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El Economista 23 Apr, 2026 08:05

¿Se pueden prohibir los besos en la oficina?

Besar a alguien no solo es una manifestación de cariño, sino también un riesgo si la conducta no se regula dentro de los centros de trabajo. Las muestras de afecto entre personas trabajadoras abren un debate sobre los límites que pueden imponer las empresas y hasta dónde estas medidas son compatibles con los derechos laborales.

De acuerdo con la Secretaría de Salud, los besos aceleran la frecuencia cardiaca, mejoran la circulación, estimulan el sistema inmune, previenen enfermedades e inducen a la tranquilidad; dicho de otro modo, son beneficiosos para el cuerpo.

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Nélida Padilla Gámez, investigadora de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), afirma que los besos se asocian a momentos felices que generan placer y bienestar, lo cual se traduce en mejores niveles de autoestima y ánimo.

Pese a los beneficios emocionales y físicos que los besos pueden provocar, expertos en derecho laboral señalan que este tipo de contacto puede poner en peligro las relaciones laborales si no se regulan ya sea en el reglamento interior de trabajo o en un código de conducta.

¿Prohibir o regular los besos en el trabajo?

Eduardo Guerrero Hernández, abogado laboral senior en la firma Garrido Licona y Asociados, afirma que los besos no se pueden restringir en las empresas. Recuerda que incluso la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Constitución prohíben la discriminación y eso incluye el estado civil y las preferencias sexuales.

En esa línea, Priscila Barraza, especialista en materia laboral y consultoría empresarial, señala que en la ley no existe una regulación explícita sobre los besos o las muestras de afecto. Reconoce que este es un concepto subjetivo que requiere contexto y percepción, pues lo que para unos es una señal de cariño, para otro puede ser una conducta inapropiada encaminada al hostigamiento o acoso laboral y sexual.

"Es posible que la empresa regule, pero no que prohíba, porque eso impacta en el libre desarrollo de la personalidad. No puedo prohibir a mis colaboradores que tengan una relación, pero sí limitar las muestras de afecto para proteger a la empresa”, explica Priscila Barraza.

Expone que lo que para un colaborador puede ser una muestra de afecto natural y común, por ejemplo, un abrazo en un cumpleaños, la misma interacción para otro puede ser invasiva. Además, menciona que la Ley Federal del Trabajo no regula explícitamente las muestras de afecto, pero sí las conductas inapropiadas.

Del afecto al acoso y hostigamiento en el trabajo

A decir de Eduardo Guerrero Hernández, las empresas pueden regular las muestras de afecto como los besos y abrazos mediante políticas internas, el reglamento interior de trabajo o el código de conducta, y en esos casos, las acciones que se consideren inapropiadas pueden sancionarse según el artículo 47 de la LFT.

Reconoce que las relaciones afectivas dentro de los centros de trabajo son habituales, pues es donde las personas pasan más tiempo, pero es precisamente por eso que aconseja se regule y cataloguen las expresiones o afectos permitidos, por ejemplo, besos en la boca "efusivos" podrías considerarse una conducta excesiva de afecto, aunque reconoce es un tema de interpretación.

“Las muestras de afecto como los abrazos efusivos o los besos pueden llegar a ser catalogados como una acción de hostigamiento o de acoso. De hostigamiento cuando existe una relación de subordinación y de acoso cuando son compañeros”.

Por lo anterior, coincide con Priscila Barraza en que las muestras de afecto necesitan de consentimiento, especialmente en entornos laborales. “No hay una regla que diga que un beso en la boca o un abrazo es una conducta excesiva, porque se entiende que son relaciones personales consensuadas”, dice Eduardo Guerrero Hernández, quien afirma, lo importante es preservar la integridad y el libre desarrollo de cada persona.

Por lo anterior, subraya que las organizaciones deben definir claramente cuáles son las conductas excesivas de la empresa para generar conciencia y prevenir conductas que puedan considerarse como hostigamiento, acoso o generar incomodidad a terceros.

“Con estos elementos cualquier empresa y trabajador se sentirán seguros de demostrar afecto correctamente, respetando las instalaciones en las que se encuentre, respetando a sus pares y a la persona con la cual está demostrando afecto”, indica.

Por su parte, Priscila Barraza menciona que las políticas internas deben señalar las acciones permitidas. “Como empresa puedo gestionarlo en el reglamento interior de trabajo; por ejemplo, cuáles serían los pasos a seguir para determinadas conductas y eso se debe comunicar a los trabajadores”, señala.

Agrega que esto también puede gestionarse en un protocolo que fomente una cultura de respeto, un código de ética y capacitación, ya que esto último servirá para comunicar a las personas las acciones o muestras de afecto permitidas desde un eje moral que no vulnere el libre desarrollo de la personalidad.

Los expertos coinciden en que los besos y otras muestras de afecto en el trabajo son subjetivas para cada persona y evidencian un equilibrio delicado entre derechos individuales y convivencia laboral, por ello, su regulación mediante políticas claras y enfoque en el consentimiento resulta clave para prevenir conflictos y mantener una sana interacción.

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