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AM 18 May, 2026 04:04

Advierten daño para víctimas tras aumento a penas por violencia familiar en Guanajuato

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Guanajuato.- El 26 de febrero, el Congreso local aprobó una reforma al Código Penal del Estado, mediante la cual aumentó la pena para el delito de violencia familiar. Antes era de uno a seis años de prisión y ahora es de dos a nueve años.

Con esta modificación, la abogada penalista Ángeles Márquez Carreón destacó que también se eliminó la posibilidad de que agresores y víctimas puedan acceder a la suspensión condicional del proceso.

Esta figura consiste en suspender el proceso judicial a cambio de que el imputado cumpla dos requisitos: que no haya una oposición fundada por parte de las víctimas y que se repare el daño o se garantice.

La suspensión no podía durar menos de seis meses ni más de tres años. Si el agresor incumplía alguno de los requisitos, se eliminaba dicha prerrogativa y continuaba el proceso judicial normal.

Por ello, en entrevista con AM, la abogada de mujeres en casos de violencia contra ellas consideró perjudicial esta reforma al delito de violencia familiar en Guanajuato.

Advierten afectación a víctimas

Estas suspensiones tenían dos grandes ventajas, señaló: reducían considerablemente el tiempo del litigio y permitían un resultado tangible y benéfico para la víctima. De lo contrario, irse a juicio es mucho más tardado, pues implica uno o más años, con el consiguiente desgaste para la víctima.

La segunda ventaja era que “hacer de conocimiento esta opción de la suspensión condicional resultaba motivante para que los y las generadoras de violencia pararan, cumplieran con los tratamientos necesarios para reducir las posibilidades de que en el futuro volvieran a delinquir como personas que violentan a su familia”.

Es decir, para ella era más efectiva una suspensión condicional que un juicio de un año o más. Porque, además, si terminado el juicio la sentencia es absolutoria, el agresor se va y no paga nada.

Comentó que, de los casos que ella ha llevado, solo un inculpado incumplió con las medidas de la suspensión condicional.

Antes agresores estaban vigilados

Al respecto, Ángeles Márquez, quien ha llevado casos como el del feminicidio de Milagros, ocurrido el 10 de agosto de 2023 en León, explicó que en las suspensiones condicionales los imputados tenían que sostener esta carga por lapsos de seis meses a tres años.

Además de pagar los daños, tenían que cumplir condiciones como demostrar que tomaron tratamientos psicológicos especializados en violencia de género, escuelas para padres, talleres, firmas ante las autoridades para asegurar su presencia en el proceso y restricciones para no acercarse a las víctimas, entre otras.

“En las suspensiones está vigilado el agresor, porque están vinculados a proceso, hay una vigilancia, y las unidades de medidas cautelares sí tenían que dar seguimiento: preguntar a la víctima: ¿oye, no te ha molestado?, ¿cómo vas?”.

“En cuanto la víctima decía: sí lo vi por aquí rondando, era cuando se revocaban las suspensiones condicionales. En vinculación hay una vigilancia; en suspensión, por lo menos hay una reparación del daño. En sede ministerial, nadie más que ellos se enteran de cuántas archivaron”.

“Esto proporcionaba un acercamiento a la justicia más real y efectivo, porque, además, de no cumplirse, las suspensiones se levantaban y daba la oportunidad de continuar con el proceso, ahora sí, con dos posibilidades solamente, un procedimiento abreviado o un juicio”, señaló.

“Cuando afirman en el dictamen que muchas de esas denuncias terminan en violencia feminicida, nadie de los consultados dijo cuántos para llegar a esta reforma. Hay denuncias presentadas que terminan en violencia feminicida porque el Estado nunca hizo nada”.

“Ahora, si se van a procedimiento abreviado o a juicio, ¿tú crees que realmente van a hacer investigaciones desde un inicio que no archiven para visualizarlas hasta esas etapas?”.

“Sí pueden terminar en violencia feminicida las que se quedan en el IMUG, en las casas de apoyo a la mujer, las que tienen dos o tres carpetas y las archivan. Yo no creo que la Fiscalía ni el Poder Judicial tengan estadísticas de suspensión condicional que superen que terminan en esos casos trágicos”, afirmó Márquez Carreón.

Gobierno defiende aumento de penas

El delito de violencia familiar está tipificado de la siguiente manera en el Artículo 221: “A quien ejerza violencia de cualquier tipo contra una persona con la que tenga una relación de parentesco, matrimonio, concubinato o análoga. Contra los hijos del cónyuge, pareja, pupilos o incapaces que se hallen sujetos a la tutela o custodia, de uno u otro”.

La iniciativa fue presentada por la gobernadora Libia Dennise García Muñoz Ledo. En la exposición de motivos se argumentaron tres razones para la modificación.

La primera fue que, según cifras de la Fiscalía del Estado, en 2016 hubo 11 mil 133 carpetas de investigación, mientras que para 2024 aumentaron a 15 mil 958. Esto representó un incremento de 43.33% en este delito.

La segunda razón fue que el 25 de septiembre de 2024 la Secretaría de Gobernación decretó para Guanajuato la Alerta de Género, con el objetivo de prevenir y erradicar los feminicidios y las desapariciones de mujeres.

La tercera fue que, “a pesar de su elevada incidencia, el marco legal actual no garantiza una sanción efectiva contra el agresor, pues al tratarse de un delito sancionado con penas que permiten la suspensión condicional del proceso, derivando en la escalada de violencia, no ha sido suficiente para disuadir al agresor, lo que podemos visualizar con la reiteración del mismo delito”.

