Es evidente que la presidenta Claudia Sheinbaum y Morena no solo han intensificado su narrativa de “defensa de la soberanía”, sino que han ejecutado diversas acciones para fortalecerla; la detención del exfiscal de Chihuahua, César Gustavo Jáuregui Moreno, por “traición a la patria” es un ejemplo de ello.
La “defensa de la soberanía” y la “traición a la patria” han sido pilares en la retórica política de López Obrador, baste citar su denuncia en 2014 en contra del expresidente Enrique Peña Nieto por la reforma energética y la acusación en 2022 de “traidores a la patria” a los legisladores que votaron a favor de la reforma eléctrica. Incluso, recordemos, advirtió que una de las causas para regresar de su retiro (si es que en verdad se fue) sería “para defender la soberanía de México”.
Sheinbaum ha logrado materializar magistralmente -y con una gran facilidad- este eje discursivo de Andrés Manuel, ya que este le dejó la mesa puesta: un poder legislativo con sobrerrepresentación y una iniciativa para subordinar al poder Judicial … ¡Ah! y, por supuesto, instituciones cooptadas, como el Instituto Nacional Electoral (“El INE claro que sí se toca y se debe de tocar” amenazó y hoy tenemos a una presidenta alineada y, al parecer, investigada por probables actos de corrupción).
Así, ante las acusaciones del gobierno estadounidense de que en México los cárteles del narcotráfico tienen el control en colusión con autoridades (muchas de ellas morenistas) y de sus constantes amenazas de ejecutar operaciones militares o ataques terrestres y marítimos para acabar con estas organizaciones, en dos años de gobierno, la mandataria ha plasmado esta estrategia de comunicación en cuatro reformas constitucionales con una clara dedicatoria a los Estados Unidos y a quienes califica como grupos conservadores que, en el país y desde el extranjero, pretenden incidir en los procesos electorales -por lo pronto- del 2027 y del 2030 para lograr un cambio de régimen.
Ante el peligro que le representa este escenario, la presidenta blindó constitucionalmente a su movimiento y a las autoridades emanadas de este, con la justificación de la “defensa de la soberanía”.
Primero, las reformas al artículo 19: “A cualquier nacional o extranjero involucrado en la fabricación, distribución, enajenación, traslado o internación al territorio nacional de manera ilícita de armas, y a cualquier extranjero que realice actividades al margen de la ley vinculadas con los párrafos cuatro, segundo y tercero del artículo 40 de esta Constitución, se le impondrá la pena más severa posible, así como la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa”; y al artículo 40: “El pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la Nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea esta por tierra, agua, mar o espacio aéreo” y “tampoco consentirá intervención en investigación y persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado mexicano, en el marco de las leyes aplicables”, publicadas ambas en el Diario Oficial de la Federación el primero de abril del 2025.
Luego le tocó al artículo 41, con la reforma publicada el dos de junio de este 2026, que introdujo una nueva causal de nulidad de las elecciones federales o locales en México, cuando “se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales”, con base en que, según el dictamen, “las nuevas formas de intervención o injerencia extranjera pueden operar mediante mecanismos distintos, como la manipulación digital, el financiamiento opaco, los ciberataques o las campañas coordinadas de desinformación”.
Y, finalmente, la reforma sobre la doble nacionalidad en personas candidatas, a los artículos 82: “Para ser presidente o presidenta se requiere: 1. Ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo o hija de padre o madre mexicanos; no tener ni adquirir otra nacionalidad y, en caso de tenerla renunciar a ella previo a solicitar su registro como candidato o candidata en los términos que establezca la ley, y haber residido en el país al menos durante 20 años. Quien ejerza el cargo no podrá adquirir ni solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante autoridad extranjera una nacionalidad distinta de la mexicana. Quedan comprendidos en esta prohibición el uso de pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero, el ejercicio de los derechos políticos inherentes a la ciudadanía ante este y el acogerse a su protección diplomática”; 116 y 122, que consignan lo mismo, pero para gubernaturas y jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, publicadas apenas el pasado 8 de octubre.
Habrá quien sostenga: “¡No, el blindaje es para el Estado mexicano!”, pero la realidad es que Morena se ha erigido hoy -cual Santísima Trinidad en la fe cristiana- como la encarnación del pueblo, la soberanía y la patria, para defender sus propios intereses y, lo más preocupante, para proteger a los suyos.