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El Financiero 16 Jun, 2026 19:56

Acuerdo de paz entre EU e Irán: ¿Cuáles son los 14 puntos para poner fin a la guerra?

Se espera que Estados Unidos e Irán firmen formalmente un memorando de entendimiento el próximo 19 de junio en Suiza, lo que allanará el camino para 60 días de conversaciones destinadas a poner fin a su guerra de una vez por todas e imponer nuevos límites estrictos al programa nuclear iraní.

A continuación se reproduce el texto del borrador del memorándum de 14 puntos, tal como lo ha visto Bloomberg News.

  1. La República Islámica de Irán y los Estados Unidos, junto con sus aliados en la guerra actual, declaran, al firmar este Memorando de Entendimiento, el fin inmediato y permanente de la guerra en todos los frentes, incluido el Líbano, y se comprometen a no emprender acciones hostiles entre sí y a abstenerse de amenazar o usar la fuerza mutuamente. El acuerdo final confirmará las disposiciones de este artículo y de los demás artículos.
  2. La República Islámica de Irán y los Estados Unidos se comprometen a respetar la soberanía e integridad territorial de cada uno, y a abstenerse de injerencias en los asuntos internos del otro.
  3. La República Islámica de Irán y los Estados Unidos se comprometen a negociar y alcanzar un acuerdo final en un plazo máximo de 60 días, prorrogable por mutuo acuerdo.
  4. Inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento, Estados Unidos levantará el bloqueo naval y evitará cualquier interferencia u obstrucción contra la República Islámica de Irán, y restablecerá el tráfico marítimo a su plena capacidad en un plazo máximo de 30 días; el tráfico de buques será proporcional al volumen de tráfico previo a la guerra por parte de la República Islámica de Irán. Estados Unidos también se compromete a retirar sus fuerzas de las zonas circundantes en un plazo de 30 días a partir de la firma del acuerdo final.
  5. Tras la firma de este Memorando de Entendimiento, la República Islámica de Irán adoptará de inmediato las medidas necesarias para garantizar que el tránsito de buques mercantes desde el Golfo Pérsico al Mar de Omán y viceversa se reanude en un plazo de 30 días hasta alcanzar el volumen anterior a la guerra, teniendo en cuenta la necesidad de eliminar los obstáculos técnicos y la neutralización de las minas por parte de Irán.
  6. Estados Unidos se compromete, junto con sus socios regionales, a elaborar un plan integral, consensuado por ambas partes, para la rehabilitación y el desarrollo económico de la República Islámica de Irán, garantizando una financiación de al menos 300 mil millones de dólares. El mecanismo de implementación de este plan, como parte del acuerdo final, se definirá en un plazo de 60 días.
  7. Estados Unidos se compromete a poner fin, según un calendario que se acordará como parte del acuerdo final, a todo tipo de sanciones actualmente impuestas a la República Islámica de Irán, incluidas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), y todas las sanciones unilaterales estadounidenses, tanto primarias como secundarias.
  8. La República Islámica de Irán reitera que jamás producirá armas nucleares. La República Islámica de Irán y los Estados Unidos han acordado que el destino del material enriquecido y el de todas las demás cuestiones nucleares mutuamente acordadas, incluidas las necesidades nucleares de Irán, se abordarán adecuadamente en un acuerdo final; dicho acuerdo confirmará las disposiciones de este artículo.
  9. La República Islámica de Irán y Estados Unidos coinciden en que, a la espera de un acuerdo definitivo, mantendrán el statu quo: Irán mantendrá el statu quo en su programa nuclear y Estados Unidos no impondrá nuevas sanciones a Irán ni reforzará sus fuerzas en la región.
  10. Estados Unidos se compromete a que, inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento y hasta la fecha del levantamiento de las sanciones, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos expedirá exenciones para las exportaciones de petróleo crudo iraní, productos petroquímicos y sus derivados, y todos los servicios relacionados, incluidos los bancarios, los seguros, el transporte y similares.
  11. Estados Unidos se compromete a que, en vista del progreso de las negociaciones para alcanzar un acuerdo final, los fondos y activos congelados o restringidos de la República Islámica de Irán serán liberados y puestos a su plena disposición. Estos fondos, ya sea que se encuentren en la cuenta principal o hayan sido transferidos, se utilizarán para el pago final al beneficiario que determine el Banco Central de la República Islámica de Irán y estarán plenamente disponibles para su uso. Estados Unidos se compromete a expedir todos los permisos y licencias necesarios sobre esta base.
  12. La República Islámica de Irán y los Estados Unidos acuerdan que se establecerá un mecanismo de implementación para supervisar la correcta aplicación del Acuerdo Final y el compromiso futuro con el mismo.
  13. Tras la firma de este Memorando de Entendimiento, y una vez recibidas las garantías relativas al inicio de la aplicación de los artículos 4, 5, 10 y 11 de este Memorando de Entendimiento, y a la continuación de la aplicación de estas medidas, la República Islámica de Irán y los Estados Unidos entablarán negociaciones para un Acuerdo Final únicamente con respecto a los artículos restantes.
  14. El acuerdo final será aprobado mediante una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de la ONU.
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