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El Diario 06 Aug, 2026 11:39

Se cae amparo para Plenitud; falta dueño a audiencia

A pesar de que el 28 de julio el Juzgado Sexto de Distrito le quitó efectos a la orden de aprehensión en contra del dueño del crematorio Plenitud, José Luis A. C., este no cumplió con una de dos condiciones que le pusieron para ello: omitió ir al Juzgado de Primera Instancia Penal para continuar con su proceso en libertad.
El aún acusado “no cumplió a cabalidad con los requisitos de efectividad de la suspensión provisional”, señaló Félix Santillanes Cruz, secretario del juzgado federal, en la resolución del incidente de suspensión del Juicio de Amparo Indirecto 900/2026.
El dueño de Plenitud mantiene una orden de arresto vigente en su contra luego de que en mayo no se presentó a la audiencia para retomar el proceso en su contra por los delitos de ocultamiento y conservación ilegal de cadáveres.
Había salido en febrero de 2026 de la cárcel, en donde estaba de manera preventiva desde junio de 2025, en que se realizó el hallazgo del crematorio, en donde había hacinados 386 cadáveres embalsamados en espera de la incineración por contratos que mantenía el negocio con al menos ocho funerarias de la ciudad.
Tras la resolución en mayo de 2026 del Segundo Tribunal Colegiado que llevó a la reapertura del caso, la defensa de A. C., que lleva el despacho Legal Estudio Jurídico, interpuso un nuevo amparo en contra del mandato judicial para su arresto por parte de autoridades locales y la solicitud ante la Interpol para su búsqueda en tierras extranjeras, pues, especula la Fiscalía del Estado, el hombre se encuentra en Estados Unidos, país del que es ciudadano.
En una resolución provisional para salvaguardar los derechos de A. C., el juez Sexto de Distrito, Héctor Manuel Flores Lara, dio la suspensión de la orden de aprehensión al empresario, pues observó que era cierto que existía, según los informes que presentaron el Juzgado de Primera Instancia en Materia Penal del Distrito Judicial Bravos, la Fiscalía Zona Norte, y la Agencia Estatal de Investigación.
“Debe concederse la suspensión definitiva”, aclaró Flores Lara, para que “la parte quejosa no sea detenida”.
No obstante, se impusieron medidas de aseguramiento para concederle dicha suspensión: “deberá comparecer ante el juez de su causa para que sea examinado en preparatoria o para el desahogo de las diligencias que se decreten en el procedimiento, debiendo la parte quejosa acreditar ante este juzgado a más tardar al día siguiente de su comparecencia ante la autoridad judicial correspondiente el cumplimiento de dicha medida de aseguramiento”.
Además se le ordenó comparecer ante el juzgado federal y el de fuero común “cuantas veces le sea exigido... para que surta efectos la suspensión provisional”.
Flores Lara apunta en la resolución que “a efecto de asegurar que el quejoso no evada la acción de la justicia... deberá comparecer en el plazo de (24) horas ante la autoridad responsable para la práctica de las diligencias que aquéllas estimen necesarias y que legalmente procedan”.
Además, la suspensión no sería válida si no pagaba una garantía censurada en la versión pública de la sentencia, pero que en otra plataforma digital el Poder Judicial de la Federación mostró que eran 10 mil pesos.
Ayer, la Fiscalía de Distrito Zona Norte y la Agencia Estatal de Investigación, así como las policías municipal y estatal, fueron informadas de la resolución del incidente de suspensión, en que debido a que José Luis A. C., dueño de Plenitud, no compareció en aquel plazo de 24 horas ante el juez de Control para seguir su proceso, la suspensión quedaba sin efecto.

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