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Publimetro 28 Jun, 2026 18:01

Scooters y bicis eléctricas entran a control vehicular en CDMX desde el 1 de julio

La circulación de scooters, patines y bicicletas eléctricas de mayor potencia dejará de operar en una zona gris en la Ciudad de México. A partir del 1 de julio de 2026, las unidades nuevas clasificadas como Vehículos Motorizados Eléctricos Personales deberán contar con registro, placa y Distintivo de Movilidad Eléctrica para circular legalmente en la capital.

El cambio forma parte de las reformas al Reglamento de Tránsito y al Reglamento de la Ley de Movilidad, con las que el Gobierno capitalino busca ordenar el crecimiento de la micromovilidad motorizada, reforzar la seguridad vial y facilitar la identificación de este tipo de unidades en calles, ciclovías y zonas de alto flujo peatonal.

La medida no aplica a todos los patines o bicicletas eléctricas. La regulación se dirige a unidades con acelerador independiente, dos o más ruedas, motor capaz de superar los 25 kilómetros por hora y potencia nominal de entre 250 watts y 1 kilowatt.

Los vehículos serán clasificados en dos tipos: Tipo A, con peso menor a 35 kilogramos, y Tipo B, con masa de entre 35 y 350 kilogramos. En cambio, los patines de impulso manual o “patines del diablo” quedan fuera de esta obligación al no cumplir con las características de motorización previstas en la norma.

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Nuevas compras deberán salir registradas

El nuevo esquema tendrá un impacto directo para quienes adquieran scooters o bicicletas eléctricas más potentes a partir del 1 de julio. En esos casos, el trámite de control vehicular deberá realizarse de inmediato, por lo que las unidades deberán salir del punto de venta con el proceso de emplacamiento correspondiente.

Los propietarios obtendrán una placa de matrícula y un Distintivo de Movilidad Eléctrica, que deberá colocarse en una zona visible del vehículo para facilitar su identificación por parte de agentes de tránsito.

Para las personas que ya cuentan con una unidad de este tipo antes de julio, la autoridad estableció un periodo de regularización que irá del 1 de julio al 20 de noviembre de 2026.

Durante esta etapa, los usuarios deberán registrar sus vehículos para evitar sanciones posteriores, pues las multas oficiales comenzarán a aplicarse de forma generalizada una vez concluido el plazo de regularización.

CDMXCDMX | Source : Galo Cañas Rodríguez

Casco, licencia y seguro serán obligatorios

La reforma también establece nuevas obligaciones para quienes conduzcan estos vehículos. Los usuarios deberán portar licencia de conducir vigente tipo A, A1 o A2, según corresponda, además de usar casco de protección.

También será obligatorio contar con póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, espejos retrovisores, luces de freno, direccionales, intermitentes y un banderín de seguridad conforme a las especificaciones técnicas oficiales.

Otra de las restricciones centrales es que menores de edad no podrán conducir estos dispositivos eléctricos. Además, los usuarios deberán evitar circular sobre banquetas, respetar las zonas de espera ciclista y mantener una distancia mínima de 1.50 metros al rebasar a otros vehículos o ciclistas.

CDMXCDMX | Source : Camila Ayala Benabib

Las sanciones serán calculadas en Unidades de Medida y Actualización. Circular por vías no permitidas o transportar carga indebida podrá castigarse con multas de 10 a 20 UMA, mientras que no portar casco o banderín de seguridad implicará sanciones de 5 a 10 UMA.

Además de las multas económicas, las personas infractoras podrán recibir penalizaciones en puntos de su licencia de conducir.

Con estas reglas, la Ciudad de México busca cerrar el vacío legal que permitió el crecimiento acelerado de scooters y bicicletas eléctricas sin un padrón oficial.

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