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Quadratin 26 Apr, 2026 21:55

Pide Morena en Michoacán cárcel a quien finja desaparición de personas 

MORELIA, Mich., 26 de abril de 2026.- El Congreso de Michoacán mantiene en análisis en la Comisión de Justicia una iniciativa impulsada por Morena que propone sancionar penalmente a quienes simulen la desaparición de una persona, al considerar que estas conductas desvían recursos públicos, entorpecen la atención de casos reales y debilitan la eficacia de los mecanismos de búsqueda.

La propuesta, presentada por la diputada Melba Edeyanira Albavera Padilla, plantea adicionar el artículo 272 Bis al Código Penal del Estado para tipificar como delito la denuncia falsa de desaparición, cuando se realice con pleno conocimiento de su falsedad y con la intención de inducir a error a la autoridad. 

El documento advierte que cada reporte de desaparición activa de forma inmediata la movilización de recursos humanos, tecnológicos y financieros del Estado, así como la coordinación de corporaciones de seguridad y procuración de justicia, en un contexto donde el tiempo es determinante para la localización con vida de las personas.

Como referencia, se expone que durante 2025 la Fiscalía General de Michoacán activó 2 mil 148 mecanismos de búsqueda inmediata, lo que dimensiona la carga operativa del sistema y la relevancia de cada denuncia. 

En ese escenario, la iniciativa sostiene que las denuncias falsas, formuladas de manera dolosa, generan un impacto directo en la operación institucional al provocar un uso indebido de recursos, retrasar la atención de desapariciones reales y comprometer la eficacia de los protocolos de búsqueda.

Además del impacto operativo, se advierte un efecto social: la trivialización de un fenómeno considerado una de las violaciones más graves a derechos humanos, el desgaste institucional y la pérdida de confianza en las autoridades encargadas de la búsqueda de personas. 

El planteamiento reconoce que el Código Penal ya contempla figuras sobre falsedad en declaraciones o denuncias inexistentes, pero señala que resultan insuficientes frente a la especificidad del fenómeno de desaparición, debido al impacto diferenciado que implica activar protocolos especializados y distraer recursos destinados a casos urgentes. 

De aprobarse, se impondrían sanciones de seis meses a tres años de semilibertad, además de multas de 50 a 300 Unidades de Medida y Actualización.

 Las penas podrían aumentar hasta en una mitad cuando se movilicen operativos de gran escala, se afecten investigaciones reales, se busque un beneficio indebido, se utilicen medios fraudulentos o cuando el responsable sea servidor público, supuesto en el que también se prevé inhabilitación. 

La iniciativa precisa que el delito solo se configurará cuando exista dolo directo, es decir, conocimiento pleno de la falsedad y voluntad d engañar a la autoridad, por lo que quedan excluidas de responsabilidad penal las denuncias realizadas de buena fe, bajo error razonable, temor fundado o condiciones de vulnerabilidad.

El proyecto se encuentra en etapa de análisis en comisioned, en medio de un contexto en el que la presión sobre los sistemas de búsqueda y la demanda de resultados frente a la crisis de desapariciones mantienen bajo escrutinio la capacidad de respuesta del Estado.

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