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El Economista 23 Jul, 2026 08:05

Proponen pago extra y descanso compensatorio por actividades laborales fuera de la jornada

Convocar a los trabajadores a actividades en sus días de descanso podría ser más costoso para las empresas. Una propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) busca establecer una compensación adicional por laborar en día de descanso y regular las actividades complementarias que se programan fuera de la jornada laboral.

La iniciativa plantea que cuando un trabajador sea requerido en sus días de descanso para actividades extraordinarias, tendrá derecho a recibir un pago adicional del 50% del salario correspondiente a la jornada de trabajo.

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Este pago no eximirá al empleador de cumplir con el día libre. La propuesta contempla que la persona pueda elegir dentro de los 30 días naturales siguientes una fecha compensatoria por el descanso no disfrutado.

El proyecto es promovido por el diputado Yericó Abramo Masso (PRI) y busca proteger los tiempos de descanso desincentivando que las actividades extraordinarias, como capacitaciones, talleres de integración o eventos institucionales, se realicen fuera del horario de trabajo y trasladen una carga laboral en el tiempo libre de las personas.

A decir del legislador, si bien este tipo de actividades benefician a las empresas, la falta de regulación ha generado que se programen en días de descanso, “sin respetar la jornada laboral y sin otorgar tiempo compensatorio al trabajador”.

“Actualmente la Ley Federal del Trabajo regula la jornada extraordinaria, pero no establece de manera expresa la obligación de que actividades accesorias al empleo deban desarrollarse preferentemente dentro del horario contratado. Esta omisión ha permitido que algunos centros de trabajo trasladen cargas administrativas mayores al tiempo libre del trabajador sin considerar una compensación adecuada”, dice el diputado en la exposición de motivos del proyecto.

En ese tenor, la iniciativa incorpora a LFT un catálogo de “actividades complementarias a la relación laboral”, en esa lista se incluyen:

  • Cursos de capacitación
  • Inventarios
  • Auditorías
  • Procesos de certificación
  • Reuniones administrativas
  • Eventos institucionales obligatorios
  • Simulacros
  • Evaluaciones
  • Actualizaciones tecnológicas

Además de cualquiera otra actividad que no forme parte de las tareas ordinarias del puesto de trabajo.

Actividades complementarias se considerarán tiempo extra

Adicional a la compensación del 50% del salario, el proyecto plantea que todas las actividades complementarias se consideren tiempo extraordinario; es decir, que cada hora invertida en estos espacios se pague como hora extra, “sin perjuicio de las prestaciones más favorables para el trabajador”.

La reforma también considera que los empleadores acrediten que existió una causa justificada para programar las actividades complementarias fuera del horario laboral, ya que se propone sumar a las obligaciones de los patrones programar dentro de la jornada de trabajo este tipo de dinámicas.

La regulación cierra la pinza con una modificación en las prohibiciones de los empleadores que impide que una empresa presione o condicione la permanencia, ascenso, contratación, incentivos o continuidad del trabajador por no participar en actividades complementarias fuera de la jornada laboral.

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