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El Imparcial 11 Aug, 2026 22:42

Trump vuelve a poner la ciudadanía por nacimiento en el centro de su ofensiva migratoria con nuevas restricciones pese al fallo de la Corte Suprema que protegió este derecho para la mayoría de los nacidos en Estados Unidos

Donald Trump abrió una nueva batalla por la ciudadanía por nacimiento en Estados Unidos apenas cinco semanas después de que la Corte Suprema rechazara su intento más amplio por negar ese derecho a hijos de inmigrantes indocumentados y de extranjeros que se encuentran temporalmente en el país.

El presidente firmó el 6 de agosto dos nuevas órdenes ejecutivas. La primera ordena a las agencias federales no reconocer como ciudadanos a determinados niños nacidos en territorio estadounidense cuando ninguno de sus padres sea ciudadano y concurran ciertas circunstancias. La segunda busca impedir la entrada de extranjeros que, según el Gobierno, viajen a Estados Unidos con el propósito de tener un hijo en el país.

Esto no significa que la ciudadanía por nacimiento haya desaparecido en Estados Unidos. La Corte Suprema estableció el 30 de junio de 2026 que los niños nacidos en el país de padres que se encuentran allí de forma ilegal o temporal están sujetos a la jurisdicción estadounidense y son ciudadanos desde su nacimiento bajo la Decimocuarta Enmienda.

Lo que hace ahora la Administración Trump es intentar definir nuevas excepciones a ese principio y reforzar los controles migratorios relacionados con el llamado birth tourism o “turismo de nacimiento”. La estrategia ya provocó una nueva disputa judicial: este 11 de agosto, la ACLU y otros grupos pidieron a un juez federal que impida que las órdenes afecten a los menores protegidos por la resolución anterior.

¿Qué cambió Trump sobre la ciudadanía por nacimiento?

La principal medida es la Orden Ejecutiva 14418, titulada Continuing to Protect the Meaning and Value of American Citizenship.

El documento establece que las agencias del Gobierno federal no deberán emitir ni aceptar documentos que reconozcan la ciudadanía estadounidense de determinadas personas nacidas en el país cuando ninguno de sus padres sea ciudadano estadounidense y se cumpla alguna de las categorías establecidas por la Casa Blanca.

Entre ellas aparecen los hijos de personas consideradas “enemigos extranjeros”, categoría en la que la orden incluye a miembros de organizaciones designadas como terroristas; los hijos de determinados empleados de gobiernos extranjeros; algunos casos vinculados a operaciones comerciales destinadas a conseguir la ciudadanía mediante el nacimiento; y determinados nacimientos en territorios donde una ley federal no conceda la ciudadanía.

La orden también instruye a los departamentos de Estado, Justicia y Seguridad Nacional, así como a la Administración del Seguro Social, a adaptar sus políticas. Las agencias deberán publicar lineamientos sobre su implementación dentro de los 30 días posteriores al 6 de agosto.

Por ello, el alcance práctico dependerá en parte de cómo las distintas dependencias interpreten y apliquen estas categorías, además de lo que determinen los tribunales en las impugnaciones que ya comenzaron.

Las nuevas restricciones ya enfrentan una impugnación judicial que busca impedir que el Gobierno limite el reconocimiento de ciudadanía a niños nacidos en Estados Unidos.Las nuevas restricciones ya enfrentan una impugnación judicial que busca impedir que el Gobierno limite el reconocimiento de ciudadanía a niños nacidos en Estados Unidos.

¿A quiénes busca excluir de la ciudadanía la nueva orden?

Una de las partes que puede generar mayor controversia es la definición de “empleado de un gobierno extranjero”.

La excepción tradicional a la ciudadanía por nacimiento ha incluido a hijos de diplomáticos que gozan de inmunidad porque no están sometidos de la misma manera a la jurisdicción estadounidense. La nueva orden utiliza una categoría más amplia que comprende a embajadores, trabajadores de embajadas o consulados que sean ciudadanos del país al que representan, personas empleadas oficialmente por gobiernos extranjeros y ciertos trabajadores de organizaciones internacionales con inmunidad.

La diferencia importa porque no cualquier trabajador de un consulado o gobierno extranjero necesariamente posee la misma inmunidad jurídica que un diplomático.

La propia Corte Suprema explicó en su fallo de junio que el principio general es que un niño nacido en suelo estadounidense y sometido a las leyes de Estados Unidos obtiene la ciudadanía, mientras que las excepciones históricas son reducidas y se relacionan principalmente con situaciones en las que el país no ejerce plenamente su jurisdicción.

Expertos en derecho migratorio consultados por Reuters consideran que algunas partes de la orden podrían encontrar margen jurídico, pero otras probablemente enfrentarán dificultades. La discusión se centrará precisamente en hasta dónde puede ampliar el Ejecutivo esas excepciones sin contradecir lo que la Corte Suprema acaba de establecer.

