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El Diario 03 Nov, 2026 17:14 (2 min de lectura)
Observatorio Neutral

Fija Corte plazo para impugnar paternidad

Por Agencia Reforma En mexico México, Chihuahua
Fija Corte plazo para impugnar paternidad
PUNTOS CLAVE DEL ANALISIS (IA SCOPE)
• La SCJN fija que el plazo para impugnar paternidad inicia al nacimiento o conocimiento del hecho.
• El criterio protege los derechos de identidad y alimentación del menor frente a pruebas tardías.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el plazo para desconocer legalmente la paternidad de un niño comienza a partir de su nacimiento o de que el presunto padre tenga conocimiento de él, y no desde que obtiene una prueba de ADN.

Por siete votos contra dos, las ministras Lenia Batres y Estela Ríos -quienes rechazaron una paternidad forzada-, la Corte consideró que este criterio protege los derechos del niño, como la alimentación y la identidad, que no pueden quedar supeditados a la decisión posterior de un adulto.

Al resolver el amparo directo en revisión 5065/2025, los ministros confirmaron el amparo concedido a una mujer contra la impugnación de paternidad de su concubino, un hombre de Chiapas que registró al niño en 2018. Dos años después, ante desacuerdos de pareja y rumores de infidelidad, solicitó una prueba de ADN que confirmó que no era el padre biológico.

El artículo 326 del Código Civil de Chiapas establece que, cuando el marido tenga derecho a contradecir que el nacido es hijo de su matrimonio, cuenta con 60 días para hacerlo. El plazo se cuenta desde el nacimiento, si estuvo presente; desde su llegada al lugar, si estuvo ausente, o desde que descubrió el fraude, si se le ocultó el nacimiento.

Los ministros determinaron que el plazo debe contarse desde el nacimiento o desde que el hombre tuvo conocimiento de este, y no a partir del resultado de una prueba científica. El criterio también aplica a las relaciones de concubinato.

"Esta interpretación es la que mejor atiende al interés superior de la niñez, ya que procura dar certeza a la filiación y a los derechos que de ella derivan, al impedir que permanezca permanentemente sujeta a controversia, lo que, a su vez, protege su derecho a la identidad y a los lazos de cuidado y pertenencia familiar que pueden haberse formado", indicó el Ministro Giovanni Figueroa, autor del proyecto.

En febrero, por mayoría de siete votos, la Corte rechazó el proyecto presentado entonces por Estela Ríos en el mismo caso. La ministra proponía desconocer el vínculo de paternidad cuando un hombre descubriera que no era el padre biológico. Sólo Ríos y la ministra Batres respaldaron la propuesta, que posteriormente fue returnada a Giovanni Figueroa.

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