HUB
Publicidad Responsiva - Banner Superior
Radar Inteligente
El Imparcial 05 May, 2026 09:19

Semana laboral de 40 horas: Aprobada

El pasado día 1 de MAYO del 2026, el Congreso federal aprobó diversas modificaciones a la ley federal del trabajo, destacando la reducción de la jornada de trabajo a 40 horas a partir del 2030, compartimos con ustedes algunas reflexiones en este tema:

1. Entrada en vigor

La reforma aplica desde el 1 de mayo de 2026.

El registro electrónico de la jornada será obligatorio hasta el 1 de enero de 2027, dando tiempo a las empresas para adaptarse.

La STPS, deberá publicar las reglas para su aplicación.

2. Reducción de la jornada laboral Se establece una jornada máxima de 40 horas semanales.

La reducción será gradual hasta 2030, no inmediata. Esto implica ajustes progresivos en horarios, turnos y costos laborales.

3. Distribución flexible del tiempo de trabajo La jornada puede distribuirse por acuerdo entre empleador y trabajador.

Esto abre la puerta a esquemas como semanas comprimidas (por ejemplo, trabajar más horas en menos días), siempre respetando los límites legales.

4. Descanso obligatorio Se mantiene el principio de 1 día de descanso por cada 6 trabajados, con salario íntegro.

5. Trabajo de menores Se prohíbe completamente que personas menores de edad trabajen horas extras.

Refuerza la protección laboral infantil.

6. Horas extraordinarias (horas extra) Límite: hasta 12 horas semanales, con: Acuerdo por escrito.

Máximo 4 horas por día. Máximo 4 días a la semana.

Pago: Primeras 12 horas ? al doble.

Excedentes (hasta 4 adicionales en casos excepcionales) con pago triple.

7. Eliminación del “banco de horas” Ya no se permite compensar horas extra con descanso en lugar de pago.

Esto favorece directamente el ingreso del trabajador, pero reduce flexibilidad para las empresas.

8. Eliminación de jornadas de 12 horas. Actualmente algunas empresas tienen la práctica ilegal de laborar doce horas; aun cuando la reforma podría interpretarse en el sentido de permitir dicha práctica, las ocho horas iniciales se pagarán de manera regular y el resto como horas extras.

Comentario: Hemos comentado, que en principio dicha modificación es justificable, habrá que ver en la práctica la afectación a las empresas en su productividad.

*- El autor es abogado empresarial.

Contenido Patrocinado