Tras de casi una década de deliberaciones —en la que incluso hubo prórrogas, devoluciones y cierres—, los concesionarios de la radiodifusión podrán acceder a un plan de pagos diferidos para cubrir la contraprestación por la explotación del espectro radioeléctrico.
Los afiliados por la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión han sido informados, la semana pasada, de los nuevos criterios aprobados por el Pleno del órgano regulador. “La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones reconoce que el pago de contraprestaciones en anualidades constituye una acción estratégica para agilizar el inicio de operaciones y fortalecer la sostenibilidad financiera de los proyectos de radiodifusión, con una nueva fórmula avalada por la Secretaría de Hacienda”, detalla la circular firmada por, José Antonio García Herrera, presidente de CIRT.
Agobiados por el desplome de las pautas publicitarias, la “excesiva regulación” y el crecimiento acelerado de plataformas digitales, los industriales de la radiodifusión optaron por distintas formas de asociación (la renta de las frecuencias, entre las más recurridas) para hacer frente a un entorno adverso.
Este nuevo esquema —resaltó el presidente de la CIRT— permitirá aligerar y distribuir en el tiempo la carga económica de las concesiones; liberar recursos para la inversión en infraestructura, producción y contenidos, además de mejorar la competitividad en un entorno marcado por la diversificación de medios.
El concesionario puede pagar en una sola exhibición o adelantar anualidades. Para cubrirlo, los radiodifusores podrán extenderse hasta cuatro anualidades. Aunque se establece que el plazo máximo para que la concesionaria realice el pago de la contraprestación en anualidades de la prórroga no podrá exceder los tres primeros años de vigencia del título habilitante, conforme a la ley. Este límite temporal garantiza certeza jurídica y uniformidad en la aplicación del esquema.
Corren los plazos contemplados en la nueva ley en la materia, aprobada por el Congreso hace nueve meses. El trigésimo segundo transitorio otorgó 180 días hábiles a la CRT para habilitar un mecanismo para difundir información sobre próximos vencimientos de plazos para solicitar las prórrogas de concesiones de uso público y social para el servicio público de radiodifusión, a efecto de que cuenten con la información necesaria para el ejercicio de sus derechos.
La transición del Instituto Federal de Telecomunicaciones al nuevo ente regulador marcó la pauta, tanto para la expedición de nuevos títulos como para la prórroga de las concesiones.
El transitorio vigésimo primero facultó a la CRT a instrumentar un programa de regularización que podría acoger a aquellos que hubieren tramitado la prórroga de las concesiones y estas hubiesen sido resueltas conforme a la Ley anterior. Esto solo sería procedente si el concesionario hubiere realizado el pago de la contraprestación previo a la entrada en vigor del Decreto, pagado las actualizaciones correspondientes conforme al artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación y aceptado la nueva normatividad.
Los permisionarios o poseedores de cualquier otro título habilitante emitido al amparo de la anterior Ley Federal tuvieron un año para solicitar la transición al régimen de concesión, autorización o constancia de registro correspondiente, a partir de la entrada en vigor del decreto. Aquellos que no lo hagan antes del próximo 30 de junio perderán las frecuencias.
Desaseadas, las comunicaciones del nuevo órgano regulador. Justo hace una semana colgaron una notificación en el acceso principal del grupo radiofónico que representa el directivo de la CIRT.