La Corte Suprema de Nuevo México confirmó este martes la condena contra un hombre del condado de Doña Ana acusado de abuso infantil intencional que derivó en la muerte de una niña de dos años en Las Cruces, cerrando así uno de los casos más estremecedores de violencia contra menores registrados en el sur del estado en los últimos años.
En una decisión unánime, el máximo tribunal estatal rechazó los argumentos de la defensa de Lalo Anthony Castrillo IV, quien buscaba revertir el fallo alegando que no existían pruebas suficientes para demostrar que él provocó la muerte de Faviola Rodríguez en 2018. Los magistrados también desestimaron la solicitud de un nuevo juicio basada en supuesta evidencia descubierta después del proceso original.
La menor murió mientras Castrillo la cuidaba durante la noche, mientras la madre de la niña —quien era pareja sentimental del acusado— se encontraba trabajando. De acuerdo con los registros judiciales, el hombre era la única persona a cargo de la pequeña cuando ocurrió el incidente fatal.
La opinión de la Corte, redactada por la jueza Briana H. Zamora, sostiene que la Fiscalía presentó evidencia médica suficiente para que un jurado razonable concluyera que las lesiones fatales fueron infligidas mientras la niña estaba bajo el cuidado exclusivo del acusado y que no se trató de un accidente.
La autopsia practicada a la menor reveló lesiones agudas en la cabeza y el cerebro ocurridas aproximadamente al momento de su muerte. Entre los hallazgos se documentaron múltiples moretones en el cuero cabelludo que, según el informe forense, indicaban distintos puntos de impacto.
Durante el juicio, la doctora Lindsay Smith, de la Oficina del Investigador Médico de Nuevo México, declaró que la muerte de la niña fue causada por una combinación de traumatismos contundentes en la cabeza. Algunas de esas lesiones, explicó, eran recientes y otras mostraban señales de estar sanando, lo que sugería episodios previos de violencia física.
“En este caso, el Estado presentó evidencia médica de tal forma que un jurado razonable pudo determinar que las lesiones agudas por fuerza contundente sufridas por la víctima fueron infligidas mientras estaba bajo el cuidado exclusivo del acusado y que las lesiones no fueron accidentales”, escribió la Corte en su resolución.
Los magistrados también resaltaron el testimonio de dos testigos que afirmaron haber visto a la niña horas antes de que quedara sola con Castrillo y aseguraron que entonces no presentaba moretones visibles ni señales aparentes de lesiones.
Uno de los elementos que más pesó en el análisis judicial fue la conducta del acusado después de encontrar a la menor en estado crítico. Según el expediente, Castrillo esperó más de una hora antes de llamar al 911.
Durante parte de ese tiempo, de acuerdo con la evidencia presentada en juicio, realizó búsquedas en internet relacionadas con emergencias médicas infantiles, incluyendo consultas sobre “cómo hacer que la sangre bombee cuando un niño está en shock”.
Para la Fiscalía, ese retraso resultó incompatible con una reacción inmediata ante una emergencia médica y reforzó la teoría de que el acusado intentó manejar la situación antes de pedir ayuda.
Tras ser condenado, Castrillo solicitó un nuevo juicio argumentando la existencia de evidencia recién descubierta: una fotografía publicada en redes sociales por la madre de la niña después del juicio, donde aparentemente se observaba un moretón en la cabeza de la menor.
La defensa sostuvo que la imagen podía respaldar la hipótesis de lesiones previas no relacionadas con el acusado. Sin embargo, durante una audiencia posterior, el Estado presentó evidencia no controvertida que estableció que la fotografía había sido tomada seis meses antes de la muerte de Faviola.
La Corte Suprema concluyó que la imagen carecía de relevancia material para modificar el resultado del caso.
“Debido a que la fotografía fue tomada meses antes tanto de la muerte de la víctima como de las dos lesiones previas que el acusado afirma causaron su muerte, concluimos que la evidencia no era material y, por lo tanto, que el tribunal de distrito no abusó de su discreción al negar la moción de un nuevo juicio”, señalaron los magistrados.
La resolución representa el cierre definitivo de la apelación estatal y mantiene firme la condena emitida contra Castrillo en el condado de Doña Ana.
El caso provocó indignación en la comunidad de Las Cruces y volvió a colocar bajo escrutinio los casos de abuso infantil severo en Nuevo México, un estado que durante años ha enfrentado altos índices de violencia contra menores y limitaciones en los sistemas de protección infantil.