Chihuahua— Los servidores públicos de la administración estatal tienen prohibido realizar acuerdos directos sin autorización y fuera de los cauces legales con agentes extranjeros, de lo contrario pueden ser sujetos a sanciones administrativas, penales o de otra índole, según quedó asentado en el acuerdo 043/2026 signado por la gobernadora, María Eugenia Campos Galván, y publicado el pasado miércoles en el Periódico Oficial del Estado (POE).
Dicho instrumento jurídico deriva de la información entregada por la Secretaría Técnica del Consejo de Seguridad Nacional respecto al marco jurídico aplicable en materia de colaboración con agencias extrajeras, tras la polémica que generó la muerte de dos presuntos agentes de la CIA, posterior al desmantelamiento de dos narcolaboratorios en el municipio de Morelos, Chihuahua.
El Consejo de Seguridad Nacional dio a conocer a la gobernadora las directrices para la correcta implementación de dicho marco jurídico, con el propósito de fortalecer la coordinación institucional, garantizar la conducción ordenada de la cooperación internacional y salvaguardar la soberanía nacional.
El documento ordena a todas las dependencias y entidades de la administración pública estatal, tanto centralizada como paraestatal, a cumplir estrictamente con la normatividad vigente en toda la acción, acuerdo o mecanismo de colaboración con gobiernos, agencias, o entidades extranjeras en materia de seguridad pública, procuración de justicia y seguridad nacional.
Destaca que el Gobierno del Estado debe observar en todo momento el principio de no intervención previsto en el artículo 40 de párrafo tercero de la Constitución.
En consecuencia, ninguna autoridad podrá permitir o autorizar la participación de agentes extranjeros en actividades de investigación, persecución de delitos o funciones reservadas al Estado Mexicano, sin contar con la autorización expresa de las autoridades competentes.
Cualquier coordinación, colaboración, capacitación, intercambio de información, contacto, comunicación y/o reunión que transcienda a la seguridad pública y nacional con gobiernos, agencias o entidades extranjeras únicamente puede realizarse por conducto de la Secretaría de Relación Exteriores (SER), previo acuerdo de la Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), de la Defensa Nacional y de Marina, de conformidad con los artículos 68 y 69 de la Ley de Seguridad Nacional.
Deberán coordinarse con la SSPC
El acuerdo establece el mecanismo mediante el cual las entidades de la administración estatal podrán formalizar acciones, acuerdos o instrumentos que implique la vinculación con agentes de otros países.
Para ello deberán verificar previamente la viabilidad jurídica, administrativa y operativa de dicha colaboración; remitir el proyecto a la SER para dictamen y, en su caso, registro; coordinarse con la SSPC y gestionar la autorización correspondiente e incluir en los instrumentos las cláusulas de protección de datos, confidencialidad y resguardo de la información conforme a la legislación aplicable.
El acuerdo prohíbe expresamente a los servidores públicos del Gobierno estatal establecer mecanismos directos de cooperación con agentes extranjeros fuera de los cauces institucionales, y sólo podrán desarrollar las actividades de enlace para el intercambio de información en los términos de lo dispuesto en la acreditación que se hubiese expedido a su favor.
A su vez, los agentes extranjeros deberán abstenerse de realizar gestiones directas con autoridades distintas a las instancias autorizadas, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Seguridad Nacional.
En este tenor, los servidores públicos locales deberán reportar toda interacción que tengan con agentes extranjeros, sin excepción alguna, dentro de los tres días siguientes, y toda reunión deberá contar con la autorización previa y la presencia de la SRE.
También tendrán que canalizar cualquier solicitud de acercamiento o actividad de cooperación internacional a través de las instancias federales competentes.
El incumplimiento de estas disposiciones, que ya están vigentes, podrá dar lugar a responsabilidades de diversa índole, según lo establezcan las leyes.