¿Los hijos de inmigrantes indocumentados siguen siendo ciudadanos si nacen en Estados Unidos?

Sí, de acuerdo con el fallo vigente de la Corte Suprema.

El caso Trump v. Barbara, decidido el 30 de junio de 2026, resolvió directamente una de las preguntas más importantes de la actual disputa migratoria: si un hijo nacido en Estados Unidos puede perder la ciudadanía debido a que sus padres se encuentran ilegalmente o solo temporalmente en el país.

La respuesta de la mayoría de la Corte fue que esos niños sí están sujetos a la jurisdicción de Estados Unidos y son ciudadanos desde el nacimiento.

El fallo anuló el núcleo de la orden que Trump había firmado en enero de 2025, con la que pretendía impedir el reconocimiento automático de la ciudadanía cuando la madre estuviera de forma irregular o temporal en Estados Unidos y el padre tampoco fuera ciudadano estadounidense o residente permanente.

La decisión se apoyó en la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda, que reconoce como ciudadanos a las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos que estén sujetas a su jurisdicción. La Corte también retomó el precedente de United States v. Wong Kim Ark, de 1898, como parte central de su interpretación.

En otras palabras, la situación migratoria de los padres por sí sola no basta actualmente para negar la ciudadanía a un niño nacido en Estados Unidos.

¿Qué significa esto para los hijos de mexicanos nacidos en Estados Unidos?

Para las familias mexicanas es importante distinguir entre la orden que Trump intentó aplicar en 2025 y las nuevas restricciones de agosto de 2026.

Un niño nacido en Estados Unidos de padres mexicanos no deja de ser ciudadano simplemente porque sus padres sean indocumentados, tengan una visa temporal o no posean una “green card”. Esa cuestión quedó resuelta expresamente por la Corte Suprema en junio.

Las nuevas medidas se dirigen a circunstancias más específicas. Podrían involucrar, por ejemplo, a ciertas familias vinculadas laboralmente con el Gobierno mexicano o a personas a quienes las autoridades acusen de haber viajado a Estados Unidos mediante una operación destinada específicamente a conseguir la ciudadanía de un hijo.

Aun en esos casos, la legalidad de varias de esas restricciones está nuevamente en disputa, por lo que no puede afirmarse que todas las categorías establecidas por Trump vayan a mantenerse después de la revisión de los tribunales.

Trump firmó nuevas órdenes el 6 de agosto para ampliar las excepciones a la ciudadanía por nacimiento y endurecer las medidas contra el llamado “turismo de nacimiento”. (REUTERS)Trump firmó nuevas órdenes el 6 de agosto para ampliar las excepciones a la ciudadanía por nacimiento y endurecer las medidas contra el llamado “turismo de nacimiento”. (REUTERS)

¿Qué es el “turismo de nacimiento” y qué quiere hacer Trump?

La segunda orden ejecutiva, la 14419, se concentra en lo que la Administración denomina “turismo de nacimiento”.

La Casa Blanca lo define como la entrada de un extranjero a Estados Unidos mediante una visa de no inmigrante con el propósito de dar a luz en territorio estadounidense, así como las actividades destinadas a facilitar ese tipo de viajes.

Trump delegó facultades a los secretarios de Estado y Seguridad Nacional para adoptar medidas contra estas prácticas.

La orden contempla que las autoridades puedan negar visas o autorizaciones de viaje, impedir la entrada, revocar documentos migratorios e incluso tomar medidas contra personas u organizaciones que faciliten estos viajes. También abre la posibilidad de prohibiciones futuras de entrada, aunque el alcance dependerá de la implementación que adopten las agencias.

Aquí existe una diferencia fundamental: impedir que una persona entre al país para dar a luz no es jurídicamente lo mismo que negar la ciudadanía a un niño que ya nació en Estados Unidos.

La Casa Blanca busca utilizar ambas herramientas al mismo tiempo: controlar quién puede entrar y, mediante la primera orden, intentar excluir de la ciudadanía determinados nacimientos que considera fuera de la protección constitucional.

¿Puede Trump quitar la ciudadanía por nacimiento mediante una orden ejecutiva?

El presidente puede emitir órdenes a las dependencias del Poder Ejecutivo, pero no puede modificar por sí solo la Constitución.

El problema jurídico consiste en determinar si las nuevas medidas simplemente aplican excepciones ya reconocidas por la Decimocuarta Enmienda —como sostiene la Administración— o si crean nuevas excepciones que la Constitución y el fallo de junio no permiten.

La Casa Blanca argumenta que las disposiciones fueron diseñadas para ajustarse a Trump v. Barbara y sostiene que el Supremo dejó abiertas excepciones para personas que no están plenamente sometidas a la jurisdicción estadounidense.

Los críticos responden que la Administración está intentando ampliar esas excepciones más allá de lo decidido por el tribunal.