“Y en muchos casos, la revocación de la suspensión condicional del proceso, derivando en la escalada de violencia, hasta llegar incluso a su forma más extrema, que es la violencia feminicida, toda vez que dicha salida permite al agresor volver a ejercer violencia, demostrando así esa asimetría de poder que se tiene con la víctima”.

“Así, resulta necesario adecuar la legislación penal a la realidad social que se vive hoy en día, por ello consideramos necesario incrementar la punibilidad del tipo penal de violencia familiar”, concluyó la exposición de motivos.

La reforma fue aprobada por el Congreso del Estado el 26 de febrero, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 18 de marzo y entró en vigor al día siguiente.

Rechazan efecto disuasivo

Márquez refirió que la gobernadora estableció en el dictamen que una pena más severa actúa como disuasivo, al incrementar la posibilidad de que los infractores a la norma penal reflexionen antes de cometer el delito. Sin embargo, la abogada afirmó que “esto es falso”.

“Es un discurso viejo que no tiene comprobación en la realidad, basta ver cómo, aún y cuando las penas en los delitos de desapariciones, homicidios, feminicidios y secuestros, por poner un ejemplo, son sumamente elevadas, las carpetas de investigación año con año van a la alza, tal y como sostienen que ocurre con los inicios de investigaciones en violencia familiar”, reprochó la también profesora universitaria.

Refirió que el Congreso, la Fiscalía y el Poder Judicial afirman que esta reforma tenderá a erradicar la violencia familiar en Guanajuato, pero atajó: “¿Cómo? Si las investigaciones en las fiscalías por este delito duran no menos de 5 meses, los casos excepcionales. Y esto, respecto a las que sí avanzan a solicitudes de vinculación a proceso”.

Como litigante, afirmó que la Fiscalía, y más en estas unidades de investigación especializada por delitos cometidos contra mujeres por razones de género, tienen muchas deficiencias de atención y de investigación.

Advirtió que son muy pocas las fiscales objetivas, atentas y sensibles que realizan trabajos plausibles en su dirección de investigación. Con tan pocas servidoras públicas con estas características, señaló, no habrá una erradicación del delito de violencia familiar.

Poder Judicial acatará reforma

AM entrevistó a Alma Delia Camacho Patlán, presidenta del Poder Judicial del Estado, sobre su perspectiva de esta reforma.

“Si nuestros legisladores ya establecieron una penalidad de determinados delitos, nosotros como aplicadores de la ley, a nosotros lo que nos corresponde es la aplicación de la ley en cada causa penal que se vaya a tramitar. En su momento se hará la individualización correspondiente y la aplicación de la ley”.

“No me podría pronunciar porque todavía no tenemos ese impacto. Nosotros nos vamos basando en indicadores. Yo creo que será en el futuro cuando se nos va a dar ese resultado, qué tan positivo o negativo pueda resultar la aplicación de la ley”, expresó.

Se le preguntó si, independientemente de su posterior aplicación, cree que el aumento de la pena tendrá un efecto inhibidor contra la violencia.

“Es complicado contestar. Si el legislador lo está acogiendo, es que el legislador está viendo positivo el que se aumenten las sanciones. Entonces, la cuestión es que cuando se lleve una causa penal, se lleve toda la investigación correspondiente”.

“Y el futuro nos va a decir qué tanto ha influido, si ha disminuido la incidencia de criminalidad, pero esto nos lo van a decir los casos que vayan llegando a los tribunales. La efectividad la vamos a ver en un futuro”, respondió.

Archivan 57,655 carpetas de violencia familiar

Con información obtenida por Ángeles Márquez a través del portal de Transparencia, la Fiscalía del Estado informó que, de enero de 2020 al 28 de febrero de 2026, se iniciaron 85,094 carpetas por el delito de violencia familiar.

De ese total, 57 mil 655 fueron archivadas de manera definitiva y 6 mil 106 quedaron en reserva. Es decir, 21 mil 333 carpetas de investigación “sobrevivieron”.

La abogada desconoce el destino de esas 21,333 carpetas: cuántas culminaron en suspensión condicional, cuántas en procedimiento abreviado, cuántas en sentencias condenatorias y cuántas en absolutorias, debido a que la Fiscalía se negó a proporcionar esa información y sostuvo que debía solicitarse al Poder Judicial.

“Veintiún mil que sí han avanzado en seis años en todo el estado es una justicia mínima”, calificó.

Alarma incremento en violaciones y lesiones contra menores en Guanajuato

El Observatorio Ciudadano de León reportó que la violencia contra niñas, niños y adolescentes en Guanajuato opera con un marcado sesgo de género. Los varones representan el 87% de las víctimas de homicidio doloso, perpetrado en su mayoría con armas de fuego.

En contraste, las niñas y adolescentes mujeres padecen de forma desproporcionada la violencia psicológica, el abuso y la violación en la entidad.

A pesar de que los homicidios dolosos muestran una tendencia a la baja desde su pico en 2024, las lesiones intencionales y los delitos sexuales sufrieron repuntes importantes. Durante 2025, el delito de violación contra menores creció un 24%, concentrando este sector poblacional cuatro de cada diez casos estatales.

Asimismo, la violencia familiar se mantiene como una amenaza constante que afecta diariamente a un promedio de nueve infantes.

Especialistas en psicología advirtieron que estas agresiones configuran un sistema interconectado donde la negligencia familiar facilita problemas crónicos como las adicciones o el reclutamiento criminal.

Ante este panorama, el OCL urgió a las autoridades y a la sociedad a romper el paradigma del maltrato en la crianza. El organismo enfatizó la necesidad de incrementar la inversión en prevención comunitaria para evitar que la violencia escale a consecuencias fatales.

AAK

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