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El Financiero 25 May, 2026 04:00

Reacciones legislativas al affair Rocha Moya

La semana pasada aparecieron bajo la luz pública un par de iniciativas legislativas relacionadas, de una u otra manera, con el affair Rocha Moya.

Ambas pueden considerarse reacciones del establishment morenista para mitigar riesgos de que más tribunales estadounidenses realicen acusaciones contra políticos mexicanos en el futuro próximo. Detrás de la iniciativa de Monreal está la hipótesis de una eventual campaña de desprestigio de actores extranjeros contra candidatos que sesgue la competencia electoral. Y detrás de la iniciativa de Sheinbaum es fácil adivinar la decisión de evitar que más candidatos de Morena sean acusados de vínculos inconfesables.

La primera iniciativa está firmada por el diputado Ricardo Monreal y busca dotar al Tribunal Electoral de fundamento constitucional para anular un proceso electoral por injerencia extranjera. En su exposición de motivos, la iniciativa menciona experiencias de países como Ucrania y Rumania, en los cuales las elecciones terminaron anulándose por la presunta intervención de Rusia en ambos procesos.

Sin embargo, en el caso de Ucrania, la intervención rusa (a través de presiones diplomáticas, apoyo mediático y asistencia estratégica) no fue ni el único ni el más importante factor para la nulidad de los resultados de la segunda vuelta electoral. Los factores decisivos tuvieron que ver más bien con prácticas internas de fraude sistemático, manipulación institucional y violaciones masivas al proceso electoral.

En el caso de las elecciones rumanas de 2024, la presunta interferencia extranjera sí fue el principal factor que se esgrimió para anularlas. De acuerdo con el Tribunal Constitucional de aquel país, la manipulación digital, la desinformación masiva, el uso abusivo de algoritmos y el financiamiento irregular alteraron las condiciones de equidad electoral. Esta decisión fue controversial por la insuficiente transparencia probatoria. En su momento, varios juristas advirtieron que, si un tribunal podía anular elecciones por influencia digital “exterior”, entonces cualquier proceso electoral contemporáneo podría quedar bajo sospecha permanente.

El diputado Monreal trae a colación estas experiencias cuando parece claro que, en la circunstancia actual, él está imaginando el escenario del daño potencial que podría causarle a su partido que autoridades estadounidenses acusen a algunos de sus candidatos de colaborar con organizaciones criminales, tal como sucedió con el exgobernador Rocha Moya y sus colaboradores.

Aquí se abre una interrogante interesante, ¿podría el tribunal electoral de México anular en 2027 o 2030 algunas elecciones (ya sea de presidente de la República, gobernadores o alcaldes) con el argumento de que las acusaciones de Estados Unidos contra algunos candidatos o políticos alteraron las condiciones de equidad de la competencia? De acuerdo con esta iniciativa, una elección podría anularse cuando “exista intervención de individuos, organizaciones o gobiernos extranjeros con la intención de influir en las preferencias o en los resultados electorales”. El concepto es tan amplio que puede abarcar desde una operación clandestina de ciberinterferencia hasta un reportaje de un periódico internacional, una declaración de un congresista estadounidense o una campaña de organizaciones civiles transnacionales. Por otra parte, ¿cómo demostrar jurídicamente “la intención de influir”?

Por lo que toca a la iniciativa que firma la presidenta Sheinbaum, esta permite que los partidos políticos puedan solicitar, a través de una comisión del INE, que instancias de seguridad, inteligencia y procuración de justicia investiguen listas de perfiles que los partidos están barajando para algunas candidaturas. Con ello, la iniciativa busca dotar a los partidos de un mecanismo de “alerta temprana” que les permita reducir la probabilidad de postular candidatos con vínculos criminales plausibles, lo que podría exponerlos a acusaciones aquí y afuera del país.

Aunque la intención de la iniciativa es loable, esta contiene elementos que podrían hacerla vulnerable tanto normativa como operativamente. En el plano práctico, los riesgos más evidentes tienen que ver con la filtración y el mal uso de información tanto de las listas entregadas por los partidos al INE para su “dictamen” (lo cual ya revelaría una suerte de duda o preocupación de la dirigencia partidista con esos perfiles), como de la información que posteriormente las agencias gubernamentales entregarían al INE, y este a los partidos políticos (los cuales tendrían incentivos de sobra para filtrar esa información).

Tales filtraciones podrían tener un efecto devastador en la unidad interna de los partidos, y podrían enrarecer drásticamente la atmósfera bajo la cual se libraría la competencia partidista. Es fácil anticipar desde guerras reputacionales al interior de los partidos, hasta confrontaciones abiertas entre los actores políticos afectados por los señalamientos y las agencias gubernamentales que los hicieron.

Pero hay más, dado que las autoridades tienen la obligación de perseguir de oficio a presuntos responsables de delitos o miembros de organizaciones criminales, la iniciativa abre la posibilidad de que esas solicitudes de información (por parte de los partidos) detonen una larga serie de investigaciones judiciales, lo que fácilmente podría dar lugar a “cacerías de brujas” motivadas políticamente.

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