Solicitar Medicaid, cupones de alimentos, vivienda subsidiada u otras ayudas sujetas a ingresos podría complicar el camino hacia la green card en Estados Unidos.
El gobierno del presidente Donald Trump restableció una política que dará mayor margen a los oficiales migratorios para negar la residencia permanente cuando consideren que una persona podría depender de recursos públicos.
La regla de “carga pública” será publicada formalmente el 20 de julio y entrará en vigor el 18 de septiembre de 2026, a partir de esa fecha se aplicará a solicitudes de admisión presentadas ante las autoridades y a trámites de ajuste de estatus enviados o presentados electrónicamente desde ese día.
El cambio no establece que recibir un beneficio produzca automáticamente una negativa, pero USCIS podrá considerar una gama más amplia de ayudas y circunstancias personales dentro de una evaluación individual, sin una lista cerrada que limite la decisión del funcionario.
¿Qué cambia en solicitud de green card?
La administración del expresidente Joe Biden había limitado la revisión principalmente a la asistencia pública en efectivo para manutención y a la institucionalización de largo plazo pagada por el gobierno.
La nueva regla elimina ese marco de 2022 y permite valorar cualquier beneficio público condicionado por los ingresos, incluidos apoyos que anteriormente quedaban fuera de la evaluación.
El Departamento de Seguridad Nacional menciona entre los programas potencialmente relevantes a Medicaid, SNAP —conocido como cupones de alimentos—, CHIP, ayudas de vivienda y determinados apoyos estatales o locales.
USCIS podrá preguntar si el solicitante pidió una ayuda pública; fue aprobado o certificado para recibirla; la recibió o continúa recibiéndola y si depende económicamente de esos recursos.
Esto significa que la autoridad no solo podrá observar el cobro efectivo del beneficio, sino también la solicitud o aprobación para recibirlo.
¿Quiénes están en mayor riesgo?
La regla de carga pública suele alcanzar a quienes buscan una green card por vínculos familiares, incluidos cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses, así como familiares de residentes permanentes.
También puede afectar a numerosos solicitantes de residencia por empleo, trabajadores especializados, inversionistas, beneficiarios de la lotería de visas y otras personas que tramitan un ajuste de estatus dentro de Estados Unidos.
El riesgo será mayor para quienes, además de haber solicitado beneficios públicos, presenten una combinación desfavorable de factores como ingresos bajos, falta de empleo, recursos insuficientes, problemas de salud que limiten la capacidad laboral o ausencia de una persona que pueda respaldarlos económicamente.
Factores que podrá revisar USCIS
La ley migratoria ya ordenaba considerar la situación general del solicitante, pero la regla de Trump devuelve a los oficiales una discrecionalidad más amplia.
La evaluación podrá incluir:
- edad;
- estado de salud;
- composición y responsabilidades familiares;
- ingresos, bienes, recursos y situación financiera;
- estudios, habilidades y posibilidades de empleo;
- declaración jurada de patrocinio económico;
- solicitud o recepción de ayudas sujetas a ingresos;
- otros elementos que el funcionario considere relacionados con la capacidad de mantenerse sin depender del gobierno.
USCIS sostiene que la decisión deberá tomarse con base en la “totalidad de las circunstancias”, por lo que ningún elemento aislado debería decidir automáticamente el caso.
No obstante, cabe mencionar que haber utilizado una ayuda pública no basta por sí solo para declarar a una persona inadmisible.
El propio documento reconoce precedentes migratorios según los cuales haber recibido asistencia social no demuestra automáticamente que alguien se convertirá en carga pública.
Los oficiales deberán analizar por qué se necesitó el apoyo, durante cuánto tiempo se recibió, la cantidad involucrada y si las condiciones económicas de la persona cambiaron.
Sin embargo, el margen de decisión será considerablemente mayor que bajo la política de 2022, porque ya no habrá una definición regulatoria estrecha sobre los únicos beneficios que pueden tomarse en cuenta.
¿Afecta si los hijos reciben ayuda?
USCIS señala que, por regla general, no considerará como si fueran del solicitante los beneficios recibidos por un hijo ciudadano estadounidense, su cónyuge u otro integrante de la familia.
Pero existen excepciones indirectas, el funcionario podrá tomar en cuenta que los familiares reciben apoyos debido a que los ingresos del solicitante están por debajo del límite establecido, y también podrá valorar si las ayudas otorgadas a la familia son, en los hechos, la fuente de manutención del solicitante.
La distinción es importante para las familias de estatus mixto, donde los padres son extranjeros y los hijos nacieron en Estados Unidos.
El uso de Medicaid o asistencia alimentaria por parte de un menor ciudadano no debería contarse directamente como beneficio del padre o la madre, aunque la situación financiera familiar sí podría incorporarse al análisis.
Beneficios recibidos antes del cambio
La nueva política tendrá aplicación prospectiva, lo que implica el uso sistemático de métodos de investigación y análisis para anticipar escenarios futuros.
Los beneficios que estaban excluidos bajo la regla de Biden, como determinados usos de Medicaid o SNAP, no deberán perjudicar al solicitante cuando se hayan recibido antes del 18 de septiembre de 2026, pero podrán considerarse si la persona continúa recibiéndolos después de la entrada en vigor.
Para el periodo anterior seguirán aplicándose los criterios de 2022, que permitían revisar principalmente:
- Supplemental Security Income, conocido como SSI;
- Temporary Assistance for Needy Families o TANF;
- asistencia pública estatal o local en efectivo para manutención;
- institucionalización de largo plazo financiada por el gobierno.
¿Quiénes están exentos de la carga pública?
La regla no se aplica a todas las personas inmigrantes.
Entre las principales categorías protegidas se encuentran:
- refugiados y personas con asilo;
- víctimas de trata con visa T;
- víctimas de determinados delitos con visa U;
- autopeticionarios protegidos por la Ley de Violencia contra la Mujer;
- jóvenes inmigrantes especiales;
- algunas personas que solicitan residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano;
- determinados inmigrantes haitianos, nicaragüenses y centroamericanos;
- solicitantes de Estatus de Protección Temporal en el trámite correspondiente.
Las exenciones continúan existiendo por ley, aunque el gobierno decidió retirarlas del texto regulatorio y mantenerlas en el manual de políticas y en los formularios de USCIS.
La norma tampoco modifica los requisitos para solicitar la ciudadanía o naturalización.