La Cámara de Diputados aprobó con mayoría calificada en lo general y en lo particular la iniciativa presentada por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, para reformar el artículo 127 de la Constitución Política, sobre el límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas.
Con 458 votos a favor los legisladores avalaron en lo general el proyecto que plantea regular los montos de retiro de exservidores públicos de confianza en entidades y organismos descentralizados como Petróleos Mexicanos (Pemex), Banobras y la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
En tanto, en lo particular se registró una votación de 363 a favor, 64 en contra y 25 abstenciones de los 452 legisladores presentes en el Salón.
Tras su aval en lo particular, el documento será remitido a la legislaturas de los estados y de la Ciudad de México para sus efectos constitucionales.
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En la fundamentación del dictamen, la diputada Haidyd Arreola López, de la Comisión de Puntos Constitucionales, argumentó que la propuesta está "sustentada en corregir la desigualdad y la injusticia de las pensiones", ya que en el país hay un contraste de “pensiones doradas” con pensiones de pesos.
La legisladora explicó que el análisis técnico de la Comisión a este dictamen partió de un diagnóstico: "el sistema de pensiones en México representa profundas desigualdades tanto en el acceso como en los montos percibidos", pues de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares del Instituto Nacional de Estadística y Geografía 2024 las transferencias por jubilaciones en promedio rondan en 4,600 pesos al mes.
En el Pleno, la diputada morenista indicó que, desde una perspectiva constitucional, esta situación contraviene los principios establecidos en los numerales 127 y 134 de la Constitución relativos a la proporcionalidad del gasto público y a la racionalidad de los mismos y el uso eficiente, honrado y equitativo de los recursos del Estado.
La reforma plantea que “ninguna persona servidora pública” deberá tener una jubilación o pensión mayor a la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal en el presupuesto correspondiente, lo cual se traduce en un aproximado de 67,000 pesos.
De esta reforma quedarían excluidas de esta reforma las Fuerzas Armadas, las jubilaciones o pensiones que se constituyan a partir de las aportaciones voluntarias a los sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales, las jubilaciones o pensiones constituidas a partir de aportaciones sindicales en los sistemas de ahorro complementarios.
Además, en los artículos transitorio se señala que a partir de la entrada en vigor del presente decreto todas las jubilaciones o pensiones que no estén excluidas, y que se hayan otorgado con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, deberán ajustarse al límite establecido en esta reforma, incluyendo las que se encuentren vigentes, lo que se puede traducir como una retroactividad.
Mientras que los haberes de retiro concedidos conforme al marco constitucional vigente con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto se conservarán en los términos en que fueron reconocidos.