Reuters consultó a especialistas con posiciones distintas. Algunos consideran que podría existir margen para ampliar ciertas categorías relacionadas con funcionarios extranjeros o fuerzas enemigas, mientras que otros señalan que negar la ciudadanía por la conducta migratoria de los padres —incluido el supuesto turismo de nacimiento— entra en conflicto directo con el razonamiento utilizado por la Corte Suprema.

La respuesta definitiva probablemente volverá a depender de los tribunales.

La nueva batalla judicial ya comenzó

La disputa dejó de ser únicamente hipotética este 11 de agosto de 2026.

La ACLU y otras organizaciones acudieron a una corte federal en Concord, New Hampshire, para pedir que las nuevas órdenes no puedan utilizarse contra los niños que ya quedaron protegidos por una orden judicial anterior.

Los grupos sostienen que Trump intenta conseguir mediante nuevas categorías lo que la Corte Suprema le impidió hacer con su primera orden.

La Casa Blanca rechaza esa interpretación y asegura que las decisiones adoptadas desde el fallo son consistentes con los límites establecidos por los magistrados.

Esto significa que, por ahora, existen dos posiciones enfrentadas, pero todavía no una resolución judicial definitiva sobre la legalidad completa de las órdenes del 6 de agosto.

EEUU podrá retirar la visa a extranjeros que hayan viajado para tener hijos en su territorio, tras la orden de Trump contra el llamado “turismo de maternidad”. | Crédito: REUTERS/CanvaEEUU podrá retirar la visa a extranjeros que hayan viajado para tener hijos en su territorio, tras la orden de Trump contra el llamado “turismo de maternidad”. | Crédito: REUTERS/Canva

¿Por qué este nuevo intento es distinto al que perdió Trump?

La primera ofensiva era mucho más amplia.

La orden de enero de 2025 buscaba negar la ciudadanía a hijos de personas que estuvieran ilegalmente en Estados Unidos y también a muchos hijos de extranjeros que permanecieran legalmente en el país de forma temporal, incluidos estudiantes y trabajadores con visas.

La Corte Suprema rechazó esa interpretación.

Trump respondió con una estrategia más estrecha: en vez de utilizar únicamente el estatus migratorio de los padres, la nueva orden intenta colocar determinados casos dentro de las excepciones a la jurisdicción estadounidense que el propio Supremo reconoció como históricamente posibles.

Ese cambio explica por qué esta batalla jurídica todavía no puede considerarse cerrada.

Trump también ha buscado nuevas rutas tras otros reveses del Supremo

La ciudadanía por nacimiento no es el único terreno en el que Trump ha recurrido a una vía diferente después de perder ante la Corte Suprema.

En febrero, el tribunal determinó que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional, conocida como IEEPA, no autoriza al presidente a imponer aranceles.

La Administración recurrió después a otras leyes comerciales. En julio, la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos impuso aranceles de 10% o 12.5% a importaciones procedentes de 60 socios comerciales, utilizando la Sección 301 de la Ley de Comercio y argumentando fallas en la prohibición de bienes producidos mediante trabajo forzoso.

Algo similar ocurre con Lisa Cook, integrante de la Junta de Gobernadores de la Reserva Federal. La Corte Suprema rechazó en junio el intento del Gobierno de apartarla mientras continúa el litigio y sostuvo que la protección legal que permite remover a un gobernador únicamente “por causa” no equivale a permitir un despido por cualquier motivo.

La Casa Blanca volvió a iniciar el proceso en agosto, ahora notificando formalmente a Cook las acusaciones relacionadas con sus hipotecas y concediéndole 21 días para responder. Cook rechaza las acusaciones y sus abogados han anunciado que combatirán cualquier nuevo intento de removerla.

Los tres casos muestran una misma dinámica: cuando la Corte Suprema cierra una vía jurídica, la Administración Trump ha buscado otra autoridad, otra definición o un nuevo procedimiento para perseguir objetivos similares.

La ciudadanía sigue protegida, pero el alcance de las excepciones vuelve a estar en disputa

La principal conclusión para quienes siguen el debate migratorio es que la ciudadanía por nacimiento no ha sido eliminada en Estados Unidos.

El precedente más reciente de la Corte Suprema protege expresamente a los niños nacidos en el país cuyos padres se encuentran de manera ilegal o temporal en territorio estadounidense.

Lo que Trump está intentando ahora es reducir el universo protegido mediante excepciones más específicas y, al mismo tiempo, impedir que ciertas personas puedan entrar al país con la intención de dar a luz.

El siguiente capítulo volverá a escribirse en los tribunales. La impugnación presentada este 11 de agosto convierte las nuevas órdenes en una batalla jurídica inmediata y determinará hasta dónde puede llegar el Ejecutivo después de que el Supremo ya estableció que el estatus migratorio temporal o irregular de los padres no elimina por sí mismo la ciudadanía de sus hijos nacidos en Estados Unidos.

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