Por mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó atraer la demanda por daño moral que interpuso la ex Alcaldesa de León, la ex priista Bárbara Botello Santibáñez, en contra del periódico AM de esa ciudad.
Botello Santibáñez, alcaldesa de 2012 a 2015, perdió ya en dos instancias su demanda por una columna periodística publicada en julio de 2019 que afirmó, con base en el testimonio de un ex colaborador, un presunto desfalco de más de 300 millones de pesos en obra pública durante su gestión.
En agosto pasado, el magistrado Francisco Javier Zamora Rocha, de la Tercera Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia del Guanajuato, confirmó en segunda instancia la improcedencia de la demanda, pues consideró que la publicación no le afectó ni causó daño moral y que se encontraba dentro del derecho de expresión e información.
La sentencia consideró que para condenar por daño moral se debe demostrar que existió "real malicia", o malicia efectiva, un criterio adoptado por la Corte para proteger la libertad de expresión y que exige que, para sancionar a un periodista o medio, el afectado debe demostrar que la información falsa fue difundida con pleno conocimiento de su falsedad o con total despreocupación por su veracidad, y con la intención expresa de hacer daño.
La también ex diputada alegó entonces si debería matizarse el estándar de "malicia efectiva" en el ejercicio de la libertad de expresión cuando se alegue que un discurso periodístico empleó estereotipos de género y violencia simbólica en perjuicio del derecho al honor y la dignidad de una mujer con proyección pública; el caso fue propuesto por la Ministra Lenia Batres, pero fue desechado sin discusión.
A favor de atraerlo sólo votaron Lenia Batres, Sara Irene Herrerías e Irving Espinosa Betanzo.