Artículo 134 constitucional para establecer la prohibición expresa de listas de recomendación elaboradas o difundidas por servidores públicos o con recursos públicos, con sanciones agravadas.
Tipificar en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) la infracción específica “inducción masiva del voto mediante de listas”; es decir, acordeones físicos o digitales con presunción iuris tantum de afectación a la equidad cuando concurran criterios de difusión, temporalidad y coordinación.
Incorporar en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral una “nulidad por operación coordinada” a fin de que cuando se acredite patrón nacional o local de inducción masiva se mitigue la carga probatoria casilla por casilla y se permita la inferencia de determinancia por prueba estadística robusta y trazabilidad de redes.
Así como establecer la inhabilitación y pérdida de elegibilidad para candidaturas beneficiadas por operaciones acreditadas de acordeones, con responsabilidad solidaria de quienes los financien o distribuyan, y prever competencia cautelar concurrente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para dictar medidas urgentes en jornada y veda, sin esperar el trámite completo del procedimiento especial sancionador.
Actuación del INE
Con respecto a las reglas y lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE), se recomienda confeccionar un protocolo nacional de cero acordeones que incluya su retiro inmediato, aseguramiento, cadena de custodia y reporte georreferenciado, y delimitar perímetros ampliados, sin materiales de inducción.
Además de “veda reforzada de materiales impresos/digitales con listados completos de candidaturas; obligación de deslinde expreso y temprano por parte de candidaturas mencionadas en acordeones; diseño de boleta con orden aleatorio por distrito y códigos de verificación que dificulten la creación de acordeones universales; monitoreo algorítmico en tiempo real (redes, mensajería, impresión local) con criterios de alerta temprana y mapas de calor para despliegue operativo; protocolos con policías y autoridades administrativas para sancionar repartos masivos, con criterios probatorios estandarizados (videos, actas, QR de registro), y escalamiento sancionatorio: multas proporcionales al beneficio electoral obtenido y posibilidad de nulidad parcial (distritos/circuitos) si se supera un umbral de afectación”.
La propuesta de fiscalización y trazabilidad abarca dar seguimiento financiero de la cadena de impresión y distribución y de campañas digitales; auditoría postelectoral independiente (academia-sociedad civil) con acceso a datos para evaluación de riesgo sistémico y repositorio público de acordeones incautados, con hash y metadatos para su trazabilidad y análisis.
Sobre criterios jurisdiccionales y prueba, se sugiere expedir una guía probatoria del TEPJF para operaciones coordinadas a fin de admitir prueba estadística, análisis de grafos, series temporales y test de determinancia estructural.
Así como prever la inversión parcial de la carga cuando se acredite difusión masiva y vinculación con estructuras públicas/partidistas; esto es, que la parte beneficiada debe desvirtuar los cargos.