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El Imparcial 20 Jun, 2026 14:00

Confirmado: SAT puede aplicar multas de más de 50,000 pesos por incumplir con este trámite obligatorio, pero aclara que hay excepciones

MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT), tiene reglas claras sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales y para ello es indispensable contar con la e.firma, que tiene la validez de una firma autógrafa y es útil para trámites en línea.

La e.firma sirve para presentar declaraciones, solicitar devoluciones de impuestos, modificar datos fiscales o realizar gestiones ante diversas autoridades. Por ello, aunque el SAT no aplica una multa automática por no tramitarla, la falta de este certificado puede impedir cumplir obligaciones fiscales y abrir la puerta a sanciones económicas.

De acuerdo con información oficial del Servicio de Administración Tributaria, la e.firma permite acreditar la identidad del contribuyente en trámites electrónicos. Además, tiene una vigencia de cuatro años.

¿Quiénes deben tramitar la e.firma?

El SAT señala que pueden obtenerla tanto personas físicas como personas morales. Sin embargo, resulta especialmente necesaria para:

  • Personas físicas con actividad empresarial
  • Profesionistas independientes
  • Arrendadores
  • Socios y accionistas que realizan determinados trámites fiscales
  • Personas que solicitan devoluciones de impuestos en ciertos montos
  • Empresas y personas morales
  • Representantes legales de empresas
  • Contribuyentes que necesitan realizar trámites específicos en el portal del SAT

La autoridad también indica que cualquier contribuyente puede tramitarla aunque no tenga una obligación inmediata, ya que facilita numerosos procedimientos fiscales y administrativos.

El no tramitar la e.firma en sí no causa una sanción económica, pero no tenerla puede evitar cumplir con otras obligaciones fiscales que sí causan sanciones económicas. | Foto: FreepikEl no tramitar la e.firma en sí no causa una sanción económica, pero no tenerla puede evitar cumplir con otras obligaciones fiscales que sí causan sanciones económicas. | Foto: Freepik

¿Cómo tramitar la e.firma por primera vez?

La primera expedición debe hacerse de forma presencial.

El procedimiento consiste en:

  1. Agendar una cita en el SAT
  2. Acudir a la oficina correspondiente
  3. Presentar la documentación requerida
  4. Registrar datos biométricos como fotografía, huellas digitales, iris y firma
  5. Recibir los archivos digitales que conforman la e.firma.

Según el SAT, la captura de biométricos es obligatoria para garantizar la identidad del titular del certificado digital.

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Requisitos para obtener la e.firma

Para personas físicas, los requisitos generales incluyen:

  • Cita previa
  • Identificación oficial vigente
  • CURP
  • Correo electrónico activo
  • Memoria USB
  • Comprobante de domicilio en determinados casos

En el caso de empresas, además se solicita documentación corporativa y la comparecencia del representante legal.

¿De cuánto es la multa por no tener e.firma?

Aquí está la parte que suele generar confusión.

No existe una multa general en el Código Fiscal de la Federación por no tramitar la e.firma.

Lo que sí ocurre es que ciertos trámites y obligaciones requieren obligatoriamente este certificado. Si el contribuyente no cumple con dichas obligaciones porque carece de e.firma, puede ser sancionado por el incumplimiento fiscal correspondiente.

Por ejemplo, cuando una persona obligada no presenta una declaración fiscal, las multas pueden ir aproximadamente de:

  • 2,050 a 25,360 pesos por cada obligación omitida.
  • 2,050 a 50,710 pesos por cada obligación cuando el SAT realiza un requerimiento y éste no se atiende correctamente

Estas cantidades pueden actualizarse cada año conforme a la legislación fiscal vigente.

El SAT puede sancionar a quienes incumplan con obligaciones como no presentar la declaración anual, trámite para el que es indispensable tener la e.firma vigente. | Foto: FreepikEl SAT puede sancionar a quienes incumplan con obligaciones como no presentar la declaración anual, trámite para el que es indispensable tener la e.firma vigente. | Foto: Freepik

¿Qué trámites podrían quedar bloqueados sin e.firma?

Entre los más comunes destacan:

  • Presentación de determinadas declaraciones
  • Solicitudes de devolución de impuestos
  • Trámites relacionados con el RFC
  • Firma de documentos electrónicos con validez jurídica
  • Gestiones ante dependencias federales, estatales y municipales que aceptan e.firma

Incluso para algunas devoluciones automáticas de saldo a favor superiores a ciertos montos, el SAT exige contar con e.firma vigente.

La e.firma tiene una vigencia de 4 años y solo la primera vez es necesario tramitarla de forma presencial, el resto pueden hacerse a través de Internet.

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