Para el dígito 0, la fecha límite es el 15 de agosto; para el 1, el 31 de agosto; para el 2, el 15 de septiembre; para el 3, el 30 de septiembre; el 4, el 15 de octubre; para el 5, el 31 de octubre; para el 6, el 15 de noviembre; para el 7, es el 30 de noviembre; el 8, el 15 de diciembre; para el 9, será el 31 de diciembre.
Una vez vencido el plazo que corresponde a cada dígito, las compañías telefónicas suspenderán el servicio de aquellas líneas que no hayan sido vinculadas en las siguientes 72 horas, y sólo podrán realizar llamadas a números de emergencia, de atención ciudadana y a su compañía telefónica, así como recibir alertas en caso de sismo.
Una vez que se vincule la línea, la compañía telefónica restablecerá todos los servicios (llamadas, mensajes y datos móviles).
Se reitera que el proceso no lo realiza el gobierno, sino que se lleva a cabo directamente ante las compañías telefónicas, que únicamente asocian nombre y CURP del usuario al número de celular, eliminando cualquier otro dato o imagen usado durante el proceso de vinculación.
En caso de que se cometa un delito que involucre el uso de una línea, las autoridades competentes pueden solicitar información a las compañías telefónicas, cumpliendo las disposiciones que prevé el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Por seguridad de todas y todos, cada número telefónico debe estar a nombre de una persona, a fin de eliminar el anonimato que ha permitido que la delincuencia cometa delitos como fraude o extorsión. Con esta medida, México dejará de ser uno de los pocos países que permitía adquirir un chip sin identificación, y se suma a esta práctica internacional vigente en 166 países.
Esta Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) informa que la vinculación de líneas ha tenido un avance sostenido y creciente, y a la fecha ya se encuentran vinculadas 63 millones de líneas: 40.2 millones de prepago y 22.8 millones de pospago que no requieren un nuevo trámite por estar asociadas a una persona desde su contratación.