La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la regla que obligaba a los partidos políticos a postular exclusivamente mujeres en ocho municipios de Jalisco que nunca han sido gobernados por una alcaldesa, medida que había sido perfilada para el proceso electoral local de 2027.
La resolución modifica el escenario político-electoral en Jalisco, donde la autoridad electoral local había impulsado acciones afirmativas para garantizar que mujeres encabezaran candidaturas en municipios históricamente gobernados por hombres.
El criterio del máximo tribunal electoral también abre un precedente relevante para otras entidades, como Nuevo León, donde se busca aprobar una medida similar rumbo a las elecciones de 2027.
TEPJFRevés a medida de paridad en municipios sin alcaldesas
La regla formaba parte de los lineamientos de paridad y acciones afirmativas aprobados por la autoridad electoral de Jalisco, con el objetivo de corregir la ausencia histórica de mujeres en determinadas presidencias municipales.
Entre los municipios considerados en el debate se encontraban ayuntamientos de alto peso político y electoral, como Zapopan y Tonalá, donde la medida había generado discusión entre partidos, autoridades electorales y colectivos feministas.
La propuesta buscaba que, en esos municipios, los partidos no pudieran postular hombres a la presidencia municipal durante el proceso electoral de 2027, obligándolos a registrar únicamente candidatas mujeres.
Sin embargo, la Sala Superior determinó dejar sin efectos esa regla, al considerar que la medida debía analizarse frente a principios como paridad, igualdad, reserva de ley, autodeterminación y autonomía interna de los partidos políticos.
Golpe al modelo que buscaba garantizar alcaldesas
El fallo representa un freno al modelo de postulación exclusiva por género en municipios específicos, al menos en los términos en que fue diseñado en Jalisco.
La discusión no elimina la obligación de los partidos de cumplir con la paridad de género, pero sí acota el alcance de las reglas que pueden imponer autoridades electorales locales cuando se trata de reservar municipios concretos solo para candidaturas femeninas.
Con esta decisión, los partidos mantendrán la obligación de postular mujeres en condiciones de paridad, pero ya no bajo una regla que cerraba por completo la competencia a candidaturas masculinas en los ocho municipios señalados.
Precedente para Nuevo León rumbo a 2027
El impacto del fallo va más allá de Jalisco. El precedente será observado de cerca en Nuevo León, donde actores políticos y electorales han planteado una acción similar para el proceso de 2027.
La resolución del TEPJF podría convertirse en una referencia obligada para definir hasta dónde pueden llegar los órganos electorales locales al diseñar medidas afirmativas de género en municipios donde nunca ha gobernado una mujer.
El caso también anticipa una nueva discusión rumbo a 2027: cómo garantizar la participación efectiva de las mujeres en presidencias municipales sin que las reglas sean consideradas excesivas o contrarias a la autonomía de los partidos.
La decisión ocurre en un contexto en el que la paridad de género se ha convertido en uno de los principales ejes de las contiendas electorales locales, pero también en uno de los terrenos más disputados entre autoridades, partidos y tribunales.