Estados Unidos impuso a México un nuevo arancel de 10% dentro de una acción comercial contra 60 economías que, según Washington, no han realizado una prohibición efectiva a la importación de bienes producidos con trabajo forzoso.
El anuncio, realizado por el embajador Jamieson Greer, por instrucción del presidente Donald Trump, ocurrió mientras los equipos de comercio de México y EE. UU. sostenían en la Ciudad de México una mesa de negociación para concretar la primera revisión anual del T-MEC.
La precisión es clave: el comunicado oficial no acusó a México de producir bienes con trabajo forzoso. Lo que señaló es que las economías investigadas no han impuesto ni aplicado de manera efectiva una prohibición a la importación de mercancías elaboradas bajo esas condiciones.
De acuerdo con la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), la decisión –de los nuevos aranceles– se tomó bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, una herramienta legal estadounidense para responder a actos, políticas o prácticas extranjeras que Washington considera injustificables, irrazonables o discriminatorias, y que cargan o restringen su comercio.
El gobierno estadounidense informó que la medida llegó después de investigaciones que incluyeron dos rondas de audiencias públicas, más de dos mil 100 comentarios públicos y contactos con socios comerciales para atender preocupaciones que calificó como de larga data.
¿Cuándo entrará en vigor el nuevo arancel a México? Los nuevos aranceles entrarán en vigor el viernes a las 00:01 horas, tiempo de Nueva York. Aunque, hasta el momento, no se ha hecho el anuncio oficial.
México queda en grupo de 10%
El comunicado estableció que México quedó dentro del grupo de economías a las que Estados Unidos aplicará un arancel de 10%. Esa tasa corresponde a países que ya tienen alguna prohibición contra la importación de bienes hechos con trabajo forzoso, que se comprometieron a adoptarla mediante un acuerdo comercial, o que cuentan con reglas parciales para frenar la entrada de esos productos.
En ese grupo fueron incluidos Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, México, Pakistán, Sri Lanka, Trinidad y Tobago, y Reino Unido.
Para otras economías, el castigo será mayor. El anuncio estableció una tasa de 12.5% para el resto de las economías investigadas, mientras que ciertos productos de la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea y Suiza estarán sujetos a tasas de 10% o 12.5%, netas de la tarifa de Nación Más Favorecida, siempre que no estén exentos.
Greer afirmó que Estados Unidos mantiene desde hace casi un siglo una prohibición a la importación de productos elaborados con trabajo forzoso y la aplica rigurosamente. También sostuvo que ya era momento de que sus socios comerciales hicieran lo mismo.
“La acción de hoy comenzará a corregir lo que es tanto un abuso a los derechos humanos como una práctica comercial distorsionadora, con el fin de mejorar el bienestar de los trabajadores en todas partes”.
Jamieson Greer, representante comercial de EE. UU.
Investigación inició en marzo
El USTR inició el 12 de marzo de 2026 las investigaciones contra 60 economías por la falta de prohibición y aplicación efectiva contra la importación de bienes producidos con trabajo forzoso. El 28 y 29 de abril, la oficina y el Comité de la Sección 301 realizaron audiencias públicas sobre esos casos.
La autoridad comercial también sostuvo consultas con más de 45 gobiernos de las economías investigadas. El 2 de junio de 2026, determinó que los actos, políticas y prácticas revisadas eran irrazonables y cargaban o restringían el comercio de Estados Unidos, por lo que podían ser objeto de acción bajo la Sección 301.
Después de esa determinación, el USTR propuso una acción de respuesta y abrió un periodo para recibir comentarios escritos hasta el 6 de julio de 2026. La oficina recibió, revisó y analizó más de mil 600 comentarios; además, celebró audiencias públicas del 7 al 9 de julio, con la participación de más de 100 testigos.
El anuncio oficial también contempló exenciones para ciertos productos, entre ellos materias primas cuya aplicación del arancel pudiera generar falta de suministro interno, bienes que podrían causar disrupciones en toda la economía y productos que no puedan cultivarse o producirse en cantidades suficientes o a precios razonables en Estados Unidos.