El Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Hugo Aguilar, retiró hoy un proyecto que confirmaba que los jubilados del IMSS no tienen derecho a la devolución de fondos que acumularon en dos subcuentas de sus Afores.
El caso se refiere a ex empleados del propio IMSS, retirados bajo su Régimen de Pensiones y Jubilaciones (RPJ), no a la generalidad de los trabajadores del País.
El MInistro Aguilar proponía ratificar jurisprudencia emitida en 2008 por la Segunda Sala de la Corte, que sostuvo que los retirados del RPJ del IMSS no puede exigir esos recursos, pues el Estado los usa para financiar jubilaciones que no son obligación legal, sino beneficio contractual.
Sin embargo, bastaron intervenciones en contra de los Ministros Giovanni Aguilar y Arístides Guerrero para que Aguilar retirara su proyecto sin someterlo a votación, sin que por ahora esté claro si los amparos serán negados o concedidos, y en este último escenario, para qué efectos.
El 13 de noviembre, la Corte electa por voto popular atrajo ocho amparos directos promovidos por cientos de jubilados, que llevan años litigando para que las Afore les devuelvan en un solo pago los fondos que acumularon a partir de 1997 en sus cuentas de cesantía y vejez en edad avanzada.
Los amparos fueron atraídos para revisar el tema bajo las reglas de la reforma Constitucional sobre derechos humanos de 2011.
Según los quejosos, el propio IMSS les informó que el dinero seguía en las Afores y no había sido transferido para financiar sus pensiones.
El Ministro Figueroa dijo que no había pruebas suficientes para saber qué paso con el dinero de los quejosos, por lo que el expediente debía volver a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) para aclarar el tema.
Solo Guerrero apoyó esta propuesta, como una idea para dar mayor transparencia a los quejosos y "diferenciar" el criterio de esta Corte de lo resuelto por la anterior.
Aguilar replicó que el dinero seguía en las Afores porque, tratándose de la subcuenta de vejez, solo puede ser enviado al gobierno cuando la persona cumple 65 años, aunque ya esté jubilada por cumplir años de servicio.
Sin embargo, luego de dar señales de que pretendía mantener su proyecto, Aguilar terminó por retirarlo para hacer cambios, que, de ajustarse a lo solicitado por Figueroa y Guerrero, llevarían a conceder los amparos, para el efecto de que la JFCA recabe pruebas sobre el destino de los recursos. Esto podría prolongar los litigios durante varios años más.
El resto de los Ministros y Ministras no hablaron durante la sesión, salvo María Estela Ríos, quien apoyaba el proyecto original.
El proyecto retirado explica que los empleados del IMSS se jubilan, por una parte, con las reglas de la Ley del Seguro Social aplicable a todos los demás trabajadores, y por la otra, con beneficios adicionales previstos en su Contrato Colectivo de Trabajo, que son muy superiores.
Dichos beneficios, por tanto, deben ser financiados parcialmente con los fondos acumulados en las subcuentas de sus Afore.
Confirman tope a pensiones combinadas
En otra votación, la Corte negó por unanimidad un amparo a jubilados del IMSS que impugnaron el tope a pensiones previsto en el RPJ, pues buscaban acumular una pensión por incapacidad permanente a su jubilación por años de servicio.
El RJP prevé que las pensiones tendrán como tope el ingreso para la categoría de médico familiar.
"La imposición de este tope pensionario no se traduce por sí sola en una restricción indebida del derecho a la seguridad social, ya que representa una medida de racionalidad económica inherente de todo esquema de previsión social. Si se admitiera la existencia de beneficios ilimitados, particularmente en supuestos de acumulación de pensiones, se generarían presiones financieras injustificadas sobre el sistema, en detrimento de su sana sostenibilidad y el interés social que le subyace", se lee en el fallo.