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El Diario 13 Jun, 2026 08:53

Juez declara ilegal cobro ambiental a paseños

El Tribunal de Apelaciones del Octavo Distrito de Texas confirmó el martes la decisión de un tribunal inferior que dictaminó que la tasa ambiental que la Ciudad de El Paso añade a las facturas de agua residenciales es un impuesto ilegal.
El fallo judicial crea la posibilidad de que la Ciudad tenga que reembolsar parte de las decenas de millones de dólares recaudados desde que el impuesto entró en vigor en 2015. La demanda fue interpuesta por el ex representante estatal Joe Pickett contra la Ciudad.
“El dictamen dice que es una tarifa ilegal, así que tengo derecho a pedir un reembolso, y si yo tengo derecho a pedirlo, todos en El Paso que pagan una factura de agua y basura tienen derecho a pedir un reembolso”, dijo Pickett a El Paso Matters.
En un comunicado enviado por correo electrónico a El Paso Matters, los funcionarios municipales indicaron que están revisando la decisión y evaluando todas las opciones legales disponibles. Según los funcionarios, la Ciudad ha incurrido en gastos de aproximadamente 30,000 dólares en honorarios de abogados externos relacionados con el caso. Si la Ciudad quiere impugnar el último fallo, podría apelar ante la Corte Suprema de Texas.
La Ciudad apeló la decisión del juez del Tribunal de Distrito Patrick García de agosto de 2024, que dictaminó que la tarifa era inconstitucional y debía suspenderse, basándose en la demanda presentada inicialmente por Pickett en octubre de 2020.

El tribunal de apelaciones y el tribunal de primera instancia dieron la razón a Pickett, dictaminando que la tarifa de franquicia de 6 dólares es un impuesto ilegal y no es legal “porque la Ciudad lo utilizó principalmente para recaudar ingresos generales en lugar de cubrir los costos reales asociados con el desgaste de los camiones de basura en las calles de la ciudad”, afirma la opinión de la jueza presidenta María Salas Mendoza.
El fallo implica que Pickett tiene derecho a una sentencia declarativa y monetaria, así como al reembolso de los honorarios pagados desde que presentó la demanda en 2020 hasta la fecha de la sentencia definitiva. La Ciudad dispone de 45 días para responder.
Él pagó la tarifa bajo coacción, conforme a la ley, y la Ciudad no está exenta de responsabilidad por daños y perjuicios en forma de reembolso.
La cuestión radica en la legalidad de la tasa, aprobada en 2014 e implementada en 2015, cuyo propósito declarado era cubrir el costo del desgaste de las vías públicas municipales causado por los vehículos de saneamiento de la Ciudad.
Según documentos presupuestarios municipales, la Ciudad ha recaudado aproximadamente 14 millones de dólares anuales en concepto de tasa de franquicia en los últimos años y prevé recaudar la misma cantidad en el próximo ejercicio fiscal. El borrador de la resolución presupuestaria municipal para el próximo ejercicio fiscal establece que la tasa de franquicia del servicio ambiental se utilizará para sufragar los gastos del Fondo General de la Ciudad destinados al Departamento de Calles y Mantenimiento.
Pickett solicitó una indemnización de hasta 100,000 dólares y una sentencia declaratoria que impidiera a la Ciudad de El Paso cobrarle dicha tasa a él o a su propiedad.
En 2024, García dictaminó que Pickett tenía derecho a una indemnización por la cuota mensual de 6 dólares, los honorarios de los abogados por un monto de 33,107 dólares, los honorarios de los abogados de apelación y aproximadamente 40,000 dólares si la Ciudad apelaba, los costos judiciales y los intereses previos y posteriores al fallo.

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