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Radar Inteligente
Yucatan 28 Jun, 2026 05:00

Rentas en Mérida: convenios legales brindan certeza jurídica

Un especialista advierte que los acuerdos verbales o documentos sin asesoría profesional pueden generar conflictos entre dueños de casas y sus inquilinos

Rentar una vivienda puede representar una fuente importante de ingresos para los propietarios, pero también implica riesgos si no se toman precauciones legales desde el inicio.

Ante situaciones como falta de pago, negativa a desocupar el inmueble o incluso cambios no autorizados en el uso de la propiedad, la mejor estrategia es prevenir antes que enfrentar un conflicto, así lo señala el doctor en Derecho Rubén Osorio Paredes, quien destaca que en Yucatán existe una figura jurídica ampliamente utilizada para brindar mayor seguridad a quienes ponen una casa en renta.

“Uno de los principales temores de quienes ponen una vivienda en renta es que el ocupante deje de pagar o se niegue a devolver el inmueble cuando llegue el momento de entregarlo. Por ello, es importante tomar medidas preventivas desde antes de entregar las llaves”, dice en entrevista con el Diario.

Figura legal en Yucatán

El especialista indica que, a diferencia de otros estados del país donde generalmente se firma únicamente un contrato de arrendamiento, en Yucatán es común recurrir al convenio transaccional de ocupación, desocupación y entrega del inmueble, así como a los convenios de mediación celebrados ante mediadores certificados.

Según explica, estos instrumentos permiten establecer desde el principio las condiciones para la entrega del inmueble una vez concluido el plazo pactado o en caso de incumplimiento, lo que facilita la recuperación de la propiedad y brinda mayor certeza jurídica al propietario.

“En cambio con el convenio transaccional puede ser mucho más ágil y pues ya está pactada la desocupación de manera anticipada”, manifiesta.

El abogado, titular del despacho Rubén Osorio y Asociados, sugiere además verificar la identidad de los posibles inquilinos, solicitar referencias personales y laborales, comprobar su capacidad económica y documentar adecuadamente el estado en que se entrega la vivienda.

Subraya que uno de los errores más comunes es confiar en acuerdos verbales o documentos elaborados sin asesoría profesional.

“Es muy importante apegarse a la legalidad siempre, siempre acudir con un abogado y plasmarlo todo por escrito, dejarse guiar por el asesor, acudir, hacer el contrato ante notario, ante mediadores privados en cualquier caso”, afirma.

Asimismo, recomienda que los contratos establezcan claramente aspectos como la fecha de entrada y desocupación, las cláusulas de rescisión, la prohibición de introducir sustancias ilícitas y las restricciones sobre el uso del inmueble.

Resalta que una cláusula que limite el uso exclusivamente habitacional puede evitar problemas posteriores. Como ejemplo, enfatiza que algunos propietarios permiten, sin saberlo, la instalación de negocios en viviendas rentadas, lo que puede derivar en cambios de tarifas de servicios públicos.

“Hay quienes solo quieren dar en renta para casa habitación, puedes poner prohibición para cualquier uso comercial”, recalca.

También sugiere incluir restricciones al subarrendamiento para evitar que el inquilino ceda el inmueble a terceras personas sin autorización.

Respecto a la creencia popular de que una persona puede convertirse en propietaria de una vivienda después de rentarla durante más de una década, Osorio Paredes asegura que esto no ocurre cuando existe un contrato debidamente formalizado.

“Nada de esto pasaría o habría riesgos si hubiese un contrato por medio. Si es un contrato de 10 o 15 o 20 años, es un contrato y cuando pasen los 10, 15 o 20 años, pues se acaba el contrato y tienes la obligación de devolver la casa”.

Añade que muchas de estas ideas surgen precisamente de situaciones donde la ocupación se permitió únicamente de palabra y sin documentos que acrediten las condiciones de la renta.

“Lo mejor, todo nos remite a firmar un contrato. No entreguen una propiedad, sino hay un contrato de por medio que pacte el periodo de desocupación”.

Finalmente, el experto indica que tanto propietarios como inquilinos deben actuar bajo los principios de legalidad y buena fe, recordando que la formalización de los acuerdos protege a ambas partes y evita procedimientos largos, costosos y desgastantes.

“La mejor protección para quien renta una casa no consiste en actuar cuando ya existe el conflicto, sino en prevenirlo desde el principio mediante instrumentos jurídicos adecuados”.

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