Cuatro artículos de la Constitución y dos de Ley de Seguridad Nacional habrían sido vulnerados por el gobierno de Chihuahua por colaborar con Estados Unidos para el desmantelamiento de narcolaboratorios sin el aval de la federación, afirmó la abogada Yarey Sánchez Laguna entrevista con EL FINANCIERO.
La abogada destacó la gravedad de la situación, pues dijo que si el embajador de Estados Unidos en México, Ronald Johnson, no hubiera salido a informar de la muerte de dos miembros del personal de la Embajada norteamericana y del Director de la Agencia Estatal de Investigación (AEI) de Chihuahua, así como un agente de la misma, en un accidente automovilístico tras un operativo “no sabríamos de la participación en éste y tal vez en diversos operativos por parte de autoridades extranjeras”.
Explicó dijo que “la cooperación en materia de seguridad es una facultad del Estado a nivel federal, no es a nivel estatal y la propia presidenta Claudia Sheinbaum ha sido clara al señalar que no existen operaciones conjuntas en territorio nacional”, por lo que el operativo habría vulnerado en primer lugar el artículo 89, fracción X, de la Constitución que establece que son facultades de la presidenta:
“Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales”, dicta el artículo.
Otros artículos constitucionales vulnerados, dijo, que serían el 124 que especifica que las entidades federativas no tienen competencia para establecer una coordinación operativa con autoridades extranjeras”, por lo que la abogada dijo que “el estado de Chihuahua no tendría las facultades para poder intervenir y para poder realizar operativos conjuntos con cualquier autoridad de territorio extranjero”; y el artículo 21 que establece que “la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a la secretaría del ramo de seguridad pública del Ejecutivo Federal, a la Guardia Nacional y a las policías”.
Agregó que también se vulnera el artículo 133 que habla de la supremacía constitucional. En cuanto a los artículos vulnerados de la Ley de Seguridad, Yarey Sánchez explicó que se vulneran el tercero y quinto.
La abogada dijo que los diversos indicios “obligan al estado Estado Mexicano a esclarecer quién fue quien autorizó esta intervención, bajo qué marco legal y cuál fue el alcance real de la participación extranjera porque aquí no solo se encuentra en juego un tema de soberanía, sino algo aún más delicado: el control del Estado Mexicano sobre sus propias instituciones y la forma en que estas están conduciendo respecto de las estrategias de seguridad en el país”.