La decisión del Tribunal Supremo de mantener la suspensión cautelar del derecho de voto de miles de nacionalizados al amparo de la conocida como Ley de Nietos ha provocado un nuevo choque entre el Gobierno y el alto tribunal. El Ejecutivo recibió el fallo con un profundo malestar y estudia ahora, a través de la Abogacía del Estado, qué recorrido jurídico tiene la resolución y si puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional antes de las elecciones generales del 29 de noviembre.
El Gobierno sostiene que la controversia afecta directamente al ejercicio del derecho fundamental de participación política. La resolución de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, adoptada por mayoría de cinco magistrados frente a uno, mantiene las medidas cautelares acordadas el pasado septiembre sobre el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Según los últimos datos aportados por el Ejecutivo al Supremo, la medida alcanza a 163.020 personas inscritas en el censo a 1 de agosto de 2026.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, expresó el malestar del Ejecutivo después de conocerse la decisión. “El derecho al voto parece que no es tan relevante para algunos”, afirmó, según las fuentes citadas. Marlaska añadió que los servicios jurídicos del Estado analizarán si el pronunciamiento es susceptible de recurso ante el Constitucional o si las actuaciones que puedan emprenderse corresponden exclusivamente a los ciudadanos afectados.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ya había defendido antes de conocerse la resolución una posición frontalmente contraria a la suspensión del sufragio. El jefe del Ejecutivo cuestionó que PP y Vox acudieran a las elecciones reclamando, según sus palabras, que determinadas personas no pudieran votar. “¿Los nietos de los exiliados del franquismo no van a poder votar y sí los nietos del régimen franquista?”, indican fuentes del PSOE a varios medios.
Sánchez sostuvo que la participación política constituye uno de los derechos fundamentales y afirmó que «no se puede sustraer, no se puede suspender», vinculando el ejercicio del sufragio a la propia condición de ciudadano español. “Hablamos del derecho al voto de 400.000 personas. Una democracia no puede tener ciudadanos de primera y de segunda. No se puede sustraer ese derecho. Llevan votando sin ninguna duda desde 2023″, dijo el presidente del Gobierno.
Sánchez pidió al Supremo que “protegiese el derecho” antes del fallo
El planteamiento político del Gobierno coincide con el argumento jurídico formulado por la Abogacía del Estado y respaldado por la Fiscalía para solicitar al Supremo que levantase la medida cautelar porque, con las elecciones ya convocadas para el 29-N, no habría tiempo suficiente para revisar individualmente los expedientes afectados y ejecutar las comprobaciones exigidas por el tribunal.
La mayoría del Supremo no comparte ese criterio. Los magistrados consideran que la cercanía de las elecciones no convierte en imposible el cumplimiento de la orden y sostienen que la Administración no puede invocar una dificultad derivada de no haber realizado previamente el desglose solicitado por el tribunal, hace ya un mes y antes de que se adelantaran las elecciones generales.
El conflicto no supone que todos los nacionalizados por la Ley de Nietos pierdan automáticamente el derecho a votar. La resolución mantiene la suspensión sobre las inscripciones afectadas por las cautelares, pero contempla que puedan ejercer el sufragio quienes acrediten ante los registros consulares las circunstancias exigidas: ser descendientes de españoles exiliados por las causas contempladas en la normativa y haber perdido o renunciado a la nacionalidad española. El problema de fondo se encuentra en quienes obtuvieron la nacionalidad mediante la presunción de exilio establecida en una instrucción del Ministerio de Justicia. Esa disposición presume la condición de exiliados de determinados españoles que abandonaron el país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
El Gobierno estudia ahora la vía del Constitucional
El siguiente capítulo puede trasladarse al Tribunal Constitucional. El Ejecutivo no ha anunciado que vaya a recurrir de manera definitiva el auto, pero la Abogacía del Estado estudia si la resolución permite acudir a la jurisdicción constitucional y qué vías procesales existen para hacerlo.
La posibilidad tiene una ventana de oportunidad, aunque el tiempo juega en contra de cualquier recurso. Las elecciones generales están convocadas para el 29 de noviembre y el calendario electoral avanza mientras continúa el litigio. Una eventual resolución favorable posterior al 29-N, como recalca la magistrada Alicia Millán en su voto particular en el fallo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, no podría devolver a los afectados la posibilidad de votar en unos comicios ya celebrados.
La jueza considera que la convocatoria electoral “introdujo un elemento nuevo y decisivo” y que la “lesión” del derecho de sufragio podría ser “irreversible” si se impide votar a ciudadanos que finalmente resultasen tener derecho a hacerlo.
La mayoría de la Sala ha optado por el criterio contrario, porque considera “el riesgo de que se constituya irregularmente un censo de electores, en este caso el CERA, sin las exigencias de exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia que exige la celebración de un proceso electoral en una democracia parlamentaria representativa como es la española sigue persistiendo con la misma intensidad”.
El PP celebra el fallo y acusa al Gobierno de “irresponsabilidad”
La oposición ha recibido la resolución en sentido contrario al Ejecutivo. Alberto Núñez Feijóo celebró el pronunciamiento y defendió que en unas elecciones no puede existir incertidumbre sobre quién forma parte del censo. “En unas elecciones no puede haber dudas sobre el censo. Ninguna”, escribió el líder del PP, que presentó la decisión como un límite a lo que calificó de “irresponsabilidad” del Gobierno.
Feijóo había reclamado que se cumplieran las medidas cautelares dictadas por el Supremo y cuestionó que el Ejecutivo no hubiera comunicado todavía a los responsables consulares las actuaciones necesarias para aplicar la resolución. Vox también celebró el fallo. Santiago Abascal aseguró que la resolución dificulta, en su interpretación, que se produzcan irregularidades electorales y recordó que fue su formación, junto a Iustitia Europa, la que promovió la actuación judicial que terminó desembocando en las medidas cautelares.
La reacción socialista fue especialmente dura contra Feijóo y Abascal. Fuentes de Ferraz acusaron a ambos dirigentes de querer impedir el voto de descendientes de exiliados y situaron el conflicto dentro de uno de los ejes políticos que el PSOE pretende utilizar durante la campaña electoral.
Los socialistas vincularon la posición de PP y Vox con la memoria de la Guerra Civil y la dictadura y sostuvieron que ambos partidos comparten un proyecto de reducción de derechos. Se trata, en este caso, de una interpretación política de la decisión judicial que debe diferenciarse del contenido estrictamente jurídico del auto del Supremo. @mundiario